La
Suprema Corte ordenó revisar un fallo que había negado un amparo
ambiental. Es por los trabajos realizados en Malargüe por la primera
práctica de fractura hidráulica hecha en Mendoza.
La Suprema Corte de Mendoza decidió habilitar la revisión de un fallo
en una causa en la que organizaciones defensoras del ambiente habían
pedido frenar la realización de fracking en Mendoza. La Corte
habilitó la apelación de una sentencia que había rechazado un
amparo ambiental que pedía la suspensión de esa técnica para
extraer petróleo en el área Puesto Rojas, en Malargüe.
La
decisión de la Corte no tiene ningún efecto sobre lo que la empresa
El Trébol está realizando, pero sí obliga a revisar la causa en
segunda instancia, cuestión que había sido negada.
Cuando
comenzaron los primeros trabajos de fractura hidráulica en Malargüe,
la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, igual que otras
organizaciones ambientalistas, recurrieron a la justicia para frenar
los trabajos porque consideraban que no se habían cumplido los pasos
determinados por la ley 5961 para aprobarlos. La justicia rechazó
los amparos en primera instancia y luego denegaron la apelación,
argumentando, entre otras cosas, que los trabajos ya habían
terminado, por lo que quedaba en abstracto el reclamo. Allí es
cuando fueron a la Corte para pedir la revisión de esa sentencia.
"La resolución de la Cámara es arbitraria y carente de
fundamento... Que también ha incurrido en falsedad en tanto culminar
una primera etapa de fractura hidráulica no implica que cesen los
trabajos en los pozos, sino que es lo opuesto en tanto, es a partir
de entonces que los pozos producen... el riesgo que motivó la acción
no ha cesado, más bien se ha incrementado. Que no se ha leído la
presentación efectuada por su parte, pues no sólo solicitó la
suspensión de la fractura sino también de la explotación de los
pozos en cuestión.", reclamaban. Además, mencionaban en la
causa hechos nuevos.
En
el proceso hay un dato importante. Tras los trabajos de exploración
realizados en Puesto Rojas, el Gobierno otorgó la concesión para
explotar el área a la empresa El Trébol.
La
Corte determinó que la justicia actuó mal y que la sentencia es
apelable. Pero la causa no volverá a la Cámara, sino que estará
pendiente de lo que la misma Suprema Corte decida en otra causa
similar en la que se discute la constitucionalidad de las normas que
aprobaron el fracking. "Concluyo que el auto recurrido al
declarar mal concedido el recurso de apelación planteado, ha negado
un recurso formalmente procedente, por lo que cabe hacer lugar -en lo
pertinente- al recurso articulado y declarar la apelabilidad de la
resolución", argumenta la sentencia.
La
sentencia completa
Fuente:
La Corte ordenó revisar un fallo en una causa por el fracking en Vaca Muerta, 13 septiembre 2019, MDZ. Consultado 21 septiembre 2019.
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