La Cámara
Contencioso Administrativa de 1° Nominación de la ciudad de Córdoba
homologó, en todos sus términos, el acuerdo suscripto entre la
Provincia de Córdoba, la Municipalidad de Córdoba y los vecinos de
barrio Villa El Libertador afectados por la elevación de las napas
freáticas en la zona.
El convenio
supone la continuidad de las obras provinciales y municipales
desarrolladas en el sector con la finalidad de superar los problemas
detectados. También seguirá funcionando una comisión integrada por
todas las partes para monitorear la puesta en práctica de los
compromisos asumidos.
La resolución
dictada por la Cámara también disponer que, en caso de existir
cualquier diferencia en la ejecución del acuerdo, las partes deberán
utilizar “obligatoriamente” los servicios de los profesionales
expertos en conflictos sociales urbanos que dependen Centro Público
de Mediación del Defensor del Pueblo de la Provincia.
Cabe recordar que
los vecinos presentaron un amparo ambiental en contra del municipio y
el Estado provincial a causa del desborde de las cámaras sépticas y
el hundimiento de los pozos absorbentes provocados, entre otros
factores, por la elevación de las napas freáticas en la zona. En su
presentación original, los vecinos solicitaron a la Municipalidad de
Córdoba que declare la emergencia ambiental en barrio Villa El
Libertador y zonas aledañas, que ejecute obras cloacales en el
sector y que repare las calles dañadas como consecuencia de
desbordes de las cámaras sépticas. En tanto, reclamaban a la
Provincia que entube el Canal Maestro Sur.
Los camaristas
Ángel Antonio Gutiez, Gabriela Cáceres y Leonardo Massimino
(actualmente, en uso de licencia) explicaron que hubiera sido “fácil”
para el tribunal dictar una sentencia que conminara a las demandadas
a satisfacer las pretensiones de las partes en un plazo fijado de
acuerdo a su “leal saber y entender”, puesto que las deficiencias
en el barrio son “ostensibles” y no se requería de mayor prueba.
“Sin embargo,
creo que el cumplimiento de dicha sentencia, en la práctica, se
habría visto dilatado por las consabidas demoras procesales debidas
a recursos, incidentes, etcétera; además de las dificultades que
habrían surgido para compeler a las administraciones a que
elaboraran los proyectos técnicos necesarios, lo que ponía en
cabeza del tribunal la verificación de su aptitud para la solución
del problema, circunstancia que -a su vez- la designación de peritos
para cumplir tal tarea. Todo ello, amén del tiempo que les podía
llevar a las administraciones conseguir la financiación de las
obras”, agregó, en su voto, el camarista Gutiez.
“No fue este el
camino que siguió el tribunal. Por el contrario, siempre buscando un
adecuado equilibrio, se sopesaron las necesidades de la población y
las posibilidades de las administraciones para satisfacer, respecto
de aquellas, primero las que resultaren acuciantes, mientras se
estudiaban y diseñaban soluciones definitivas”, resaltó el
magistrado.
Fuente:
Acuerdo con vecinos de Villa El Libertador por napas freáticas, 18/04/19, Comercio y Justicia.
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