La Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas difundió un dictamen en el que aseguran que la multinacional ya no puede volver a presentar su estudio de impacto ambiental, en virtud de la vigencia de la nueva Ley de Política Ambiental de Córdoba, que prohíbe realizar dos veces esa misma gestión.
Mediante un dictamen difundido en las últimas horas, la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdeAA) dio a conocer su interpretación respecto al “conflicto eco-territoral” suscitado a raíz de la intención de la firma multinacional Monsanto de instalar una planta acondicionadora de semillas en Malvinas Argentinas.
En la misma interpreta que a partir de la aprobación en la Legislatura de la Ley N° 10.208 de “Política Ambiental Provincial” (publicada en el Boletín Oficial el 27 de junio), la empresa perdió la posibilidad de instalarse en esa localidad “toda vez que en su artículo 20 estableció un nuevo requisito para que los proyectos puedan someterse al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, a saber: no tener un rechazo o desestimación por parte de la Autoridad de Aplicación con anterioridad”.
Es de recordar que el 10 de febrero pasado, el proyecto de “Planta de acondicionamiento de semillas de maíz” presentado por Monsanto para la evaluación de su impacto ambiental fue rechazado por la Autoridad de Aplicación, la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Córdoba.
“La aplicación inmediata de este artículo genera el cierre de la discusión de la instalación de la Planta en Malvinas Argentinas al no existir caminos institucionales para que Monsanto pueda conseguir el certificado de aptitud ambiental de su proyecto, necesario para el inicio de las obras y el funcionamiento de la actividad”, señala el dictamen.
Entre sus fundamentos, detalla que “aunque la Ley N° 10.208 se aprobó con posterioridad al rechazo del proyecto de la Planta de Monsanto por parte de la Autoridad de Aplicación no cabe dudas que resulta aplicable a este caso. De acuerdo al artículo 3 del Código Civil, las leyes tienen aplicación inmediata. La aplicación del artículo 20 al caso de Monsanto no es un caso de aplicación retroactiva de una ley. El principio de aplicación inmediata también se relaciona con el principio de progresividad dispuesto por el artículo 4 de la Ley General del Ambiente”.
En otro párrafo, los autores del dictamen, los abogados ambientalistas Enrique Viale y Jonatan Emanuel Valdivieso, justificaron: “una aplicación retroactiva de la ley sería el caso de que Monsanto ya haya iniciado nuevamente el procedimiento de evaluación de impacto ambiental y con posterioridad se aplicara el artículo 20 de la ley de Política Ambiental dando por terminado el procedimiento y rechazando nuevamente el proyecto”.
Cabe recordar que meses atrás, referentes de Monsanto en Latinoamérica habían adelantado que presentarían un nuevo proyecto de Estudio de Impacto Ambiental entre los meses de julio y agosto ante la Secretaría de Ambiente de la Provincia. Hasta el día de ayer, esto no sucedió.
En cuanto a la posibilidad de que esto ocurra, fuentes cercanas a esa cartera provincial dejaron entrever que se tendría en cuenta el principio de que la nueva ley en vigencia no sería retroactiva con un expediente existente.
En tanto, la abogada Marta Juliá, quien trabajó en el asesoramiento durante la redacción del texto de la nueva ley, evitó opinar sobre el dictamen de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas. “Esta ley comienza a regir a partir de su promulgación, y recién está en un proceso de implementación. No se puede pensar en su aplicación para un caso en particular sino que se creó para todos las actividades ambientales en la Provincia”, insistió.
Entradas relacionadas:
“Monsanto no puede volver a presentar un estudio de impacto ambiental”
Fuente:
Interpretan que Monsanto perdió la posibilidad de instalarse en Malvinas Argentinas, 08/07/14, La Mañana de Córdoba. Consultado 08/07/14.
No hay comentarios:
Publicar un comentario