Fue
aprobada a comienzos de agosto por la Legislatura. Se espera
implantar unos 50 millones de árboles que abarcarán más de 220 mil
hectáreas.
El
Poder Ejecutivo de Córdoba puso en vigencia la ley local 10.467 del
Plan Provincial Agroforestal que, entre sus principales objetivos,
promueve la obligación de forestar o reforestar el 2 por ciento del
área productivo de Córdoba, según del Decreto de promulgación que
se publica hoy en el Boletín Oficial.
La
nueva norma, aprobada por la legislatura unicameral el 2 de agosto último, promueve "mejorar el entorno rural, urbano y la calidad
de vida de la población cordobesa mediante la implantación o
enriquecimiento con especies forestales que pueden ser aprovechadas
con el concepto de uso múltiple, asegurando la persistencia del
recurso con un criterio de conservación y manejo forestal
sostenible", establece en su articulado.
La
iniciativa se llevará adelante mediante las acciones contempladas en
las Buenas Prácticas Forestales, y en ese sentido determina un plazo
de hasta diez años, contados a partir de la entrada en vigencia de
la presente norma, para que los predios alcanzados por las
disposiciones de esta Ley posean obligatoriamente -como mínimo- el 2
por ciento de su superficie o su equivalente, con cobertura vegetal
arbórea o de forestación.
Con
la puesta en marcha de la legislación se espera implantar unos 50
millones de árboles que abarcarán más de 220 mil hectáreas
productivas en la provincia, y los obligados a cumplir con esa meta
tienen hasta el 30 de junio de 2018 para presentar su plan de
forestación a cumplir, exceptuándose a aquellos que estén
alcanzados por declaraciones o situaciones de emergencia.
El
Ministerio de Agricultura y Ganadería de la Provincia de Córdoba, o
el organismo que en el futuro lo sustituya, será la Autoridad de
Aplicación y definir sobre las especies recomendadas a implantar,
según la región y sus características ambientales.
La
ley contempla sanciones en caso de incumplimientos, con multas de
hasta ciento por ciento del importe correspondiente a la liquidación
total del Impuesto Inmobiliario Rural del predio de que se trate,
correspondiente al año en que se cometió la infracción, incluidos
los aportes o tasas con afectación específica que se reflejan en la
referida liquidación.
Fuente:
Entraen vigencia el Plan Provincial Agroforestal: obliga a reforestar el 2 por cierto del área productiva, 13/09/17, La Voz del Interior.
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