viernes, 30 de septiembre de 2016

Corte Penal Internacional podría juzgar delitos ambientales como crímenes contra la humanidad

El organismo encargado de juzgar crímenes de guerra ha ampliado los criterios de selección de casos incluyendo delitos ambientales que pueden tener consecuencias directas sobre comunidades enteras.

por Roberto Andrés

Si bien no se trata de una extensión de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional (CPI), esta tendrá en cuenta, en los criterios de selección de casos, los delitos ambientales que puedan tener consecuencias directas en comunidades enteras.

En un documento oficial con fecha 15 de septiembre y que ha sido aplaudido por organizaciones de derechos humanos y ambientales, la CPI ha señalado en el artículo 41 del Documento de selección de casos y priorización, que “el impacto de los crímenes puede evaluarse a la luz de, entre otras cosas, el aumento de la vulnerabilidad de las víctimas, el terror causado en consecuencia, o el daño social, económico o medioambiental causado a las comunidades afectadas. En este contexto, la Oficina prestará especial consideración a la persecución de los crímenes comprometidos a través del Estatuto de Roma o que tengan como resultado la destrucción del medioambiente, la explotación ilegal de los recursos naturales o el despojo ilegal de las tierras” (Criterios de selección de casos. La gravedad del delito).

La CPI, con sede en La Haya (Países Bajos) se fundó en 2002 tras los genocidios de Yugoeslavia y Ruanda y se había centrado en crímenes muy concretos que han tenido lugar en épocas de guerra. Sin embargo, por la repercusión cada vez mayor que están teniendo para comunidades enteras los delitos ambientales en periodos de paz, el organismo ha decidido incluir ahora estos nuevos criterios. La CPI tiene jurisdicción en 124 países que han firmado el estatuto.

La iniciativa permite a las víctimas buscar justicia a través del sistema de la Corte si sus demandas son desestimadas por los tribunales a nivel nacional. “La CPI se está adaptando a las nuevas dinámicas de conflicto”, ha aseverado Alice Harrinson, de la ONG Global Witness. “Esta iniciativa implica que los responsables de desplazamientos masivos en tiempos de paz se hagan responsables de sus actos”, agregó.

La decisión ha sido tomada antes de que el fiscal del organismo, Fatou Bensouda, aclarase si investigará o no un caso presentado en 2014 en el que se acusa al Gobierno de Camboya y varios empresarios de apropiarse de forma ilegal de varios terrenos.

Richard Rogers, miembro de la asociación de abogados penales International Global Diligence señaló que “Camboya es un ejemplo perfecto de este nuevo enfoque de la CPI. Se ajusta a los nuevos criterios”. “Las empresas desean invertir en algunos lugares a riesgo de ser cómplice de los crímenes contra la humanidad". El nuevo enfoque de la CPI también podría abrir la puerta a los procesamientos por el cambio climático, dijo Rogers, “debido a que un gran porcentaje de las emisiones de CO2 habría sido causado por la deforestación como resultado de la ilegal apropiación de tierras”.

La ONG Alianza por la Solidaridad, especializada en derechos humanos y ambientales, considera “un gran paso que el Tribunal de La Haya sancione delitos socioambientales de Estados y transnacionales”. Almudena Moreno, referente de la ONG declara que “el hecho de que la Corte Penal Internacional, a partir de ahora, sentencie sobre estos delitos es una excelente noticia contra la impunidad y ayudará a reforzar la necesidad de contar con una normativa internacional que sea vinculante, dado que existirá ya una entidad internacional en la que poder denunciar”.

¿Hacia un nuevo paradigma?
Por su parte, para Manuel Vergara, director del departamento legal del organismo de derechos humanos Fundación Internacional Baltazar Garzón, se trata de “un importante avance sobre la persecución de crímenes medioambientales y económicos”, “un paso trascendental para la justicia penal internacional, ya que amplía el enfoque clásico de los delitos de lesa humanidad a aquéllos con un grave impacto económico o medioambiental”.

