lunes, 5 de octubre de 2020

Una opinión experta 350


Fernando Barri es biólogo, magister en Manejo de Vida Silvestre y Doctor en Ciencias Biológicas por la Universidad Nacional de Córdoba. Se desempeña como investigador asistente del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas. Además es Profesor de la Cátedra de Problemática Ambiental, y del Centro de Ecología y Recursos Naturales Renovables, ambos pertenecientes a la Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales de la Universidad Nacional de Córdoba.

Uno de los principales problemas que posee la ley 9.814 de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) de nuestra provincia es la ausencia de un mapa georreferenciado, que sirva para que la autoridad de aplicación y los ciudadanos podamos hacer valer su protección efectiva. Es decir, no se cuenta con una herramienta esencial que permita delimitar espacialmente los lugares físicos del territorio cordobés en los que se encuentran los bosques en categoría roja (mayor valor de conservación) y amarilla (valor de conservación intermedio), que deben ser protegidos a perpetuidad y que bajo ningún concepto -según lo establecen la ley madre de presupuestos mínimos 26.331 y nuestra propia ley 9.814- pueden cambiar de uso de suelo. Ello significa que ningún organismo del Estado, en cualquiera de sus niveles o instancias, puede autorizar que se produzcan en esas áreas desmontes con los fines que fueran (por lo general, agrícolas, urbanísticos y mineros). Esta falta de un mapa claramente delimitado de las zonas que deben ser protegidas lleva a que tanto municipios y comunas, así como organismos del Estado provincial, autoricen urbanizaciones y otros usos del suelo en sitios que están protegidos por una ley superior que no deberían desconocer”

Fuente:
Fernando Barri, El riesgo de perder lo poco que nos queda, 17 septiembre 2020, La Voz del Interior.

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