En
Entre Ríos, la justicia volvió a prohibir la aplicación de
agrotóxicos a menos de 1000 metros de los establecimientos. La
Cámara dejó sin efecto el decreto del gobernador Gustavo Bordet,
que beneficiaba a los empresarios del agro transgénico.
por
Darío Aranda
Un
nuevo fallo judicial protege a las escuelas rurales de Entre Ríos y
frena las fumigaciones con agrotóxicos. Se trata de la decisión de
la Cámara Civil y Comercial Sala III de Paraná, que deja sin efecto
el decreto del gobernador Gustavo Bordet -que beneficiaba a los
empresarios del agro transgénico- y establece la vigencia de 1000
metros de protección ante las fumigaciones terrestres (y 3000 metros
para las aéreas).
Desde
hace más de un año en Entre Ríos se libra una disputa judicial
entre quienes exigen proteger la salud de los alumnos y docentes, y
quienes reclaman poder fumigar en cercanías de las escuelas. En un
hecho inédito, el juez cuestionó la forma incompleta de evaluar la
toxicidad de los agrotóxicos, porque no se miden efectos crónicos
en la salud.
"No
todos los derechos involucrados tienen el mismo peso a la hora de su
tutela. Ello debe llevarnos a reflexionar sobre la importancia de
estos principios (ambiente y derechos de niños, niñas y
adolescentes) en las generaciones futuras", afirmó el juez
Virgilio Galanti para recordar que la salud de la población (y aún
más de les niñes) está antes que la producción agropecuaria. Es
uno de los argumentos para dejar sin efecto el decreto 2239/19 del
gobernador Gustavo Bordet, que había desoído dos fallos anteriores
y redujo a solo 100 metros las distancias para fumigar escuelas
rurales.
La
Coordinadora Basta es Basta, que nuclea a medio centenar de
organizaciones que reclaman no ser fumigadas, dio la bienvenida a la
nueva sentencia, pero en un comunicado explicó que ya no quiere
sentencias judiciales.
"Señor
Gobernador, ya no nos alcanza con festejar fallos judiciales mientras
todas las semanas recibimos nuevos nombres de jóvenes que han muerto
en nuestra provincia. Queremos festejar poder proyectar salud, futuro
y prosperidad para todos los entrerrianos. Reiteramos la urgente
necesidad de avanzar en una transformación productiva que lleve a
abandonar el uso masivo de venenos en el agro", señaló la
entidad.
El
juez Virgilio Galanti cuestionó que el gobierno provincial no haya
cumplido el fallo judicial inicial, de 2018, que ordenaba realizar
estudios. "No se han realizado evaluaciones epidemiológicas de
quienes asisten a todas las escuelas rurales de la provincia de Entre
Ríos", alertó el juez en el fallo del 26 de septiembre.
Galanti
abordó un tema silenciado por el agronegocio: la forma en que el
Estado argentino, a través del Senasa -Servicio Nacional de Sanidad
y Calidad Agropecuaria-, categoriza la peligrosidad de los
agrotóxicos. "La clasificación del Senasa es realizada bajo el
método de Dosis Letal (DL) 50, cuyo objetivo es discernir
exclusivamente la toxicidad aguda de un producto, con la que muere el
50 por ciento de una población de animales de laboratorio. Utilizar
ese criterio de clasificación es insuficiente para establecer
distancias y garantizar la seguridad", afirmó el juez.
Javier
Souza Casadinho es docente de la Facultad de Agronomía y coordinador
de la Red de Acción en Plaguicidas de América Latina (Rapal). "La
'Dosis Letal 50' nada nos dice sobre las intoxicaciones crónicas,
por ejemplo cuando las personas de una comunidad están expuestos a
dosis pequeñas por largos periodos o sometidas a distintos tipos de
plaguicidas que se van sumando en el tiempo", explicó.
Es
un histórico reclamo de los pueblos afectados por las fumigaciones:
que se incluyan estudios de toxicidad crónica. Souza Casadinho
resaltó que el Senasa no tiene en cuenta, por ejemplo, las efectos
endocrinos (alteración del equilibrio hormonal) ni enfermedades
epigenéticas (expresiones incorrectas del ADN). Y recordó que
tampoco se tiene en cuenta la afectación y acumulación de los
agroquímicos en agua, suelos ni el conocido efecto "saltamonte"
(cuando pasa a estado gaseoso y se traslada largas distancias).
El
Foro Ecologista de Paraná y el sindicato docente Agmer (Asociación
Gremial del Magisterio) presentaron en agosto de 2018 un amparo
ambiental para proteger de agrotóxicos a los niños y trabajadores
de las escuelas rurales. El juez Oscar Daniel Benedetto, de la Cámara
II de la Sala II se expidió el 1 de octubre: prohibió fumigar con
agrotóxicos a menos de 1000 metros de las escuelas de Entre Ríos. Y
la distancia de protección se extendió a 3000 metros en el caso de
aplicaciones aéreas. La protección abarcó a las 1023 escuelas
rurales de la provincia.
El
amparo que protege las escuelas fue apelado por el gobierno de
Gustavo Bordet. En segunda instancia la Justicia volvió a proteger
la salud de los alumnos y docentes. La respuesta del gobernador
Bordet fue emitir un decreto (el 2 de enero de 2019) que desoyó los
fallos judiciales y redujo a sólo 100 metros las fumigaciones.
En
mayo, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, máximo
tribunal provincial, declaró la inconstitucionalidad del decreto del
Gobernador. Mantuvo vigente el amparo que aleja las fumigaciones
terrestres a 1000 metros de las escuelas. El 1 de agosto, el
Gobernador ignoró el fallo del Superior Tribunal y emitió un nuevo
decreto (2239/19), que habilitó las fumigaciones a 100 metros de las
escuelas.
Fuente:
Darío Aranda, Otro freno a las fumigaciones cerca de las escuelas rurales, 7 octubre 2019, Página/12. Consultado 8 octubre 2019.
No hay comentarios:
Publicar un comentario