lunes, 28 de febrero de 2022

Para uno de los jueces, el caso debería quedar en Río Tercero

En la Corte Suprema se debatió la cuestión de competencia de una investigación por contaminación del Ctalamochita. Por mayoría, fallaron para que sea la Federal la que se aboque a la causa. Un solo juez consideró que debería tratarlo la Justicia provincial. Sus argumentos.

Si los fallos judiciales tuvieran lenguaje común, podría decirse que Carlos Rosenkrantz, juez de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), diría que lo que pasa en Río Tercero queda en Río Tercero.

Pero el magistrado, en el fallo que finalmente le atribuye la investigación de una denuncia por contaminación del Ctalamochita a la Justicia Federal de Villa María, expresa su disidencia con sus pares diciendo su opinión de la siguiente manera: “A los fines de decidir la cuestión de competencia aquí planteada, es necesario determinar si existen probanzas efectivas -no meramente conjeturales- que, con un grado de convicción suficiente, demuestren que la descarga de efluentes líquidos sin adecuado tratamiento al río Tercero por Atanor SCA (más Fábrica MIlitar de Río Tercero y Petroquímica de la misma ciudad) afecta a las personas o al ambiente fuera de los límites de la Provincia de Córdoba. En el caso, no se ha verificado el presupuesto antes explicado para la procedencia de la jurisdicción federal. No hay ningún elemento de juicio que autorice la afirmación de que la descarga de efluentes líquidos sin adecuado tratamiento al río Tercero, Provincia de Córdoba, por parte de la empresa denunciada afecte a las personas o al ambiente en el territorio de otra provincia”.

Para Rosenkrantz, es una cuestión que debería tratar la Justicia provincial con asiento en Río Tercero, aunque sus pares explicaron que el río corre, atraviesa otras ciudades como Villa María y termina como efluente del Carcarañá llegando a la provincia de Santa Fe.

Ante esto, el juez de la corte dice que la prueba exigida para -pasarlo a la Federal- “no puede ser suplida con la invocación obvia de la naturaleza integral e interdependiente de las cuencas hídricas”.

De esta manera, se expresa la clara diferencia de criterios que existe en materia ambiental para los magistrados que integran el máximo órgano de Justicia de Argentina.

Para la mayoría -Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti- la cuestión es claramente Federal, precisamente, porque el río fluye y si está contaminado, puede afectar a otras jurisdicciones, ya sea por el agua que corre llevando efluentes sin tratar o por el daño que esos elementos hacen a los peces.

Lo que se tira al río

Sobre la contaminación, dan precisiones de la presentación de la Unidad Fiscal de Investigación de delitos de Medio Ambiente (UFIMA), que evaluó en un informe realizado a partir de una denuncia en el Ministerio de Ambiente realizada por un vecino, que “se habría constatado el vuelco de efluentes líquidos con parámetros que determinan la característica peligrosa H12 Ecotóxicos, sustancias o desechos que, si se liberan, tienen o pueden llegar a tener efectos adversos inmediatos o retardados en el medio ambiente debido a la bioacumulación o los efectos tóxicos en los sistemas bióticos”.

Para más precisiones, la UFIMA indica que las características de las emanaciones líquidas objeto de la presente causa, “presentan parámetros en exceso de DBO (demanda bioquímica de oxígeno) y DQO (demanda química de oxígeno), lo que indica la presencia elevada de materia orgánica que provoca el consumo de oxígeno disuelto del cuerpo receptor, y determina la característica peligrosa H12 Ecotóxicos”.

Esto podría razonablemente conllevar la afectación interjurisdiccional, ya sea por el impacto acumulativo de los contaminantes sobre el río, o bien por los efectos tóxicos que estos causan sobre los organismos vivos (sistema biótico) que lo componen”, indicaron.

Con esos argumentos entienden que hay motivos suficientes para “concluir que en el presente caso existen factores que permiten concluir que los ríos Carcarañá y Paraná podrían, razonablemente y en el marco de la interdependencia que se verifica entre los elementos de una cuenca hídrica, convertirse en cuerpo receptor del efluente contaminante que, prima facie, afectaría al río Tercero”.

Más allá de la diferencia de opiniones, lo cierto es que la CSJ ya falló y que la fiscal Federal de Villa María está trabajando sobre la base de los informes técnicos presentados por los organismos para determinar si hay contaminación y en ese caso, quién o quiénes son los responsables.


La historia


2018

UN VECINO PRESENTO ANTE EL MINISTERIO DE AMBIENTE DE LA NACION UNA DENUNCIA POR CONTAMINACION DEL RIO.


UFIMA SE HICIERON ESTUDIOS

A CARGO DE DISTINTOS ORGANISMOS, ENTRE ELLOS LA UFIMA, QUE DETERMINARON QUE EL CASO SE LLEVARA A LA JUSTICIA PROVINCIAL.


LA JUSTICIA POVINCIAL

SE APARTO POR CONSIDERAR QUE ERA UNA CAUSA QUE DEBIA INVESTIGAR LA FEDERAL, DADO QUE AFECTA A OTRAS JURISDICCIONES.


EL JUEZ FEDERAL

TAMBIEN SE APARTO POR CONSIDERAR QUE NO HABIA ELEMENTOS SUFICIENTES PARA SUPONER QUE EL EVENTUAL DAÑO AFECTE A OTRAS PROVINCIAS.


LA CORTE SUPREMA

DISPUSO, EL 10 DE FEBRERO DE ESTE AÑO Y POR MAYORIA, QUE DEBE ABOCARSE LA FEDERAL. LA FISCALIA ESTA ABOCADA A LA CAUSA.


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Fuente:

Para uno de los jueces, el caso debería quedar en Río Tercero, 27 febrero 2022, El Diario.

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