La empresa
australiana Dark Horse, informa desde su página oficial
(www.darkhorseresources.com.au/lithium/) la exploración y
consiguiente extracción de litio en el valle de Traslasierra.
por Emi Urouro
Al respecto, la
mesa técnica del “Foro Ambiental de Traslasierra” realizó un
claro informe sobre los efectos de la megaminería de litio en la
salud y en el medioambiente. El objetivo es alertar del peligro de la
población transerrana ante la posible realización de un proyecto
extractivista de litio. La mina en cuestión se encuentra a 0,4 km de
la escuela de Las Tapias, a 1,6 km de la plaza de Villa de Las Rosas
y a 700 m de la costa del dique nivelador (fuente de agua de Villa
Dolores). Los miembros del foro sostienen que estas localidades se
verían perjudicadas por el polvo tóxico que se produce durante la
extracción y procesado primario del mineral.
La empresa
Dark Horse
Resources Ltd (DHR) es una empresa australiana de recursos minerales.
En Argentina ha invertido en proyectos de oro y litio; actualmente,
tiene dos principales “San Luis y Córdoba litio” y “Proyecto
de Oro los Domos” (en el sur del país). Uno de sus objetivos
principales es controlar la participación provincial en recursos de
litio, extraído de espodumeno y producción de hidróxido de litio
de alto grado, para los mercados internacionales de baterías y
electrónicos.
Minería en
Traslasierra
Pampa Litio, S.A
es una empresa minera argentina controlada en un 25 % por la
australiana Dark Horse y ha adquirido 34.000 de hectáreas con
licencias para exploración y expansión de las minas existentes en
Las Tapias.
Desde 1978, la
mina ha estado en producción esporádica de cuarzo, feldespato y
mica, pero, actualmente, las empresas con licencia están
investigando los socavones y relaves existentes en busca de
contenidos significativos de litio en pegmatita. Y, además, se
encuentran explorando zonas cercanas, para detectar la existencia del
mineral espodumeno.
Si bien los
trabajos de cateo de la empresa se suponen finalizados, no se ha
presentado el informe final en la Secretaría de Minería y, por lo
tanto, no hay estudios de impacto ambiental realizados, por lo menos
hasta el 13 de noviembre.
Salud humana
Un ser humano
tiene unos 7 mg de litio en el cuerpo, si se agrega una dosis
adicional de 10 mg por litro, se experimenta una intoxicación
ligera; con 15 mg se producen estados de confusión y con 20 mg por
litro la dosis se vuelve letal.
El informe,
realizado por el Foro Ambiental de Traslasierra, expresa que la
exposición a polvos compuestos de litio, comunes durante la
extracción en minas a cielo abierto, al contacto con la humedad de
la piel humana, causa quemaduras semejantes a las de la soda cáustica
y su aspiración provoca inicialmente una fuerte irritación en nariz
y garganta, debido a su alcalinidad, y, entre más se exponga,
provocará exudaciones en el interior de los bronquios y edema
pulmonar.
Medioambiente
La extracción
de litio produciría consumo y contaminación de agua, impacto en el
paisaje de Taslasierra, construcción de caminos de exploración en
ecosistemas sensibles, instalación de infraestructura que dañaría
la flora y fauna serrana y generación de residuos sólidos y
químicos.
El informe
explica: “El litio reacciona con el vapor de agua, con el
nitrógeno, el oxígeno y en el aire. Cuando entra en contacto con el
ambiente y su superficie, forma carbonato de litio, hidróxido de
litio y nitrato de litio. Entre ellos, el hidróxido de litio es
particularmente peligroso, debido a su potencialidad extremadamente
corrosiva, debiéndose prestar especial atención a su impacto en
organismos acuáticos”.
Para el foro, “la
falta de información sobre las precisiones y delicadeza con la que
se debería tomar el tema, es preocupante”.
Leyes mineras
En Argentina, el
marco regulatorio legal es muy permisivo para las empresas mineras.
El conjunto de leyes permite que no paguen impuestos a las ganancias,
no paguen el IVA a las exportaciones que realizan, no paguen
impuestos a los activos, estén eximidos de pagar derechos de
importación de equipos o maquinarias y varios beneficios más,
detallados por la mesa técnica del foro ambiental.
Ley 24196 - Inversiones Mineras (19 de mayo de 1993). (Gestión C. Menem)
Ley 24224 - Reordenamiento Minero (8 de julio de 1993). (Gestión C. Menem)
Ley 24227 - Comisión Bicameral de Minería (26 de julio de 1993). (Gestión C. Menem)
Ley 24.228 - Acuerdo Federal Minero (26 de julio de 1993). (Gestión C. Menem)
Ley 24.402 - Régimen de Financiamiento del IVA, (7 de diciembre de 1994). (Gestión C. Menem)
Ley 24498 - Actualización Minera (14 de junio de 1995). (Gestión C. Menem)
Ley 24585 - Código de Minería - Modificación (21 de noviembre de 1995). (Gestión C. Menem)
Ley 25161 - Modificación Régimen de Inversiones Mineras – (4 de octubre de 1999). (Gestión F. De La Rúa)
Ley 25243 - Tratado Binacional entre Argentina y Chile de Integración y Complementación Minera (24 de marzo de 2000). (Gestión F. De La Rúa)
Ley 25429 - Actualización de Inversiones Mineras Nº 25.429/01. (Gestión F. De La Rúa)
Decreto nacional Nº 753/04 (10 de octubre de 2004) - Exime a mineras extranjeras de reinvertir en el país las ganancias. (Gestión N. Kirchner)
Decreto 1837/2008 (veto a la Ley de Protección de los Glaciares (10 de noviembre de 2008) (Gestión C. Kirchner)
Decreto nacional Nº 349/2016 (4 de marzo de 2016) - Alícuota de retenciones a las exportaciones 0 % (Gestión M. Macri)
Fuente:
Emi Urouro, Litio: la megaminería en Traslasierra, 16/11/18, #El Resaltador. Consultado 21/11/18.
No hay comentarios:
Publicar un comentario