RED NACIONAL DE
ACCION ECOLOGISTA de la Argentina
13 de julio 2017
Declaración de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH)
En vista de las
intenciones del gobierno nacional de construir una planta de energía
nuclear en la provincia de Río Negro, sumado al actual desarrollo
del Plan Nuclear Argentino, consistente en extraer, procesar y
enriquecer uranio para comercializar en mercados internacionales, la
Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) estima necesario
objetar estos planes basándose en los
siguientes considerandos:
- Que el estado
nacional, por medio de la Comisión Nacional de Energía Atómica
(CNEA) y la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN), ha demostrado una
total falta de responsabilidad por los daños causados por sus
explotaciones mineras y de procesamiento de uranio. La experiencia de
mas de 60 anos de minería uranífera ha dejado un legado de
contaminación, y abandono en todo el país,
sembrando la desconfianza en la población y oposición a las
actividades de la CNEA. Este pasivo ambiental puede verificarse en
las minas Don Otto (Salta), Los Adobes (Chubut), Los Gigantes
(Córdoba), La Estela (San Luis), Sierra Pintada y Malargüe
(Mendoza), y Los Colorados (La Rioja). El Anexo 1 muestra fotos de
emprendimientos mineros abandonados y los pasivos
ambientales asociados.
- Que las
actividades de extracción, procesamiento y enriquecimiento de uranio
exponen a los acuíferos subterráneos y superficiales a
contaminaciones irremediables, tal el ejemplo de países que ya han
realizado la misma nefasta experiencia. En su informe “Uranium
Contamination” GAO-14-323, la Oficina del Presupuesto del gobierno
de los Estados Unidos informo en el año 2014 que los acuíferos
del Colorado Plateau se encuentran contaminados con uranio mas de 30
años después de haber terminado las extracciones mineras (Ver Anexo
2).
- Que el
enriquecimiento de uranio resulta en la obtención tanto de uranio
enriquecido como grandes cantidades del uranio empobrecido, para el
cual no existen planes a largo plazo para la descontaminación y
limpieza final. En el Informe 94 de la Jefatura del Gabinete de
Ministros al Senado de la Nación (2016), en respuesta a la pregunta
191 sobre el destino final de los desechos de uranio empobrecido, el
gobierno informa “El uranio empobrecido es un subproducto de la
generación de uranio enriquecido y no es un desecho. Tiene valor
comercial y queda guardado en el complejo. De acuerdo con el Estudio
de Impacto Ambiental (EsIA) se dispone en cisternas, al igual que el
uranio natural y el enriquecido; quedando bajo salvaguarda en la
playa de cisternas.“ 1, Con lo cual
queda claro el fin especulativo de estos desechos contaminantes y
peligrosos, sin garantías de solución final a estos depósitos. El
Anexo 3 muestra fotos de similares plantas de almacenamiento en los Estados Unidos.
- Que el
transporte de uranio por rutas argentinas pone en peligro de
intoxicación y contaminación a la población, ignorante de que por
sus comunas circulan cargas en muchos casos prohibidas expresamente.
El compuesto de uranio obtenido en las minas deberá transportarse
hasta la planta de enriquecimiento de Pilcaniyeu, de allí el uranio
enriquecido se transporta a la planta de conversión química de
Dioxitek (ahora en Córdoba y luego en Formosa), luego a Ezeiza para
la fabricación de las barras de combustible nuclear, y finalmente a
las centrales nucleares para su uso final.
- Que la
contaminación radiactiva potencial resultante de estos
emprendimientos puede tardar años y décadas en manifestarse como
enfermedades irremediables, tal lo experimentado por la población
Navajo de los Estados Unidos, 30 años después del cierre de las minas de
uranio. La lista de enfermedades
resultantes de la exposición al uranio, por sus características
toxicas y radiológicas, es tristemente larga: canceres de distintos
tipos, leucemia, afecciones pulmonares, renales y cerebrales,
impactos en el sistema reproductivo, al desarrollo y crecimiento de
los niños. El Concejo Nacional de Investigaciones de los Estados Unidos en su
informe “Minería de Uranio en Virginia” (2012) pone énfasis en
las consecuencias de la exposición al uranio (Anexo 4). Por ser un
metal pesado el uranio es tóxico al organismo afectando
principalmente los riñones y el esqueleto, donde reemplaza al calcio
de los huesos. Como agente radiológico las partículas y rayos
contaminantes del proceso de descomposición radiactiva resultan en
graves afecciones, especialmente en casos en que se ingiera o respire
estos productos.
- Que la
población ha esperado por anos información clara y precisa sobre
los efectos ambientales y en la salud de la explotación y
procesamiento de uranio, sin obtener nunca respuestas concluyente a
sus pedidos de información, tanto de la CNEA como de la ARN.