Ya el primer Congreso Internacional de Jurisdicción Universal, organizado por la Fundación Internacional Baltazar Garzón, “ha reclamado en sus conclusiones considerar los delitos ambientales y económicos como delitos de lesa humanidad” y no aplicar el indulto, la amnistía o la prescripción a los crímenes cometidos contra el derecho internacional.

Desde el principio, ya se recogía la categoría de ‘crímenes de guerra medioambientales’. Estos crímenes se entienden cometidos cuando, en el contexto de un conflicto armado internacional, se ocasionen daños extensos, duraderos y graves al medioambiente natural y manifiestamente excesivos en relación con la ventaja militar concreta y directa. La exigencia de que concurran todos estos requisitos ha dificultado la apertura de toda investigación en este sentido. El documento que emite ahora la Fiscalía de la Corte Penal Internacional no hace más que extender la investigación y persecución de los crímenes antes mencionados a aquellos componentes delictivos que tengan una naturaleza medioambiental o económica, como la destrucción del medioambiente, la apropiación ilegal de tierras o la explotación ilegal de los recursos naturales”, señaló Manuel Vegara.

En Argentina el fiscal federal Gustavo Gómez de Tucumán ya había declarado que “los delitos ambientales son crímenes contra la humanidad”. A raíz del proceso llevado a cabo en Ecuador por el caso Chevron-Texaco, Gómez había señalado que “resulta necesario un cambio de paradigma en la administración de justicia en el mundo entero”.

La ciencia del Derecho como el resto de las ciencias sociales avanza normalmente por la acumulación de conocimientos, pero cada tanto se produce una crisis que generalmente se resuelve cuando los pueblos conductores de su propia historia encuentran un nuevo paradigma”. Para Gomez la iniciativa más importante era “la instrumentada por la Academia Internacional de Ciencias del Ambiente de Venecia y su presidente, Adolfo Pérez Esquivel, sosteniendo que los desastres ambientales son crímenes contra la humanidad”.

Por su parte, el Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel, referente del organismo de derechos humanos Serpaj, ya había declarado en diciembre pasado desde su encuentro en Tiquipaya, Bolivia, con Evo Morales en la II Conferencia Mundial de loa Pueblos sobre el Cambio Climático y la Defensa a la Vida, que “no hay que generar otro tribunal. La Corte Penal Internacional (CPI) ya existe, sólo hay que reformar el Estatuto de Roma para incluir las violaciones medioambientales como crímenes de lesa humanidad y esto es lo que estamos intentando avanzar en esta propuesta”.

Previamente, y a raíz del escandaloso fallo sobre Chevron en Ecuador, el Premio Nobel había señalado: “Hoy numerosos desastres ambientales quedan en la total y absoluta impunidad jurídica, como lo acontecido en Chernobyl y tantos otros desastres que afectan la vida planetaria. Lo mismo ocurre con las petroleras y empresas contaminantes como la gran minería y los agronegocios, con los desmontes de los bosques naturales, con la contaminación y el uso irracional del agua. Los recursos naturales son un bien esencial de la humanidad que está en alto riesgo de contaminación y desaparición”.

Casos emblemáticos
La multinacional Shell años atrás reconoció haber derramado más de 1.5 millones de litros de crudo en el Delta de Nigeria, en donde habitan unas 31 millones de personas y es considerado uno de los diez más importantes ecosistemas de humedales y costas del mundo. El hecho fue condenado por la propia ONU y presentó un informe en el que asegura que se trató de 2.6 millones de litros y que las empresas Total y Agip también son responsables. El derrame afectó a unas 70 mil personas y sus economías locales, y se requerirán de unos 25 a 30 años para limpiar la zona afectada.

En Ecuador la empresa Texaco (hoy Chevron) junto a la estatal Petroecuador, derramaron durante 30 años residuos en el Amazonas afectando a más de 30 mil personas, la gran mayoría miembros de comunidades indígenas. Fueron descubiertas 800 piletas con residuos tóxicos que contaminaron la tierra y las napas de agua subterráneas. En 1993 las comunidades afectadas lograron iniciar un juicio en Nueva York, sin embargo la multinacional presionó con éxito para que la jurisdicción pasara a Ecuador en donde el gobierno aprobó una remediación ambiental realizada por la empresa. En 2011 se abre un nuevo caso y en esta ocasión Chevron apeló a la decisión de un tribunal provincial que ratificó una sentencia en la cual obligaba a Chevron a indemnizar con 9500 millones de dólares a las comunidades indígenas afectadas y a pedir perdón en un plazo de dos semanas, lo que no hizo. Chevron apeló a La Haya contra el proceso judicial en Ecuador, argumentando que el presidente ecuatoriano Rafael Correa habría interferido en la decisión del tribunal.

