jueves, 18 de abril de 2013

La Justicia apartó al juez Arias en la causa por los muertos del temporal

Según la Suprema Corte bonaerense, su accionar causó un conflicto de competencias; el magistrado insiste en que las muertes provocadas por la catástrofe fueron 57 y no 52.

por Ramiro Sagasti

La Plata. La Suprema Corte de Justicia bonaerense apartó ayer al juez en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata, Luis Arias, de la investigación por las supuestas irregularidades que habría cometido el gobierno provincial en la divulgación de datos sobre las víctimas del temporal. El máximo tribunal se expidió luego de que el magistrado afirmara que eran 57 las muertes provocadas por la catástrofe y no 52, como sostiene la administración de Daniel Scioli.

En los considerandos del fallo, los ministros de la Corte cuestionaron el desempeño de Arias al señalar: "Cabe advertir que la actividad desplegada en el marco de estas actuaciones ha desbordado el objeto normal del proceso para incursionar en torno de la comisión de presuntos delitos, aspectos exclusivamente reservados a la esfera penal".

Arias empezó a investigar luego de dos presentaciones del defensor del fuero juvenil Julian Axat: una solicitud de medidas de prueba anticipadas y un habeas data. Ayer fue el propio magistrado el que informó, mediante un comunicado de prensa, que la Corte había ordenado la remisión de la causa por la diligencia preliminar al Juzgado Contencioso Administrativo N° 2, mientras que la Cámara de Apelaciones de ese fuero había remitido el habeas data al Juzgado N° 3.

El conflicto comenzó cuando el juez de Garantías Guillermo Atencio, que tiene a su cargo la causa penal por la averiguación de las causales de la muerte de las víctimas del temporal, pidió la declinatoria de Arias. La Corte ratificó la competencia contenciosa administrativa, pero remitió la causa al juzgado N° 2, a cargo de Ana Logar, porque salió sorteado. "Arias había iniciado la investigación; luego se sorteó la causa y recayó en el 2", explicaron en el máximo tribunal.

Axat había planteado la recusación sin causa de los otros jueces del fuero contencioso administrativo. La Corte declaró la inaplicabilidad de esa recusación al considerarla incompatible con su estructura y porque, de admitirla, "se daría lugar a maniobras de elección discrecional del juez por los litigantes, reñidas con el principio de transparencia y buena fe que debe regir la actuación judicial", informó el tribunal.

Anteayer había sido sorteado el expediente iniciado tras el habeas data interpuesto por Axat y había sido asignado al juzgado de Arias. Tras ser notificado, el juez allanó el Registro de las Personas y secuestró documentación correspondiente a las muertes ocurridas entre el 2 y el 10 de abril, para cotejar los datos de las víctimas del temporal.

El magistrado informó que, luego de analizar la documentación secuestrada, observó que "en diversos casos no ha tomado intervención la autoridad judicial competente y los cuerpos fueron entregados mediante acta policial a sus familiares, sin orden judicial, conforme lo exige el art. 97 de la ley 14.078, la cual -en algunos casos- fue suplida con un sello del Ministerio de Justicia y Seguridad de la provincia". Ese supuesto procedimiento irregular también fue denunciado, como informó La Nación, por un testigo de identidad reservada en la justicia penal, no en la contenciosa.

Fuentes cercanas al fiscal Juan Cruz Condomí Alcorta afirmaron que se investigan todos los certificados de defunción y documentación del registro de las personas para determinar si se cometió algún delito. "También estamos investigando los casos que no pasaron por la morgue. Creo que allí puede estar lo más grave", dijo un investigador a La Nación.

Arias manifestó, en un comunicado de prensa, que "el fiscal en turno ha dispuesto la entrega de los cuerpos sin haber ordenado las correspondientes autopsias de las víctimas, conforme lo exigen las normas vigentes". Fuentes de la fiscalía lo desmintieron, al asegurar que "se realizaron todos los peritajes correspondientes para constatar las causales de los fallecimientos".

Arias informó que se habrían certificado defunciones por causas no traumáticas, "cuando existen elementos de prueba colectados que demuestran" lo contrario. Insistió en que hay muertes que no fueron incorporadas al listado de víctimas directas del temporal. El gobierno sostiene que hubo 52 y él, 57.

"Se han depurado, suprimiendo los errores y unificado los listados respectivos en un único registro de víctimas provisionales. En lo sucesivo, y en la medida que la causa permanezca radicada en este juzgado, se analizará la restante documentación con las pruebas requeridas por el doctor Axat, y se brindará la información correspondiente."

Así concluye el comunicado de Arias. Horas después, la Cámara de Apelaciones de ese fuero remitió el expediente por el habeas data al Juzgado Contencioso Administrativo N° 3, al rechazar una recusación planteada por Axat, y la Corte asignó la otra causa, abierta tras el pedido de medidas preliminares, al juzgado N° 2.

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