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El documento fue emitido el 28 de noviembre del año 2000 y permitió suplir el certificado de no inundabilidad del predio en el cual se iba a construir una planta de tratamiento de residuos peligrosos en la zona de Alto El Durazno, a pocos kilómetros de la capital cordobesa y de la planta de potabilización de agua que se levanta al sur de la ciudad.
por Fabián García
“El que juega
con fuego se puede quemar” dice una máxima popular. El que juega
con residuos peligrosos puede contaminar y poner en peligro a miles
de personas, se podría construir para este caso. La planta de
tratamiento de residuos peligrosos de Taym, perteneciente a Benito
Roggio Ambiental (BRA), uno de los grupos económicos más grandes
del país se levantó en una zona inundable y el drama se produjo 17
años después de que se iniciarán los planes de instalación, el 28
de marzo de 2017. Ese día, una lluvia torrencial en la zona de Alta
Gracia anegó parte de esa ciudad junto a otros pequeños pueblos
como Villa Parque Santa Ana, y el drenaje del agua acumulada siguió
el camino natural de las pendientes de la región hasta llegar al
lugar donde se levantaba la planta de Taym. Virtualmente la atravesó
por el medio, la inundó, desbordó fosas abiertas con lixiviados de
las fosas de enterramiento y arrastró residuos electrónicos y
químicos incorrectamente almacenados, algunos de ellos a la
intemperie. Todo ese coctel químico fue llevado por la corriente de
agua que rompió un dique de protección y desembocó en el canal que
lleva agua dulce del lago Los Molinos a la planta de potabilización
de Aguas Cordobesas, también propiedad del Grupo Roggio. Esa planta
potabilizadora abastece al 30% de los 1,2 millones de habitantes de
la capital provincial. La toma de muestras de agua del canal, el 29,
arrojó que había herbicidas, metales pesados, aceites, nafta de
avión y otros contaminantes. Se presume que buena parte de ellos
podrían haber tenido origen en la planta de Taym. La ruta de las
contaminantes es lo que investiga lentamente la Justicia provincial
un año después.
La compañía del
grupo Roggio se dedicaba en la planta de Taym, a 15 kilómetros de la
ciudad de Córdoba, a almacenar, tratar y enterrar desechos
industriales de todo el país; como barros contaminados de minas,
DDT, envases de glifosato, asbesto, baterías de plomo, níquel,
cadmio y litio, cenizas ácidas de calderas, barros contaminados con
hidrocarburos, drogas y medicamentos vencidos, entre otros productos.
Hoy, el predio se encuentra clausurado preventivamente porque se le
realizan tareas de remediación.
El documento que
puede considerarse esencial para abrir las puertas de la aprobación
de la instalación de la planta es un informe técnico que emitió la
Dirección Provincial de Agua y Saneamiento (DiPAS) el 28 de
noviembre de 2000. A partir de la entrega del documento, al día
siguiente, el 29 de noviembre, la Agencia Córdoba Ambiente dio la
autorización para construir la planta. Según las fuentes
consultadas, la DiPAS habría sido la encargada de zanjar el
diferendo a partir de las presiones que habría ejercido el grupo
Roggio sobre el propio gobierno provincial, en ese momento encabezado
por José Manuel De la Sota.
Como publicó Enredacción en su edición del 28 de marzo de 2018, la planta de
Taym se construyó en una zona que se sabía que era inundable y que
por lo tanto no permitía su puesta en funcionamiento. Ahora
publicamos el documento que los vecinos de Villa Parque Santa Ana difundieron en el blog Santa María sin basura y que este sitio
corroboró que forma parte del expediente judicial que tramita el
fiscal Alejandro Peralta Otonello.
El documento en
cuestión lleva la firma del actual ministro de Ambiente, Agua y
Servicios Públicos de la Provincia, Fabián López, en ese momento
(año 2000) director de DiPAS, y del subdirector de la misma
dependencia, el ingeniero Miguel Soto.
VER Informe
Técnico DiPAS
Qué dice el documento
La relevancia de
este documento es que permite a las instancias siguientes sustituir o
enmascarar la falta de “un certificado de no inundabilidad” a
pesar de que el informe de la DiPAS afirma que no puede dictaminar
sobre ese tema, sino “respecto al drenaje natural en general”.