Según la Global Witness, entre 2002 y 2015 logró documentar un total de 1.176 casos de ambientalistas asesinados, de los cuales 753 lo fueron en los últimos cinco años. Solo en 2015 hubo 185 casos (un 59 % más que en 2014). Y el 66 % de los asesinatos del año pasado ocurrieron en América Latina. De los 185 casos de asesinatos de 2015, 42 estuvieron relacionados a la minería (un aumento del 70 % con respecto a 2014), 20 a los agronegocios, 15 a tala de bosques, 15 relacionados a represas y 13 a la caza furtiva. Además, 67 eran activistas de pueblos indígenas. Brasil y Filipinas tienen los índices más altos, con 50 y 33 casos respectivamente. Le siguen Colombia (26), Perú (12), Nicaragua (12), El Congo (11), Guatemala (10), Honduras (8), India (6) y México (4), entre otros.

El pasado 3 de septiembre se entregaron los resultados del primer Censo continental de elefantes, durante el Congreso Mundial de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), que se celebró hasta el 10 de septiembre en Honolulu, Estados Unidos. En el informe se señaló que entre 2007 y 2014 se asesinaron a 144 mil elefantes (el 30 % del total contabilizado en 2007, lo que implicaría que la especie se extinguiría en quince años más) y a mil guardaparques que los protegían.

Expulsar a las comunidades de sus tierras y destrozar el medioambiente se ha convertido en una forma aceptada de hacer negocios en muchos países pobres, pero ricos en recursos. La decisión de la CPI muestra que la impunidad está llegando a su fin. Los directivos de las empresas y los políticos cómplices del empoderamiento violento de la tierra, arrasando bosques tropicales o envenenando los recursos de agua, pronto podrían verse sometidos a juicio en La Haya junto a criminales de guerra y dictadores”, señala Gillian Caldwell, director ejecutivo de Global Witness, que denuncia que hasta ahora la Corte no estaba investigando las “atrocidades masivas cometidas en nombre del desarrollo”.

Límites
La iniciativa sienta un precedente y amplía el estrecho marco en el que actúa este tribunal, sin embargo no supone una extensión formal de la jurisdicción de la Corte, pues aunque la Oficina de la Fiscal seleccione determinados casos esto no quiere decir que la Corte los vaya a considerar crímenes contra la humanidad si no siguen el Estatuto de Roma. El otro importante límite de la iniciativa es que solo puede juzgar a individuos físicos y no jurídicos, como las empresas multinacionales. No existen actualmente instancias jurídicas internacionales ante las que denunciar a las empresas por los casos de violaciones de derechos humanos o contra la naturaleza. El Consejo de Derechos Humanos de la ONU adoptó en 2014, a propuesta de Ecuador y Sudáfrica, una resolución para crear un instrumento jurídicamente vinculante que regule la actividad de las empresas transnacionales, pero las trabas por parte de los países inversores lo han impedido.

Para Vergara “este avance se revela insuficiente porque todo ataque contra la naturaleza habrá de estar vinculado con graves vulneraciones de los derechos humanos cometidas de forma general o sistemática. Esto es, la simple destrucción del medioambiente no será suficiente para activar los resortes de la CPI, salvo que se demuestren masivas pérdidas humanas. Es por ello que no deben relajarse las exigencias para que el Estatuto de Roma introduzca, además, un nuevo delito internacional: el del ecocidio, entendido éste como un crimen que, por su extensión y escala, suponga la destrucción irreversible de ecosistemas.

Fuente:
Roberto Andrés @RoberAndres1982, Corte Penal Internacional podría juzgar delitos ambientales como crímenes contra la humanidad, 29/09/16, La izquierda Diario. Consultado 30/09/16.

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