Observatorio
de Conflictos por los Recursos Naturales (OCRN)
Provincia de Mendoza
CIRCULAR 28/14 (Proyecto "Hierro Indio")
1. A 21 NOV 14, la Cámara de Diputados de la
provincia de MENDOZA resolvió, tras su revisión, desechar el proyecto de ley
ratificatorio de la resolución conjunta adoptada por la Dirección de Minería y
la Dirección de Protección Ambiental con fecha 13 AGO 14, que otorgaba a una
empresa nacional la autorización para la ejecución de tareas de prospección y
exploración, con toma manual de muestras, en el yacimiento ferrífero HIERRO
INDIO, situado en la SIERRA DE LOS CHIVATOS, a 55 KM NNO MALARGÜE y a una
altura media de 2400 MSNM.
A. Entre las 1100 del 18 NOV 14 y las 1330 del
21 NOV 14, la Asamblea Mendocina por el Agua Pura (AMPAP), en estado de
asamblea desde el 07 NOV 14, propició el bloqueo de los accesos Norte (RN-143),
Este (RN-188), Sur (RN-143) y Oeste (RP-202) a GENERAL ALVEAR para procurar el
rechazo parlamentario al proyecto mencionado, remitido a la Legislatura por el
Poder Ejecutivo a 11 SEP 14, y al cual, con fecha 18 NOV 14, la Cámara de
Senadores le había dado media sanción.
B. A 01 OCT 14, la AMPAP comunicó que, de
presentarse necesario, se manifestarán a efectos de hacer notar que la minería
no cuenta con consentimiento social, apreciando que el control de dicha
actividad por parte del Estado no es posible.
Tal aserción se funda en la premisa de que la Dirección de Protección
Ambiental, en ejercicio del poder de policía en lo atinente a la prevención y
control de la contaminación, carece de capacidades logístico-técnicas acordes
con tal fin.
C. Si bien anteriormente se han realizado
labores de explotación en HIERRO INDIO, durante el período 1953-1975, se estima
que el yacimiento aún cuenta con una alta concentración de hierro, por lo que
de forma previa a su reactivación se pretende recalcular la magnitud y calidad
de sus reservas. A tenor de las
previsiones, un nuevo aprovechamiento del depósito por medios
mecánico-magnéticos permitiría la sustitución de importaciones de mineral
ferrífero a lo largo de veinte años.
D. A 10 JUN 14, la AMPAP se declaró en estado de
alerta ante la toma de conocimiento de un proyecto modificatorio de la Ley
Provincial Número 7722, presentado con fecha 06 JUN 14 por el diputado José
MUÑOZ (PJ), en el cual se aprecia conveniente demarcar límites espaciales a la
operatividad de las restricciones impuestas por el artículo primero de la ley
mencionada y, asimismo, acotar a la fase de explotación el alcance efectivo de
lo dispuesto por el artículo tercero.
E. La Ley Provincial Número 7722, dictada el 20
JUN 07, prescribe en su artículo primero que, a fin de garantizar la protección
de los recursos hídricos, queda prohibido en el territorio provincial el uso de
sustancias químicas "tóxicas" en todos los procesos mineros
metalíferos. En su artículo tercero,
establece que todas las fases previas y operacionales de los proyectos de
minería metalífera, a saber, prospección, exploración y explotación, deben ser
ratificadas por disposición respectiva del cuerpo legislativo.
F. De acuerdo a la Cámara Mendocina de
Empresarios Mineros (CAMEM), la ejecución de un programa extractivo en el corto
plazo (cinco años), a materializar por medio de la explotación de seis minas
metalíferas, permitiría obtener una producción anual valorizada en 1215
millones de dólares. De modo
concurrente, la incorporación, en el mediano plazo (diez años), de otras ocho
minas metalíferas agregaría a la producción 5237 millones de dólares
adicionales por año.
2. El presente mensaje reviste carácter
orientador, no taxativo y meramente enunciativo, y se transmite única y exclusivamente
a efectos de satisfacer la emergente necesidad de una respuesta equilibrada y
colaborativa de seguimiento de conflictos públicos derivados de la
administración y aprovechamiento de las riquezas naturales del país.
3. Lorena SCHROTT es la responsable general de
la dirección del Observatorio de Conflictos por los Recursos Naturales (OCRN) y
de la interacción directa con otras organizaciones. Para mayor información, puede contactar con
ella por E-MAIL: lorena@autistici.org (C10EDC7E), o visitar a través de
INTERNET el siguiente sitio: http://ocrn.info/.
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