sábado, 11 de noviembre de 2017

Sanción inédita de 1,1 millones a Ascó por extraviar residuos radiactivos

Central nuclear de Ascó, España

La central nuclear, condenada por gestionar de forma “negligente”.

por Elena G. Sevillano

La central nuclear de Ascó actuó con “negligencia” en la gestión de fuentes radiactivas en desuso, lo que le acaba de costar una sanción de 1,1 millones de euros. Así lo ha decidido la Audiencia Nacional en una sentencia, a la que ha tenido acceso El País, que confirma lo que dos inspectoras del Consejo de Seguridad Nuclear descubrieron en 2011: que la central había perdido o traspapelado 233 residuos radiactivos. El suceso obligó a activar el primer y hasta ahora único “hallazgo blanco” en materia de protección radiológica al público en España.

Las funcionarias del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) acudieron a Ascó a inspeccionar el inventario total de fuentes utilizadas hasta entonces en la central, en el que figuraban 275 fuentes aún operativas y 518 dadas de baja. De estas últimas, los responsables no fueron capaces de precisar dónde se almacenaban 233, es decir, casi la mitad.

Los gestores de la central aseguraron que algunas se habrían enviado a El Cabril, dentro de bidones con otros materiales residuales de distinta naturaleza, desde 1992 y hasta 2004, y que otras estarían en bidones que todavía no habían sido expedidos y que se almacenaban en el Almacén Temporal de Residuos Sólidos de la propia central. En otro grupo de fuentes se indicaba directamente “desconocimiento del paradero, pérdida o extravío”.

El informe de las inspectoras fue demoledor: provocó que el CSN propusiera al Ministerio de Industria, Energía y Turismo que abriera un expediente sancionador. En enero de 2014, el entonces ministro José Manuel Soria firmó la orden que resolvía el expediente con una multa de 1,1 millones por una infracción “grave”.

La investigación concluyó que el seguimiento de la localización (trazabilidad) de las fuentes radiactivas había sido “muy deficiente”, según la orden, no publicada, pero que Industria entregó a El País el año pasado en cumplimiento de la Ley de Transparencia. La central argumentó que, tras la inspección, había adoptado medidas para que no se repitieran los hechos, pero el CSN concluyó que “la subsanación no ha sido completa como demuestra el hecho de que a día de hoy continúe sin conocer el paradero de una serie de fuentes”.

La orden, en la que ahora basan su fallo los magistrados de la sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, desestimó casi todas las alegaciones que hizo Ascó. Entre otras cosas, los propietarios argumentaron para evitar la sanción que se había procedido inmediatamente y por propia iniciativa a subsanar las causas, pero el CSN dictaminó que "solo empezó a afrontarlo seriamente a raíz de que se le comunicase que constituía un potencial hallazgo blanco en el SISC", el sistema integrado de supervisión de centrales nucleares.

Tras la inspección, los gestores trataron de reconstruir dónde podían estar las fuentes radiactivas traspapeladas. En muchos casos consiguieron recuperar la información perdida. En cuatro casos, sin embargo, tuvieron que reconocer que estaban extraviadas. "Las expedientadas carecen de información fehaciente alguna sobre su ubicación", señala sobre ellas el informe final.

La propiedad de Ascó (ANAV, participada por Endesa e Iberdrola con el 15 % del segundo reactor) recurrió la sanción a la Audiencia Nacional, que acaba de confirmarla. “Las numerosas discrepancias y fallos en los registros, archivos y bases de datos, acerca del destino y ubicación de las fuentes, han tenido un impacto negativo importante en el control de esos materiales radiactivos”, recoge el fallo.

La pérdida de las fuentes radiactivas -son residuos de baja y media intensidad; no combustible gastado- en Ascó tuvo otro efecto: el CSN tuvo que declarar lo que se conoce como “hallazgo blanco”. Fue el primero, y hasta ahora el único, que se ha declarado en España en materia de protección radiológica al público.

Ascó venía, además, de estar bajo vigilancia especial por parte del CSN por la fuga de partículas radiactivas que se produjo en 2007 y que costó a las eléctricas una sanción de 15,4 millones de euros, la más alta impuesta nunca en España a una central nuclear. ANAV no informó de los hechos al CSN hasta meses después. El caso acabó con el despido de la dirección.

Siempre controladas”
Las fuentes radiactivas deben mantenerse controladas desde su cuna hasta su tumba, es decir, deben marcarse al fabricarlas y mantener un control de su destino por donde vayan siendo utilizadas hasta ser ya consideradas como residuo”, explica Eduardo Gallego, catedrático de Ingeniería Nuclear en la Universidad Politécnica de Madrid (UPM).

Cuando se consideran residuo, se gestiona su retirada y almacenamiento definitivo, algo de lo que en España se encarga la empresa pública Enresa. Durante todo el proceso, el fabricante, el vendedor, los usuarios y finalmente Enresa “deben mantener la documentación”, añade. La pérdida de trazabilidad, como la ocurrida en Ascó, “es un indicador de gestión deficiente”.

El control es tan estricto porque la consecuencia puede ser el extravío o pérdida total de la fuente. De acabar en las manos equivocadas, el material radiactivo puede provocar daños graves a las personas o contaminar el medio ambiente. A las fuentes sin control, explica el experto, se las llama “fuentes huérfanas”, y ha habido casos graves en la historia, como el producido en Goiania (Brasil) en 1987, al robar unos chatarreros una fuente intensa de una clínica de radioterapia abandonada, que llegó a causar la muerte a cuatro personas, la hospitalización de varias y la contaminación de una zona urbana de un kilómetro cuadrado”.

Sin embargo, la pérdida de trazabilidad por sí misma no tiene por qué causar consecuencias radiológicas si la fuente no sale al exterior, añade el experto. Esto es lo que sucedió en Ascó, según el CSN, que mantiene que nunca hubo ningún peligro para las personas ni para el medio ambiente.

Además de la sanción, la Audiencia Nacional ha impuesto las costas a la demandante, Endesa, que declinó hacer comentarios a El País. Solamente confirmó que, pese a que podía recurrir en casación al Tribunal Supremo, no lo va a hacer. Es decir, acepta la multa.

investigacion@elpais.es

Errores y discrepancias

Estos son algunos ejemplos de errores y discrepancias detectados por la inspección: "Durante la inspección el titular indicó verbalmente, aunque no consta en el listado del inventario de fuentes ni se mostró documento alguno que lo avalara, la existencia de tres fuentes que se habrían introducido supuestamente en el bidón AS 16067, durante el año 201 O. La hoja de control de este bidón no recoge la existencia de fuente alguna en su interior".

"Según el inventario, el bidón AS16067 contiene 3 fuentes de Cs-137. Sin embargo, la hoja de control del mencionado bidón no registra que contenga ninguna de las 3 fuentes citadas".

"Según consta en el inventario de fuentes entregado a la Inspección, 221 fuentes habrían sido introducidas en bidones junto con otros tipos de residuos, entregados a ENRESA desde 1992 hasta 2004 para su almacenamiento en El Cabril. Sin embargo, las hojas de control de estos bidones facilitadas a la Inspección no indican nada respecto a que contengan las fuentes".

Fuente:
Elena G. Sevillano, Sanción inédita de 1,1 millones a Ascó por extraviar residuos radiactivos, 09/11/17, El País. Consultado 11/11/17.

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