Tras
ser presentado por Greenpeace frente a la Corte Suprema de Justicia
de la Nación el pasado julio, el amparo judicial en nombre y
representación del Yaguareté que habita en el Gran Chaco argentino
(1) tuvo un avance positivo: la procuración general de la Nación
dictaminó que la causa es jurisdicción de la Corte.
Cabe
recordar que este amparo fue el primero en la historia jurídica de
nuestro país en ser en nombre de una especie y de los Derechos de la
Naturaleza. Si bien hubo anteriormente acciones judiciales en nombre
de orangutanes y chimpancés, por los zoológicos de Mendoza y CABA,
estos se realizaron en nombre de un ejemplar. En cambio, esta acción
de amparo se realizó en nombre y representación de la totalidad
especie Yaguareté que habita la ecorregión del Gran Chaco
argentino.
La
demanda se realizó contra cuatro provincias -Chaco, Salta, Formosa y
Santiago del Estero-, donde se encuentra el hábitat del yaguareté,
y el Estado nacional, por no cumplir la ley Nacional de Bosques. El
reclamo al máximo tribunal es para que se “permita que dicha
especie pueda seguir existiendo, gozar de sus ecosistemas,
manteniendo sus planes de vida, salud, bienestar, alimentación,
libertad, reproducción y seguridad de los últimos menos de 20
sujetos vulnerables”.
“Un
avance en el camino hacia la protección del yaguareté como especie
es siempre positivo”, dijo Enrique Viale, asesor legal de
Greenpeace y letrado patrocinante de la causa. “Como parte de la
Naturaleza, los yaguaretés tienen derechos. La Justicia debe
contemplarlo, así como reconoce derechos a las empresas, que son
entes abstractos, ficciones, e intangibles. La Naturaleza y sus
especies son reales, vivas y tangibles”.
El
amparo presentado incluye el pedido para que se garantice
“Deforestación Cero” en los territorios donde vive la especie,
se ordene la conservación de los corredores biológicos del Gran
Chaco Argentino, se prohíba su degradación, fragmentación y
deforestación. Además, solicita que se prohíban las
recategorización (autorización para desmontar en áreas protegidas
por la ley) en las provincias demandadas y se anulen las que fueron
otorgadas en Chaco y Salta. Por último, solicita que se otorguen los
fondos establecidos en la Ley de Bosques y se implemente un Plan de
Manejo sobre el Yaguareté, como lo dispone la Ley Nacional Nº
25.463 que lo declara Monumento Natural Nacional,
La
población estimada en Argentina es de 250 individuos
(aproximadamente 160 individuos en la Selva de Yungas, alrededor de
80 en la Selva Paranaense, y menos de 20 en la región del Gran
Chaco). La población de yaguaretés en la región chaqueña se
encuentra aislada de las otras dos presentes en la Argentina y se ha
producido una importante disminución en los últimos diez años, por
lo que ya no se encuentra ejemplares en zonas en las que habían sido
reportados. (2)
Notas:
- http://greenpeace.org.ar/pdf/2020/Amparo.pdf
- Plan de Emergencia para la Conservación del Yaguareté en el Gran Chaco Argentino
Rocío
Palacios (editora). Administración de Parques Nacionales. Dirección
Regional NEA. 2017
Fuente:
Avanza en la Corte el amparo para proteger al yaguareté, 28 febrero 2020, Greenpeace Argentina. Consultado 29 febrero 2020.
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