Los mineros
cordobeses presentaron un recurso de queja en el máximo órgano.
Insisten en que la ley provincial 9.526 es inconstitucional. El
Tribunal Superior la avaló.
La Cámara
Empresaria Minera de Córdoba (Cemincor) y la Asociación de
Profesionales de la Comisión Nacional de Energía Atómica y la
Actividad Nuclear (APCNEAN) presentaron un recurso de queja ante la
Corte Suprema de Justicia de la Nación por la ley provincial 9.526.
La normativa,
sancionada en 2008, prohíbe la actividad minera metalífera “en la
modalidad a cielo abierto y en todas sus etapas, constituidas por
cateo, prospección, exploración, explotación, desarrollo,
preparación, extracción y almacenamiento de sustancias minerales”.
También prohíbe
el uso de cianuro, cianuro de sodio, bromuro de sodio, yoduro de
sodio, mercurio, ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, ácido
fluorhídrico, ácido nítrico y toda otra sustancia química
contaminante, tóxica o peligrosa incluida en diferentes leyes
nacionales.
La prohibición
también rige para los minerales nucleares tales como el uranio y el
torio.
En junio de 2010,
el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba admitió estudiar si la
ley era o no constitucional. Su fallo recién se conoció en 2015.
El aval del TSJ.
El fallo completo (PDF)
El órgano
judicial ratificó la plena constitucionalidad de la ley. Argumentó
que las restricciones establecidas son razonables si se tiene en
cuenta que “el ambiente constituye un bien colectivo supremo” que
debe ser preservado.
El TSJ puso como
ejemplo lo sucedido con la mina de uranio de Los Gigantes. El predio
nunca fue remediado y las instalaciones están abandonadas desde hace
décadas aguas arriba del dique San Roque.
Cemincor llevó
ahora sus mismos argumentos jurídicos contra la ley a la Corte
Suprema. La entidad empresaria considera que la ley “avasalla el
sistema de distribución de competencias ambientales concurrentes
previstas en el artículo 41 de la Constitución, cercena el
principio de supremacía y el de razonabilidad constitucional y
desconoce la cláusula de desarrollo y progreso prevista también en
la Constitución”.
José Díaz,
titular de Cemincor, recalcó que, además, la norma provincial
“legisla sobre el Código de Minería, que es facultad exclusiva
del Congreso de la Nación, también desconoce el sistema federal y
afecta el interés público, el orden económico y el bien común,
además de los derechos individuales de cada productor”.
Documentos para descargar
El texto de la "ley antiminera" (PDF) (13.79 KB)
Fuente:
La “ley antiminera” de Córdoba llegó a la Corte Suprema, 18/10/16, La Voz del Interior.
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