- Que la
experiencia internacional en los Estados Unidos, Japón, la Unión
Soviética, y otros países, demuestra el alto riesgo para los
trabajadores y la población ante eventuales escapes o accidentes
provenientes de plantas de energía nuclear. Si bien los desastres en
Fukushima, Chernobyl y Three Mile Island son los mas notorios, el
diario The Guardian del Reino Unido nos muestra una larga
lista de accidentes e incidentes que incluyen perdidas y derrames de
fluidos radiactivos, sobreexposición de trabajadores, danos al
núcleo del reactor, perdidas de fuentes radiactivas, y otros (Anexo
5).
- Que después de
más de 70 años todavía la industria nuclear no ha podido encontrar
un método para descontaminar y desechar en forma segura los residuos
tóxicos y radiactivos -2- creados por esta misma industria. A falta
de soluciones permanentes los residuos creados por esta industria se
acumulan en túneles o depósitos, muchos de ellos abandonados a la
intemperie. La contaminación de acuíferos en el Centro Atómico
Ezeiza en el año 2005 ilustra este problema y
da la pauta de la irresponsabilidad con que la CNEA y ARN administran
estos residuos, desinforman al público, y manejan la información.
Experiencias recientes como en la Planta de Acabado de Plutonio, en
Hanford, Estados Unidos, y el colapso del túnel de almacenamiento en Richmond, Estados Unidos ponen de manifiesto los peligros a los que estos depósitos
exponen a la humanidad en forma diaria debido a la falta de
soluciones prácticas y seguras para el desecho de los mismos.
- Que tanto la
extracción y procesamiento de uranio como el almacenamiento y
disposición final de residuos contaminados genera pasivos
ambientales tanto o más terribles que los gases de efecto
invernadero. En el mismo informe “Uranium Contamination”
GAO-14-323, la Oficina del Presupuesto del gobierno de los Estados Unidos
informó en el año 2014 la inversión millonaria que hace falta para
restaurar y descontaminar las minas abandonadas. Como resultado de
juicios por acumulación de residuos contaminantes la compañía
responsable tuvo que aportar 5150 millones de dólares como
compensación a la población Navajo y Estados afectados
(https://www.justice.gov/opa/pr/united-states-announces-515-billion-settlement-litigationagainst-subsidiaries-anadarko).
- Que al realizar
estos experimentos nucleares se compromete la salud de futuras
generaciones y al ambiente en general, sin ninguna garantía de
reparación de los daños causados. Al no existir, en ninguna parte
del mundo, compañías de seguros que asuman responsabilidad ante
cualquier accidente en la cadena de procesamiento, la responsabilidad
material por pasivos ambientales y sociales queda expuesta a
decisiones burocráticas de gobiernos provinciales y del gobierno
nacional sin garantía efectiva de solución.
- Que la
generación de elementos radiactivos por la actividad de minería,
enriquecimiento y conversión de uranio, así como la generación de
residuos resultantes de su aplicación en plantas nucleares, resulta
en la acumulación de material radiactivo y tóxico con potencial de
impactar la salud y contaminar el ambiente por miles de anos (Anexo
6).
- Que la
potencial creación de puestos de trabajo temporarios pretendida por
el gobierno de Río Negro y las compañías mineras puede ser
superada ampliamente por puestos de trabajo permanente en energías
renovables, limpias y seguras. De acuerdo a la Agencia Internacional
de energías Renovables, los puestos de trabajo en energías limpias
ya superan a la industria de gas y petróleo en los Estados Unidos, Canadá,
Alemania y China (Anexo 7). - 3-
- Que tanto
técnica como económicamente existen alternativas validas a la
energía nuclear. El desarrollo de energías renovables tales como
solar y eólica no puede ser ignorado en nuestro país dado el
potencial natural en sus distintas regiones.
- Que ninguna de
las actividades de la industria nuclear en la Argentina ha sido
sujeta a consultas populares, libres e informadas, afectando los
derechos específicos de los pueblos originarios ocupantes de los
territorios donde se encuentran localizadas las zonas mineras.
- Que la
población tiene derecho a participar en la toma de decisiones
respecto a formas energéticas que afectaran su futuro y su estilo de
vida, al mismo tiempo que demanda que los responsables de protección
ambiental garanticen el uso y goce apropiado del ambiente para las
futuras generaciones.
Por lo tanto, y
teniendo en cuenta los derechos humanos básicos ya reconocidos por
nuestra Constitución y acuerdos internacionales, tales como el
derecho al acceso a la información, derecho al medio ambiente,
derecho a la vida y sus circunstancias, como ser derecho a un
ambiente sano, derecho a la calidad de vida, incluyendo protección a
la niñez y ancianidad, derecho de los pueblos indígenas, y derecho
a la consulta popular, la APDH se pronuncia en contra de los
planes del gobierno, tanto para la creación de nuevas centrales
nucleares como para la continuación del plan nuclear argentino con
su secuela de destrucción ambiental y enfermedades. El Anexo 8
incluye una descripción de la normativa vigente en la Republica
Argentina para la protección de los derechos humanos, sociales y
ambientales.
ANEXO en:
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