López y Soto advierten en el final de su escrito que “es necesario
destacar que los inconvenientes, daños y perjuicios que este diseño
hidrológico y/o obras a proyectar, ocasionaran a terceros serán de
exclusiva cuenta de la firma recurrente y no tendrán derecho a
reclamo ante esta DiPAS”. Es decir, apuntan sobre eventuales
consecuencias y, a su vez, abordan la posibilidad de implicancias
jurídicas, sin embargo, Enredacción no pudo hallar un dictamen que
apoye esa enunciación legal en la documentación a la que tuvo
acceso.
En su
introducción afirma que “visto la documentación técnica
presentada por la Consultora Ingeniería Laboral y Ambiental S.A,
para la empresa Taym S.A., que ha encarado un proyecto de un sistema
de disposición final de Residuos Peligrosos, donde se solicita “un
dictamen por parte del Dpto. Recursos Hídricos, validando los
estudios en relación con la característica de no inundabilidad del
área de trabajo”, y el informe realizado por el sector hidrología,
esta DIPAS no puede dictaminar respecto a la no inundabilidad del
terreno, pero sí realizar el informe técnico respecto al drenaje
natural en general”.
Luego admite el
riesgo existente en la zona, pero como una mera descripción. Dice:
“Que el área en estudio se encuentra en una zona con drenaje
natural libre con características litológicas y geomorfológicas
que pueden llegar a presentar problemas de erosión hídrica frente a
la posibilidad de fenómenos hidrológicos extremos (lo que sucedió
el 28 de marzo de 2017, el destacado es nuestro)”.
En el cierre
remata diciendo que “por todo lo analizado anteriormente no
existirían inconvenientes respecto al escurrimiento superficial
desde el punto de vista global. (…) Asimismo, es necesario destacar
que los inconvenientes, daños y perjuicios que este diseño
hidrológico y/o obras a proyectar, ocasionaran a terceros serán de
exclusiva cuenta de la firma recurrente y no tendrán derecho a
reclamo ante esta DIPAS”.
La historia del expediente
La presentación
-detallada por los vecinos de Villa Parque Santa Ana en el blog Santa
María sin basura- que hizo Roggio ante la Agencia Córdoba Ambiente
fue para construir una Planta de tratamiento y disposición final de
residuos peligrosos y se efectuó en el año 2000. El expediente
incluía un Estudio de Impacto Ambiental realizado por la consultora
Ingeniería Laboral y Ambiental S.A. En el punto 4-2 Geología,
Geomorfología, Hidrología, el informe advierte que las pendientes y
geomorfología del área “son colectoras naturales de agua de
precipitación”; que el predio “Presenta en su parte central una
zona deprimida, anegable (…)”. Y Concluye que “el terreno en
cuestión se ubica en un área que posee un drenaje natural libre y
por sus características litológicas y geomorfológicas puede
presentar problemas de erosión hídrica (…)”. También advierte
sobre suelos colapsables, existencia de paleocauces y mallines.
El trámite se
empantana porque la empresa debe presentar un certificado de “no
inundabilidad”, como condición para obtener la licencia ambiental.
Pero como señala la nota de la DIPAS, el Departamento de Recursos
Hídricos no lo expide y luego de una serie de idas y vueltas, será
la DIPAS quien terminará emitiendo el controvertido informe.
“Al día
siguiente de la emisión del informe -detalla el blog citado-, el 29
de noviembre, la Dra. Mirtha Nasseta, por la Agencia Córdoba
Ciencia, el Geol. Favián Leynaud, como Director de Minería, la
Bióloga Alicia Zigarán, Dir. de Em. y Coord. Sanitaria; el Arq.
Ricardo Peri, por la Agencia Córdoba Ambiente; Ester Plomer, por
DAS, Ing. María Inés Pardiñas, por la Agencia Córdoba Ambiente y
el Arq. Alberto Salguero, Dirección de Vivienda, firmaron el
dictamen técnico Nro. 203 dando autorización al aviso de proyecto
de la empresa Taym para instalarse en el predio de Alto de Durazno.
Allí citan textualmente los exiguos considerandos del “informe
técnico” firmado por López y Soto, dándole -de hecho- validez
supletoria del certificado de no inundabilidad que la empresa no pudo
conseguir del órgano competente. El presidente de la Agencia Córdoba
Ambiente, que firma la resolución de autorización del proyecto es
el Ingeniero Néstor Bárbaro”.
Fuente:
Fabián García fabian.garcia@enredaccion.com.ar @garciadelapampa, Jugar con residuos peligrosos: la historia del documento que abrió paso a la instalación de Taym, 30/03/18, Enredacción.
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