El organismo
encargado de juzgar crímenes de guerra ha ampliado los criterios de
selección de casos incluyendo delitos ambientales que pueden tener
consecuencias directas sobre comunidades enteras.
por Roberto
Andrés
Si bien no se
trata de una extensión de la jurisdicción de la Corte Penal
Internacional (CPI), esta tendrá en cuenta, en los criterios de
selección de casos, los delitos ambientales que puedan tener
consecuencias directas en comunidades enteras.
En un documento
oficial con fecha 15 de septiembre y que ha sido aplaudido por
organizaciones de derechos humanos y ambientales, la CPI ha señalado
en el artículo 41 del Documento de selección de casos y
priorización, que “el impacto de los crímenes puede evaluarse a
la luz de, entre otras cosas, el aumento de la vulnerabilidad de las
víctimas, el terror causado en consecuencia, o el daño social,
económico o medioambiental causado a las comunidades afectadas. En
este contexto, la Oficina prestará especial consideración a la
persecución de los crímenes comprometidos a través del Estatuto de
Roma o que tengan como resultado la destrucción del medioambiente,
la explotación ilegal de los recursos naturales o el despojo ilegal
de las tierras” (Criterios de selección de casos. La gravedad del
delito).
La CPI, con sede
en La Haya (Países Bajos) se fundó en 2002 tras los genocidios de
Yugoeslavia y Ruanda y se había centrado en crímenes muy concretos
que han tenido lugar en épocas de guerra. Sin embargo, por la
repercusión cada vez mayor que están teniendo para comunidades
enteras los delitos ambientales en periodos de paz, el organismo ha
decidido incluir ahora estos nuevos criterios. La CPI tiene
jurisdicción en 124 países que han firmado el estatuto.
La iniciativa permite a las víctimas buscar justicia a través del sistema de la Corte si sus demandas son desestimadas por los tribunales a nivel nacional. “La CPI se está adaptando a las nuevas dinámicas de conflicto”, ha aseverado Alice Harrinson, de la ONG Global Witness. “Esta iniciativa implica que los responsables de desplazamientos masivos en tiempos de paz se hagan responsables de sus actos”, agregó.
La decisión ha
sido tomada antes de que el fiscal del organismo, Fatou Bensouda,
aclarase si investigará o no un caso presentado en 2014 en el que se
acusa al Gobierno de Camboya y varios empresarios de apropiarse de
forma ilegal de varios terrenos.
Richard Rogers,
miembro de la asociación de abogados penales International Global
Diligence señaló que “Camboya es un ejemplo perfecto de este
nuevo enfoque de la CPI. Se ajusta a los nuevos criterios”. “Las
empresas desean invertir en algunos lugares a riesgo de ser cómplice
de los crímenes contra la humanidad". El nuevo enfoque de la
CPI también podría abrir la puerta a los procesamientos por el
cambio climático, dijo Rogers, “debido a que un gran porcentaje de
las emisiones de CO2 habría sido causado por la deforestación como
resultado de la ilegal apropiación de tierras”.
La ONG Alianza
por la Solidaridad, especializada en derechos humanos y ambientales,
considera “un gran paso que el Tribunal de La Haya sancione delitos
socioambientales de Estados y transnacionales”. Almudena Moreno,
referente de la ONG declara que “el hecho de que la Corte Penal
Internacional, a partir de ahora, sentencie sobre estos delitos es
una excelente noticia contra la impunidad y ayudará a reforzar la
necesidad de contar con una normativa internacional que sea
vinculante, dado que existirá ya una entidad internacional en la que
poder denunciar”.
¿Hacia un nuevo
paradigma?
Por su parte,
para Manuel Vergara, director del departamento legal del organismo de
derechos humanos Fundación Internacional Baltazar Garzón, se trata
de “un importante avance sobre la persecución de crímenes
medioambientales y económicos”, “un paso trascendental para la
justicia penal internacional, ya que amplía el enfoque clásico de
los delitos de lesa humanidad a aquéllos con un grave impacto
económico o medioambiental”.
Ya el primer
Congreso Internacional de Jurisdicción Universal, organizado por la
Fundación Internacional Baltazar Garzón, “ha reclamado en sus
conclusiones considerar los delitos ambientales y económicos como
delitos de lesa humanidad” y no aplicar el indulto, la amnistía o
la prescripción a los crímenes cometidos contra el derecho
internacional.
