viernes, 12 de agosto de 2016

Resolución 174/16 Normas Provinciales de Calidad y Control de Aguas Para Bebida de Córdoba

MINISTERIO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS
SECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS
Resolución N° 174
Córdoba, 3 de Agosto de 2016

VISTO
el Expediente Nº 0416-004751/2015 Cuerpos I y II, en relación a la revisión y actualización de las “NORMAS PROVINCIALES DE CALIDAD Y CONTROL DE AGUAS PARA BEBIDA”, propuestas por la Dirección de Jurisdicción de Estudios y Proyectos.-

Y CONSIDERANDO:
Que a fojas 600/601 el señor Director de Jurisdicción de Estudios y Proyectos de esta Secretaría de Recursos Hídricos eleva Informe Técnico por medio del cual pone a consideración y propicia la aprobación del proyecto de “NORMAS PROVINCIALES DE CALIDAD Y CONTROL DE AGUAS PARA BEBIDA”, fruto de la actualización y revisión de las normas actualmente vigentes y aprobadas por Resolución de la entonces Dirección Provincial de Agua y Saneamiento (Di.P.A.S.) N° 608/93.-

Que el señor Director de Jurisdicción de Estudios y Proyectos manifiesta que el proyecto en cuestión refleja las normas de estándares de calidad para agua de bebida en la Provincia de Córdoba y promueven una mejor calidad en la prestación de los servicios de agua potable, evitando “...inconsistencias con las Normas Nacionales (CAA Artículo 982 – Resolución Conjunta SPRyRS y SAGPyA N° 68/2007 y N° 196/2007 y su modificatoria Resolución SPRel N° 34/2012 y SAGyP N° 50/201) y además teniendo en cuenta características particulares del agua y suelos locales...”.-

Que conforme surge del Informe Técnico de fojas 600/601 y de las propias constancias de autos, la mencionada Dirección referencia que el Proyecto de fojas 602/750 es fruto de los trabajos de diversas comisiones técnicas cuyas intervenciones se encuentran agregadas a fojas 3/147 y su informe de presentación de fojas 148/150; listados de participantes, comisiones y actas elaboradas con las intervenciones y estudios técnicos agregadas a las actuaciones a fojas 152/264. Ello conjuntamente con la documentación bibliográfica y normativa consultada y valorada para la elaboración del referenciado proyecto (fojas 266/591) y los aportes realizados por el Consejo del Desarrollo sustentable (fojas 592/599).-

POR ELLO, Dictamen Nº 139/16 del Área de Asuntos Legales obrante a fs. 752 de autos, y facultades conferidas por la Ley Nº 8.548;

EL SEÑOR SECRETARIO DE RECURSOS HÍDRICOS
R E S U E L V E:
 
Artículo 1.-
DEJAR SIN EFECTO la Resolución N° 608 del 7 de Septiembre de 1993 emanada de la entonces Dirección Provincial de Agua y Saneamiento (Di.P.A.S).-

Artículo 2.-
APROBAR las “NORMAS PROVINCIALES DE CALIDAD
Y CONTROL DE AGUAS PARA BEBIDA”, las que como ANEXO I, compuesto de Ciento cuarenta y nueve (149) fojas útiles se acompañan formando parte integrante de la presente.-

Artículo 3.-
PROTOCOLÍCESE. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Pase a la Dirección de Jurisdicción de Estudios y Proyectos a sus efectos.-

FDO.:ING. EDGAR MANUEL CASTELLO – SECRETARIO DE RECURSOS HÍDRICOS –

ANEXO

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