Ruralistas dicen que el impedimento para cambiar el uso del suelo de las tierras incendiadas es injusto para los productores. El Foro Ambiental de Córdoba lo consideran un avance en la protección de los bosques nativos. Campesinos lo toman como un freno a los intereses económicos que utilizan el fuego para destruir el territorio. En 2020 se quemaron en Córdoba unas 350 mil hectáreas.
por Héctor Brondo
El Congreso de la Nación sancionó hace 10 días una ley que introdujo modificaciones al manejo del fuego en todo el territorio argentino.
Lo hizo con el propósito de proteger a los ecosistemas de los incendios accidentales o intencionales, según los fundamentos de la iniciativa oficialista.
El instrumento aprobado prohíbe el cambio de uso del suelo afectado por las llamas en plazos de entre 30 y 60 años, “a fin de garantizar las condiciones para la restauración de las superficies” abrasadas.
Los impedimentos contemplados son “la venta, concesión, división, subdivisión, loteo, fraccionamiento o parcelamiento (total o parcial) o cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento y cualquier actividad agrícola que sea diferente al uso y destino que la superficie tuviera al momento del incendio”.
La discusión del tema se dio al calor de la hoguera en que se convirtieron 13 provincias, al mismo tiempo.
En lo que va de 2020, sólo en Córdoba unas 350 mil hectáreas fueron reducidas a cenizas por la mayor lumbre de las últimas décadas.
La superficie que se hizo humo en la provincia este año pandémico equivale a 350 mil canchas de fútbol de las dimensiones del campo de juego del estadio Mario Kempes; o a seis ejidos municipales como el de la capital cordobesa.
El debate alimentó confrontaciones de opiniones y mantuvo su intensidad a lo largo de todo el proceso parlamentario, dentro y fuera del recinto. Y no cesa mientras se aguarda la aplicación efectiva de los cambios a la ley nacional de manejo del fuego (N° 26.815).
2020, el peor año
Distintas voces
La Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (Carbap) sostiene que las modificaciones, “que limitan el uso privado y comercial de tierras incendiadas, plantean una mirada prejuiciosa y muy injusta sobre el productor agropecuario, en quien recae la culpabilidad del hecho aun no siendo responsable, afectando la garantía constitucional de presunción de inocencia, quien además de haber perdido su capital de trabajo o sus inmuebles por estos hechos debe enfrentar una condena por un evento sobre el cual no tiene responsabilidad alguna y restricciones por década”, advierte la organización de productores y propietario rurales, fundada en 1932.
De la misma manera razonan dirigentes que integran la Comisión de Enlace de Entidades Agropecuarias quienes coinciden en que las medidas “generan una distorsión en el rol del Estado que castiga a quienes producen”.
El impacto -según la visión del sector- resultará en niveles de producción y comercialización por debajo de su potencialidad.
Parado en otra vereda, Federico Kopta opina que la rectificación parcial de la ley de manejo del fuego “representa para Córdoba un avance en la protección de los bosques, matorrales y pastizales nativos”.
El presidente del Foro Ambiental Córdoba aclara: “si bien nuestra ley de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos prohíbe el cambio de categoría de conservación luego de un incendio, tenemos un mapa de OTBN de pésima resolución, lo que permite que lugares con categoría Rojo (máxima protección) o Amarillo (mediana protección) puedan cambiar el uso del suelo para emprendimientos inmobiliarios o agrícolas, ya que la categoría de cada predio y sector dentro de un campo queda sujeta a la interpretación de la Secretaría de Ambiente”, destaca.
Un freno necesario
Para Eugenia Sosa, del Movimiento Campesino de Córdoba (MCC), “la modificación es fundamental para frenar el avance de las corporaciones del agronegocio e inmobiliarias que utilizan el fuego para destruir nuestros territorios y engordar sus intereses económicos”. Y agrega: “ante este avance, las comunidades campesinas e indígenas hemos visto amenazado nuestro modo de vida y de producción; también, la posibilidad de cuidar nuestros territorios para las futuras generaciones”.
Sosa considera que, “en términos de protección de áreas incendiadas, esta ley es mucho más completa que la de bosques porque además de incorporar a los humedales y pastizales, suma zonas de bosques nativos que no están contempladas en el ordenamiento territorial que cada provincia debe censar para cumplir con la Ley de Bosques”.
Por su parte, la abogada ambientalista Marcela Fernández, aclara que “la norma sólo prohíbe la venta de tierras en caso de que éstas fueran fiscales, pero no así cuando se trate de tierras particulares”. Por esa razón –interpreta- “no se lesiona el derecho de propiedad, sino que condiciona el uso del suelo al mismo que tenía esa tierra antes del incendio, prohibiendo cualquier tipo de división, subdivisión y parcelamiento”. Y completa la idea: “Se trata de un condicionamiento impuesto en función del concepto ‘ecológico’ del Derecho de propiedad, que implica la preferencia de los derechos colectivos por sobre los individuales”.
La letrada considera que “podría haberse mejorado la técnica legislativa” para evitar interpretaciones que provocan confusión y sostiene que “más allá de la sanción de las leyes y sus modificaciones está en crisis la efectividad de las normas, y si estas no se cumplen se transforman en letra muerta”, advierte.
Christine Edward y Sergio Chiavassa, de la Mesa de Agua y Ambiente de La Granja coinciden con Fernández.
Sostienen que “la modificación de la ley de manejo del fuego es importante pero no suficiente si no se realizan los controles necesarios, porque de nada vale la ley para proteger la tierra quemada si no hay voluntad de mantener un sistema de prevención que evite que el incendio devore el bosque”.
“Que los incendios son intencionales y que la principal intención es cambiar el uso del suelo no es novedad. La “limpieza” a través del fuego del monte para distintos fines es de larga data y ha colaborado con otras formas de desmonte, dejando a la provincia de Córdoba con sólo un tres por ciento de bosque nativo”, concluyen.
Los recursos naturales requieren una gestión estratégica (Columna de opinión)
por Juan Carlos Scotto
(Secretario de Ambiente de la Provincia de Córdoba)
Nuestra provincia cuenta con un importante sistema de combate contra incendios, pero en muchos casos la tecnología, los recursos humanos afectados y el esfuerzo del Estado en sus diferentes niveles, no alcanzan para contrarrestar la voracidad del avance del fuego sobre el territorio.
Este año en particular, los incendios se incrementaron por la gran sequía acontecida, los efectos indudables del cambio climático a nivel global y por sobre todas las cosas por la acción del hombre que, por imprudencia, negligencia o dolo, propiciaron los principales focos y una falta de conciencia sobre el cuidado del ambiente.
La suma de estas contingencias requiere de una gestión estratégica de los recursos naturales en el territorio.
En ese marco, Córdoba sancionó en el 2010 la ley 9814 que, además de regular los presupuestos mínimos de protección del bosque nativo, establece fuertes criterios para la conservación, recuperación y su aprovechamiento sostenible.
Esta legislación prohíbe la utilización del fuego para modificar el uso de las tierras y, a su vez, establece que un incendio o la degradación del bosque nativo por cualquier causa, no permiten alterar la categoría de conservación del bosque, ni da lugar al cambio del uso del suelo afectado.
Fuente:
Héctor Brondo, La ley del fuego que protege a los ecosistemas no apagó la discusión, 13 diciembre 2020, La Voz del Interior.
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