“Desde el
principio, ya se recogía la categoría de ‘crímenes de guerra
medioambientales’. Estos crímenes se entienden cometidos cuando,
en el contexto de un conflicto armado internacional, se ocasionen
daños extensos, duraderos y graves al medioambiente natural y
manifiestamente excesivos en relación con la ventaja militar
concreta y directa. La exigencia de que concurran todos estos
requisitos ha dificultado la apertura de toda investigación en este
sentido. El documento que emite ahora la Fiscalía de la Corte Penal
Internacional no hace más que extender la investigación y
persecución de los crímenes antes mencionados a aquellos
componentes delictivos que tengan una naturaleza medioambiental o
económica, como la destrucción del medioambiente, la apropiación
ilegal de tierras o la explotación ilegal de los recursos
naturales”, señaló Manuel Vegara.
En Argentina el
fiscal federal Gustavo Gómez de Tucumán ya había declarado que
“los delitos ambientales son crímenes contra la humanidad”. A
raíz del proceso llevado a cabo en Ecuador por el caso
Chevron-Texaco, Gómez había señalado que “resulta necesario un
cambio de paradigma en la administración de justicia en el mundo
entero”.
“La ciencia del
Derecho como el resto de las ciencias sociales avanza normalmente por
la acumulación de conocimientos, pero cada tanto se produce una
crisis que generalmente se resuelve cuando los pueblos conductores de
su propia historia encuentran un nuevo paradigma”. Para Gomez la
iniciativa más importante era “la instrumentada por la Academia
Internacional de Ciencias del Ambiente de Venecia y su presidente,
Adolfo Pérez Esquivel, sosteniendo que los desastres ambientales son
crímenes contra la humanidad”.
Por su parte, el
Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel, referente del
organismo de derechos humanos Serpaj, ya había declarado en
diciembre pasado desde su encuentro en Tiquipaya, Bolivia, con Evo
Morales en la II Conferencia Mundial de loa Pueblos sobre el Cambio
Climático y la Defensa a la Vida, que “no hay que generar otro
tribunal. La Corte Penal Internacional (CPI) ya existe, sólo hay que
reformar el Estatuto de Roma para incluir las violaciones
medioambientales como crímenes de lesa humanidad y esto es lo que
estamos intentando avanzar en esta propuesta”.
Previamente, y a
raíz del escandaloso fallo sobre Chevron en Ecuador, el Premio Nobel
había señalado: “Hoy numerosos desastres ambientales quedan en la
total y absoluta impunidad jurídica, como lo acontecido en Chernobyl
y tantos otros desastres que afectan la vida planetaria. Lo mismo
ocurre con las petroleras y empresas contaminantes como la gran
minería y los agronegocios, con los desmontes de los bosques
naturales, con la contaminación y el uso irracional del agua. Los
recursos naturales son un bien esencial de la humanidad que está en
alto riesgo de contaminación y desaparición”.
Casos
emblemáticos
La multinacional
Shell años atrás reconoció haber derramado más de 1.5 millones de
litros de crudo en el Delta de Nigeria, en donde habitan unas 31
millones de personas y es considerado uno de los diez más
importantes ecosistemas de humedales y costas del mundo. El hecho fue
condenado por la propia ONU y presentó un informe en el que asegura
que se trató de 2.6 millones de litros y que las empresas Total y
Agip también son responsables. El derrame afectó a unas 70 mil
personas y sus economías locales, y se requerirán de unos 25 a 30
años para limpiar la zona afectada.
En Ecuador la
empresa Texaco (hoy Chevron) junto a la estatal Petroecuador,
derramaron durante 30 años residuos en el Amazonas afectando a más
de 30 mil personas, la gran mayoría miembros de comunidades
indígenas. Fueron descubiertas 800 piletas con residuos tóxicos que
contaminaron la tierra y las napas de agua subterráneas. En 1993 las
comunidades afectadas lograron iniciar un juicio en Nueva York, sin
embargo la multinacional presionó con éxito para que la
jurisdicción pasara a Ecuador en donde el gobierno aprobó una
remediación ambiental realizada por la empresa. En 2011 se abre un
nuevo caso y en esta ocasión Chevron apeló a la decisión de un
tribunal provincial que ratificó una sentencia en la cual obligaba a
Chevron a indemnizar con 9500 millones de dólares a las comunidades
indígenas afectadas y a pedir perdón en un plazo de dos semanas, lo
que no hizo. Chevron apeló a La Haya contra el proceso judicial en
Ecuador, argumentando que el presidente ecuatoriano Rafael Correa
habría interferido en la decisión del tribunal.
