por
Raúl Estrada Oyuela
El
8 de julio de 2008, la Corte Suprema de Justicia condenó a la
Nación, la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, a mejorar la calidad de vida de los habitantes de la Cuenca
Matanza Riachuelo, recomponer sus aguas, el aire y los suelos y
prevenir daños con suficiente y razonable grado de predicción.
Asimismo dispuso que la Autoridad de la Cuenca creada por la ley
26168 debía ejecutar la sentencia y ser responsable por todo
incumplimiento o demora en alcanzar los objetivos fijados.
Han
transcurrido 12 años en los que hubo algunos cambios cosméticos
como el retiro de cascos abandonados, se parquizaron barracas de la
cuenca baja, se desalojó la parte de las riberas que el Código
Civil define como camino de sirga, y trabajos de limpieza del espejo
del río. Pero la calidad del agua y el aire no mejoró, el problema
de los basurales no está resuelto, se acordó que para 2010 se
lograrían 17.771 "soluciones habitacionales" (lo que no
equivale a construcción de viviendas), pero según la información
oficial de ACUMAR al 20 de abril último solo se habían producido
4576 soluciones, y la Autoridad de la Cuenca aun debate con el
juzgado la adopción de un "plan sanitario de emergencia"
que la Corte había ordenado en 2008.
El
Banco Mundial, que financia más de 800 millones de dólares del
proyecto que debía haberse concluido en 2016, en su informe de junio
de 2019 indica que a esa fecha, en materia de acceso al agua potable
y servicios sanitarios en los barrios de bajos ingresos, solo se
había cumplido el 25 % del proyecto.
Una
parte principal de esos recursos del Banco Mundial se invierten en lo
que se viene llamando el Proyecto Riachuelo, que es una obra de
ingeniería muy importante que colectará las aguas cloacales de la
margen izquierda del Riachuelo, las llevará a una planta de
"pretratamiento" que retendrá los sólidos que contengan
las aguas, y por un emisario subfluvial las descargará en el Río de
la Plata, sin que hasta el presente se haya aprobado una evaluación
del impacto que pueden producir los químicos y la escherichia coli
de la CABA que hoy van al Riachuelo.
El
actual presidente de ACUMAR, que actúa "de facto" porque
carece del Consejo de Administración requerido por la ley, cuando
fue intendente en uno de los partidos de la cuenca, gobernó el
entubamiento del arroyo Morón que descarga toda su contaminación en
el Río Reconquista. Notable coincidencia.
La
ley de creación de ACUMAR la faculta para regular y controlar las
actividades industriales, la prestación de servicios públicos y
cualquier otra actividad de incidencia ambiental en la cuenca. Además
dispone que sus poderes y competencia en materia ambiental,
prevalecen sobre cualquier otra concurrente en el ámbito de la
cuenca.
Sin
embargo, la Autoridad no ha puesto límite a las fuentes de emisiones
de gases y partículas que abundan en la cuenca, contaminando el aire
que la Corte le ordenó recomponer.
En
materia de efluentes líquidos ACUMAR no limitó las descargas
cloacales de AySA. Para las descargas de efluentes líquidos de la
industria, la Resolución 1/2007 de ACUMAR adoptó las normas que
tenía la provincia de Buenos Aires para todo su territorio. Esas
reglas, aplicadas por los gobiernos de La Plata tanto al Riachuelo
como a la costa atlántica, en la Cuenca Matanza Riachuelo
permitieron acumular la contaminación que conocemos en las aguas
superficiales, en las subterráneas y en los lodos del lecho.
A
estas medidas ACUMAR añadió la Resolución 3/2009 sobre usos del
río, que crea el llamado "uso IV", sin antecedentes en
otro lugar del mundo conforme reconoce la Autoridad de la Cuenca en
su presentación en el Juzgado Federal de Quilmes. Ese uso solo
permite "actividades recreativas pasivas". Fue ratificado
en la Resolución 283/2019, aprobada por la administración anterior
y promulgada por la actual. Para este uso se dispone que las aguas
solo tendrán 2 mg de oxígeno por litro, lo que no permite la
existencia de peces. La norma vigente no establece restricciones para
los compuestos nitrogenados, la escherichia coli, los coliformes
fecales, el cromo, el arsénico, el cadmio, el zinc, el cobre, el
níquel, el plomo, el cadmio, ni el mercurio.
Con
estos niveles normativos de tolerancia tóxica, la calidad ambiental
ordenada por la Corte no se puede alcanzar. Es difícil aceptar que
estos niveles de incumplimiento sean inocentes.
Raúl Estrada Oyuela, vicepresidente de la Academia de Ciencias del Ambiente
Fuentes:
Raúl Estrada Oyuela, Riachuelo, a 12 años de una sentencia incumplida, 6 julio 2020, La Nación. Consultado 10 julio 2020.
La obra de arte que ilustra esta entrada es "El descamisado gigante ayuda a cruzar el Riachuelo a la mamá de Juanito Laguna", del artista Daniel Santoro.
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