La ley provincial 9.814 establece zonas de protección en los que prohíbe el cambio de uso de suelo aunque se hayan quemado. Ambiente de la Provincia asegura que se controla el cumplimiento. Hay voces que advierten sobre situaciones de tensiones e incumplimientos.
Por Benita Cuellar
Córdoba sigue sumando hectáreas quemadas por incendios forestales en 2024, uno de los dos peores años de la última década (detrás de 2020) en afectación por el fuego. Sólo entre los seis focos de mayor magnitud se cuentan unas 82 mil hectáreas.
Se sabe que la gran mayoría de los focos son provocados por la mano humana, sea por actos de negligencia o de manera intencional.
Cuando se habla de las hipótesis de los inicios “a propósito”, desde hace años se viene mencionando como una de las posibles causas el interés de que el fuego precipite el cambio de uso del suelo: para que, por ejemplo, en campos por donde pasaron las llamas se pueda luego reemplazar montes o arbustales nativos, protegidos por leyes que impiden en ciertas áreas su destrucción, por eventuales loteos o actividades agropecuarias.
Sin embargo, en Córdoba existe una prohibición legal que impediría ese paso.
La ley de 9.814 de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, sancionada en 2010, prohíbe el cambio del uso del suelo en los inmuebles incendiados que tienen la categoría de protección de bosque nativo. Y lo prohíbe sin plazos.
A nivel nacional también existe la más reciente ley de manejo del fuego 26.816, que fija un plazo de prohibición a 60 años para evitar supuestas especulaciones sobre las tierras afectadas por incendios.
¿Pero se controla el cumplimiento de esas normas para que la ley efectivamente se cumpla?
La ministra de Ambiente y Economía Circular de la Provincia, Victoria Flores, puntualizó a La Voz que para realizar el control sobre las áreas afectadas se trabaja con un mapeo y análisis de las zonas incendiadas. Y asevera que ese control se continúa por años.
“La ley es clara, indica que en las zonas consideradas de protección está prohibido el cambio de uso del suelo, para lo que fuere, y con eso no se especula”, indicó.
El organismo que formula qué características tienen que tener esas áreas para ser consideradas tales es el Consejo Federal de Medio Ambiente (Cofema). Son las que se utilizan para hacer un análisis caso por caso y por categoría.
El uso del suelo es municipal y la licencia sobre la actividad es provincial.
Ante la duda sobre la categoría de conservación es la autoridad de aplicación quien resuelve, previo estudio y criterios establecidos por la ley nacional de bosques y la provincial.
“Cada municipio o comuna define el tipo de uso del suelo. Para generar una actividad comercial antes tiene que solicitar la licencia ambiental a la Provincia, y es quien dará una respuesta positiva o negativa de acuerdo a la ley 9.814, o la ley 10.208 de actividad económica, las que se tienen en cuenta para saber si hay factibilidad para un loteo o no”, remarcó la ministra.
Y resaltó que se realiza un trabajo de capacitación a municipios y comunas para que se interioricen sobre la normativa y se cumpla.
En el caso de que avance un loteo sin licencia ambiental es la Policía Ambiental de la Provincia quien interviene y sanciona.
“Hay casos de loteos realizados antes de esta ley, a muchos les contestamos que no y en ese caso van a la Justicia”, indicó Flores.
Categorías de protección
Las categorías de conservación que establece la ley 9.814 por zona son las siguientes:
1) zona roja: para sectores de bosques nativos en buen estado y de muy alto valor de conservación (reservas, áreas de protección de cuencas hídricas y otros). No se pueden modificar salvo autorización estatal expresa por cuestiones muy puntuales.
2) zona amarilla: sectores de bosques nativos de mediano valor de conservación que pueden estar degradados o en recuperación, que pueden con los años ser bosques maduros y tienen utilidad para turismo, aprovechamiento sustentable e investigación científica.
3) zona verde: los sectores de bajo valor de conservación por especies autóctonas, que pueden transformarse parcialmente o totalmente dentro de los criterios legales.
En 2009, se fijó que en el mapa de la provincia de Córdoba la cantidad de hectáreas en zona roja era de 1.863.743, en zona amarilla de 3.936.715, y la mayor parte es zona verde con 9.696.945 hectáreas. Esa ley debería ir actualizándose.
Pero cambia...
El geógrafo Joaquín Deon, profesor de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) e investigador del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet), reconoció el trabajo del Ministerio de Ambiente para hacer cumplir la ley y frenar los loteos en zonas protegidas, pero argumentó que hay lugares de la provincia donde el uso del suelo cambió de categoría luego de incendios, sin cumplir esas normas.
Sobre todo, mencionó que ocurrió con loteos que tienen formato de chacras y que se subdividieron después de focos pequeños de fuego y se convirtieron en casonas, complejos de cabañas o espacios para turismo cinegético (de caza).
Deon marcó que es real que las comunas y municipios deberían tener intervención, pero advirtió que pierden jurisdicción y la aprobación de nuevos ejidos tarda entre 7 y 12 años, por lo que no hay control efectivo sobre las áreas “grises”, donde surgen construcciones por transferencias de inmuebles.
“Usan esa intencionalidad para presionar a la gente que vive allí y agarrar la tierra. En un lapso de no más de dos años hay inmuebles que se quemaron y que pasan a un proceso de subdivisión o a proyectos mineros”, aseguró.
Dijo que algo de eso sucedió por ejemplo en zonas de Calamuchita como El Durazno, Villa Yacanto o Villa Berna, y en otras del valle de Paravachasca.
Apuntó que muchas zonas amarillas solo se pueden pasar a rojas y no bajar a la categoría de verdes para cualquier uso.
También Deon señaló que luego de los incendios recientes se empezaron a ofrecer lotes en zonas quemadas de San Esteban, en Punilla. “Sabemos que las denuncias tienen respuestas, pero no hay políticas de fondo para frenarlos”, agregó.
Manifestó que los municipios y comunas no saben qué hacer ante la superposición del derecho a la propiedad de la tierra y el de un ambiente sustentable.
Es un dilema complejo: los vecinos no tienen tierra para habitar y tampoco la tienen municipios o la Provincia para generar nuevos espacios ante el crecimiento poblacional. Y las personas construyen, muchas veces sin pedir permiso.
“Hay también lotes preexistentes a la ley, y que el Estado está tratando de frenarlos. En Sierras Chicas quedan 36 mil, en Punilla 69 mil”, precisó, sobre un tema en conflicto abierto.
El justificativo para lotear es que ante el deterioro del bosque nativo se solicita una mejora en beneficio del desarrollo local.
“Lo que está pasando es que no hay control efectivo en torno a esas perspectivas de derechos que se superponen”, sumó.
Fuente:
Benita Cuellar, Conflictos. Incendios sobre áreas protegidas de bosque nativo: qué marcan las leyes para cuando se queman, 27 septiembre 2024, La Voz del Interior.
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