La
Cámara Federal de Rosario rechazó el planteo del intendente de esa
localidad y advirtió que la afectación al acuífero Puelche habría
alcanzado una extensión interjurisdiccional todavía no delimitada.
Durante el proceso ya se había prohibido fumigar con ciertos
productos por el impacto en la salud de las personas.
La
Cámara Federal de Rosario rechazó un recurso interpuesto por el
intendente de Pergamino, Javier A. Martínez, y confirmó la
competencia federal de la causa en la que el año pasado se dictó
una medida cautelar que prohibió la fumigación en esa localidad y
zonas urbanas, luego de que se conocieran estudios que determinaron
la “presencia de daño genético en los organismos de las personas”
afectadas. En el proceso penal se investigan infracciones a la Ley de
Residuos Peligrosos -24.051- y envenenamiento de aguas potables.
La
resolución -adoptaba por el camarista Fernando Lorenzo Barbará- fue
en línea con lo dictaminado por el fiscal de San Nicolás Matías Di
Lello, su colega ante el tribunal revisor, el fiscal general Claudio
Palacín, y la querellante Florencia Morales.
El
jefe comunal, como pretenso querellante, sostenía que no se
encuentra acreditada que “la supuesta contaminación” en “una
zona urbana y rural del partido de Pergamino haya afectado otras
jurisdicciones”. Lo sostuvo ante el juez federal de instrucción
nicoleño, Carlos Villafuerte Ruzo, y luego ante la Cámara Federal
rosarina.
“Una
realidad mucho más compleja”
El
fallo reseñó los argumentos de Di Lello. El fiscal había puesto de
resalto que “el trámite de este expediente está develando una
realidad mucho más compleja de lo que se estimaba en un primer
momento, con aspectos que trascienden el marco de la causa penal pero
que hacen a su conocimiento y resultan necesarios para su
delimitación”, puesto que “una importante cantidad de ciudadanos
de Pergamino están indicando, con estudios médicos que refuerzan
sus manifestaciones, que están siendo víctimas de las prácticas de
fumigación que se registran en sus medios de vida, con claras
consecuencias negativas en su salud”, no obstante persistan medidas
en tal sentido.
La
fiscalía destacó que “una importante cantidad de ciudadanos de
Pergamino” están “siendo víctimas de las prácticas de
fumigación que se registran en sus medios de vida, con claras
consecuencias negativas en su salud”.
“Por
otro lado se encuentra aún discutido en autos la calidad del agua
que beben en sus domicilios, en el cual en todos los casos se ha
detectado la presencia de moléculas correspondientes a compuestos
químicos vinculados a los productos pesticidas (tales como
glifosato, AMPA, imazaquin, hidroxi-atrazina, etc.)”, señaló el
representante del MPF en su intervención previa a la de la Cámara.
Asimismo,
Florencia Morales, en su carácter de querellante, refirió que los
acuíferos afectados son los Puelche y Pampeano, recurso hídrico
subterráneo interjurisdiccional. En cuanto al Puelche, el camarista
Barbará valoró su descripción como “la principal reserva de agua
potable de la Argentina. Da de beber a buena parte de nuestro mayor
conglomerado urbano, provee a sus industrias y riega la zona que
genera casi todo el producto bruto agrícola del país”.
Competencia
federal
Al
resolver, Barbará señaló: “los hechos materia de investigación
en la presente causa -presunta contaminación al medio ambiente y
afectación a la salud pública-, a lo largo de las pruebas reunidas
en el sumario han dejado de ser meramente conjeturales, existiendo
probanzas positivas con un grado de convicción suficiente que en
principio demostrarían que esa posible contaminación habría
alcanzado una extensión territorial que por el momento no se habría
delimitado definitivamente, sumado a que podría alcanzar a una
población que hasta ahora resultaría indeterminada”.
Esas,
entendió el juez, son razones que “constituyen motivo suficiente
para rechazar los agravios del recurrente y confirmar la resolución
del 27 de agosto de 2019” de Villafuerte Ruzo, que había rechazado
la remisión de la causa a la justicia provincial. También se
incorporó el memorial del fiscal general Palacín, quien propició
la confirmación de la decisión del juez de instrucción.
Medidas
adoptadas y sugeridas
A
fines de agosto del año pasado, el Juzgado Federal Nº2 de San
Nicolás compartió los argumentos del Ministerio Público Fiscal y
las querellas y prohibió la fumigación en Pergamino y zonas urbanas
al fijar un límite “restrictivo y de exclusión” de 1095 metros
para aplicaciones terrestres y de 3 mil para las aéreas. Fue luego
de que se conocieran estudios de genotoxicidad incorporados a la
causa en la que se investigan infracciones a la Ley de Residuos
Peligrosos y envenenamiento de aguas potables.
El
fallo dispuso el “no uso de plaguicidas, herbicidas, insecticidas,
agroquímicos, productos fitosanitarios, fungicidas, y cualquier otro
paquete de agroquímicos, mediante fumigaciones terrestres (mosquito,
mochila, aspersores) o aéreas, como glifosato como principio activo
o sales derivadas del mismo; así como también respecto de los
siguientes plaguicidas: Atrazina, Triticonazol, Metolaclor,
Acetoclor, Clorpirifos, Glifosato, Imidacloprid, Desetil, 2.4D; y de
los siguientes formulados comerciales ROUNDUP FULL II, ROUNDUP MAX
II, ROUDUP ULTRAMAX; en zonas urbanas y periurbanas”.
Luego,
en diciembre del año pasado, la Fiscalía sugirió una serie de
nuevas medidas, entre las que se destacaban la producción de un
informe con carácter urgente por parte de la autoridad de aplicación
de la Ley 27279 -sobre Productos Fitosanitarios-, “respecto de la
situación real” de la región “en cuanto al cumplimiento de lo
estipulado en dicha ley”.
Hay
tres productores rurales procesados por presunta infracción a la ley
24.051; además la Fiscalía impulsó la investigación concerniente
“a las acciones u omisiones en que podrían haber incurrido los
funcionarios públicos”.
El
escrito presentado en esa ocasión reparó también en un artículo
periodístico que recoge los resultados de un estudio sobre los
peligros del glifosato, a cargo de Rafael Lajmanovich -profesor
titular de la Cátedra de Ecotoxicología de la Facultad de
Bioquímica y Ciencias Biológicas de la Universidad Nacional del
Litoral e investigador del Conicet-. “En función de la relevancia
que dicho trabajo de investigación científica podría guardar en el
marco de estas actuaciones, constituyendo información posiblemente
determinante y a ser tenida en cuenta oportunamente, es que esta
representación del Ministerio Público Fiscal solicita que se le
reciba declaración testimonial al mencionado científico”, propuso
Di Lello.
En
cuanto a las responsabilidades penales, hay tres productores rurales
procesados desde octubre de 2019 por presunta infracción a la ley
24.051; además la Fiscalía impulsó, oportunamente, la
investigación concerniente “a las acciones u omisiones en que
podrían haber incurrido los funcionarios públicos municipales, en
orden al control y cumplimiento de las normas vinculadas a la
aplicación de pesticidas en el Partido de Pergamino”.
Fuente:
Confirman la competencia federal en la investigación por el uso de agroquímicos en Pergamino, 23 marzo 2020, Chaco Día por Día.
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