Según la Global
Witness, entre 2002 y 2015 logró documentar un total de 1.176 casos
de ambientalistas asesinados, de los cuales 753 lo fueron en los
últimos cinco años. Solo en 2015 hubo 185 casos (un 59 % más que
en 2014). Y el 66 % de los asesinatos del año pasado ocurrieron en
América Latina. De los 185 casos de asesinatos de 2015, 42
estuvieron relacionados a la minería (un aumento del 70 % con
respecto a 2014), 20 a los agronegocios, 15 a tala de bosques, 15
relacionados a represas y 13 a la caza furtiva. Además, 67 eran
activistas de pueblos indígenas. Brasil y Filipinas tienen los
índices más altos, con 50 y 33 casos respectivamente. Le siguen
Colombia (26), Perú (12), Nicaragua (12), El Congo (11), Guatemala
(10), Honduras (8), India (6) y México (4), entre otros.
El pasado 3 de
septiembre se entregaron los resultados del primer Censo continental
de elefantes, durante el Congreso Mundial de la Unión Internacional
para la Conservación de la Naturaleza (UICN), que se celebró hasta
el 10 de septiembre en Honolulu, Estados Unidos. En el informe se
señaló que entre 2007 y 2014 se asesinaron a 144 mil elefantes (el
30 % del total contabilizado en 2007, lo que implicaría que la
especie se extinguiría en quince años más) y a mil guardaparques
que los protegían.
“Expulsar a las
comunidades de sus tierras y destrozar el medioambiente se ha
convertido en una forma aceptada de hacer negocios en muchos países
pobres, pero ricos en recursos. La decisión de la CPI muestra que la
impunidad está llegando a su fin. Los directivos de las empresas y
los políticos cómplices del empoderamiento violento de la tierra,
arrasando bosques tropicales o envenenando los recursos de agua,
pronto podrían verse sometidos a juicio en La Haya junto a
criminales de guerra y dictadores”, señala Gillian Caldwell,
director ejecutivo de Global Witness, que denuncia que hasta ahora la
Corte no estaba investigando las “atrocidades masivas cometidas en
nombre del desarrollo”.
Límites
La iniciativa
sienta un precedente y amplía el estrecho marco en el que actúa
este tribunal, sin embargo no supone una extensión formal de la
jurisdicción de la Corte, pues aunque la Oficina de la Fiscal
seleccione determinados casos esto no quiere decir que la Corte los
vaya a considerar crímenes contra la humanidad si no siguen el
Estatuto de Roma. El otro importante límite de la iniciativa es que
solo puede juzgar a individuos físicos y no jurídicos, como las
empresas multinacionales. No existen actualmente instancias jurídicas
internacionales ante las que denunciar a las empresas por los casos
de violaciones de derechos humanos o contra la naturaleza. El Consejo
de Derechos Humanos de la ONU adoptó en 2014, a propuesta de Ecuador
y Sudáfrica, una resolución para crear un instrumento jurídicamente
vinculante que regule la actividad de las empresas transnacionales,
pero las trabas por parte de los países inversores lo han impedido.
Para Vergara
“este avance se revela insuficiente porque todo ataque contra la
naturaleza habrá de estar vinculado con graves vulneraciones de los
derechos humanos cometidas de forma general o sistemática. Esto es,
la simple destrucción del medioambiente no será suficiente para
activar los resortes de la CPI, salvo que se demuestren masivas
pérdidas humanas. Es por ello que no deben relajarse las exigencias
para que el Estatuto de Roma introduzca, además, un nuevo delito
internacional: el del ecocidio, entendido éste como un crimen que,
por su extensión y escala, suponga la destrucción irreversible de
ecosistemas.
Fuente:
Roberto Andrés @RoberAndres1982, Corte Penal Internacional podría juzgar delitos ambientales como crímenes contra la humanidad, 29/09/16, La izquierda Diario. Consultado 30/09/16.
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