Cuestionan
la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.
Organizaciones sociales y ambientales denunciaron que el fallo, que
permitió fumigar a solo 100 metros de las escuelas, se basó en
informes empresarios y no tuvo en cuenta estudios de universidades
públicas.
por
Darío Aranda
"La
salud de los gurises no se negocia", alertan los vecinos
fumigados. "Injusticia ambiental", titulan abogados
especializados en derecho y contaminación. "Insólito que no
tengan en cuenta estudios de universidades públicas y sí los de las
empresas", denuncian científicos. Son algunos de los
cuestionamientos a los jueces del Superior Tribunal de Justicia de
Entre Ríos, que dieron visto bueno a un decreto del gobernador,
Gustavo Bordet, y permitieron fumigar con agrotóxicos a pocos de
metros de las escuelas rurales. Deberá definir la Corte Suprema de
Justicia.
El
lunes 28 de octubre, con toda la atención puesta en las elecciones
presidenciales, fue el día elegido por el Superior Tribunal de
Justicia de Entre Ríos para emitir su fallo más polémico del año
y que contradice cinco sentencias judiciales previas. Permitió que
empresarios del agro fumiguen con agrotóxicos a solo 100 metros de
las escuelas.
El
Foro Ecologista de Paraná y el sindicato docente Agmer presentaron
en agosto de 2018 un amparo para cuidar la salud de los alumnos y
trabajadores de la educación. Lograron un fallo judicial inédito:
la protección de todas las escuelas rurales de la provincia, con
distancias de 1000 metros de distancia para fumigaciones terrestres y
3000 metros para las aéreas.
La
respuesta del gobernador Gustavo Bordet fueron dos decretos,
contrarios al fallo judicial, que permitían fumigar a sólo 100
metros de las escuelas. Los empresarios del agro, nucleados muchos en
la Federación Agraria y la Sociedad Rural, se movilizaron hasta los
tribunales, cortaron rutas y hasta amenazaron a los docentes y
activistas que denuncian las fumigaciones.
La
causa judicial, en catorce meses, tuvo cinco fallos judiciales que
protegieron la salud de los alumnos y determinaron la
inconstitucionalidad de los decretos del gobernador.
La
sentencia del tribunal máximo
Pero
el 28 de octubre, con una nueva composición, el Superior Tribunal de
Justicia determinó la validez del decreto del gobernador y permitió
fumigar con agrotóxicos a sólo 100 metros de las escuelas. Fue
firmado por los jueces Susana Ester Medina de Rizzo, Martín
Francisco Carbonell, Juan Ramón Smaldone, Bernardo Ignacio Salduna y
Germán Carlomagno.
Entre
los numerosos cuestionamientos sobresale que los magistrados
omitieron los estudios científicos presentados por los demandantes,
todos trabajos de universidades públicas (de Rosario, Río Cuarto y
el Litoral, entre otros). Los jueces sí tomaron como válidos
argumentos de Casafe (cámara empresaria que nuclea a Bayer-Monsanto,
Syngenta, Corteva, Basf y Rizobacter, entre otros).
"Lo
intentamos. Investigadores, médicos, genetistas y químicos
aportamos desde el actual conocimiento científico sobre los efectos
crónicos de las exposiciones a herbicidas como el glifosato y sus
mezclas. Lamentablemente los intereses económicos, políticos y
judiciales fueron muchísimo más poderosos", denunció Rafael
Lajmanovich, investigador del Conicet, titular de la cátedra de
Ecotoxicología de la Universidad Nacional del Litoral y con más de
veinte años de estudio sobre los efectos de los agroquímicos.
Damián
Verzeñassi, desde el Instituto de Salud Socioambiental de la
Facultad de Ciencias Médicas de Rosario (Inssa) y de la materia
Práctica Final, realizó junto al equipo docente más de treinta
campamentos-relevamientos sanitarios en distintas ciudades y pueblos
con uso masivo de agrotóxicos. En todos encontró aumento drástico
de enfermedades vinculadas a los químicos (desde problemas
respiratorios hasta cáncer). Al igual que Lajmanovich, presentaron
un informe técnico-científico en la causa. "Los jueces no
tuvieron en cuenta ningún informe científico, simplemente 'confían'
en lo que les dice el gobierno de Entre Ríos. La salud de los niños,
para los jueces, se trata de una cuestión de fe", cuestionó el
médico.
Leyes
ambientales
Otro
hecho insólito: los jueces no aplicaron ningún principio de las
leyes ambientales. Darío Avila es abogado especializado en ambiente.
Trabaja desde hace más de diez años junto a pueblos fumigados con
agrotóxicos de Córdoba. "El fallo vulnera los principios del
derecho ambiental (Ley 25.675), de manera especial el principio de
prevención, de precaución, de equidad intergeneracional, de
progresividad y el derecho humano fundamental a vivir en un ambiente
sano", afirmó Avila en un detallado artículo titulado
"Injusticia ambiental, fallar contra las generaciones futuras".
Cuestionó
que los jueces mencionan el derecho ambiental, pero no lo aplican. El
abogado denunció que el fallo del Superior Tribunal de Justicia
"adolece de los vicios de 'arbitrariedad e ilegalidad
manifiesta', por cuanto se aparta de las pruebas científicas
rendidas en la causa y haciendo lugar a pruebas no científicas,
vulnera los derechos humanos fundamentales a vivir en un ambiente
sano, el derecho a la salud y el derecho a la vida".
La
Coordinadora Basta es Basta recordó que, ante los fallos judiciales
que alejaron las fumigaciones, el gobierno provincial modificó en
forma express la Ley de Procedimientos Constitucionales, lo que le
permitió modificar la composición del Superior Tribunal. "Los
jueces elegidos a dedo por el gobernador Bordet, en connivencia con
la Mesa de Enlace, les aseguró una sentencia favorable y poder
fumigar a nuestro gurises en la escuela", denunció la
organización en un comunicado de repudio a la maniobra judicial.
Jueces
que creen a Bayer/Monsanto
Los
jueces del Superior Tribunal citaron como válida la opinión de
Federico Landgraf, director ejecutivo de Casafe (cámara empresaria)
y los dichos de Martín Alonso, director del Registro de Tumores de
Córdoba. Damián Verzeñassi recordó que se trata de "testimonios
personales" de Alonso (y no es un informe técnico de la
institución pública). Además recordó que Alonso tiene vínculos
con la empresa Bayer. Los jueces también tomaron como referencia el
escrito “Evaluación de la información científica vinculada al
glifosato en su incidencia sobre la salud y el ambiente”, de 2009.
El trabajo fue invalidado por utilizar bibliografía sesgada
(sobrevaloraba trabajos de Monsanto y restaba importancia a trabajos
de científicos independientes). Además de ser realizado por
personas con conflictos de intereses (Claudio Marco Ghersa, con
investigaciones junto a Monsanto).
Fuente:
Darío Aranda, Agrotóxicos: un fallo contrario al derecho ambiental y las pruebas científicas, 8 noviembre 2019, Página/12. Consultado 8 noviembre 2019.
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