La Sala IV dejó
sin efecto una resolución dictada en favor de dos directivos de un
ingenio azucarero de la provincia de Tucumán, acusado de contaminar
el cauce de los ríos de la zona donde se encuentra ubicado.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Juan Carlos Gemignani -presidente-, Gustavo M. Hornos y Mariano Hernán Borinsky, anuló la resolución de la Cámara Federal de Tucumán por la cual había confirmado el sobreseimiento de los responsables de la empresa “Azucarera J.M. Terán”, a cargo del ingenio azucarero Santa Bárbara, a los que se acusaba de haber vertido productos tóxicos al Río Chico perteneciente a la cuenca Salí-Dulce.
La Justicia
federal de Tucumán consideró que no se había podido acreditar que
los residuos arrojados resultaban peligrosos para la salud pública.
La Cámara Federal de Casación Penal por su parte puntualizó que a
partir de la reforma constitucional del año 1994 quedó definido que
la protección del medio ambiente constituye un derecho humano
fundamental que atañe a la sociedad toda, y a las generaciones por
venir.
Señaló que la
salud humana está estrechamente relacionada con el medioambiente que
nos rodea y que el agua potable y limpia representa una cuestión de
primera importancia, porque es indispensable para la vida humana y
para el desarrollo de los habitantes.
Concluyó que el
medio ambiente y la salud pública se encuentran íntimamente
relacionados, por cuanto la gradual destrucción del ecosistema en el
que vivimos tiene como efecto inmediato el deterioro de la salud
humana.
Fuente:
La Cámara Federal de Casación anula sobreseimiento en una causa por daño ambiental, 15/07/16, Centro de Información Judicial.
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