La
pericia oficial da cuenta que mientras la UNC recomendó un
distanciamiento mínimo de 4 km entre el enterramiento sanitario de
la zona metropolitana y cualquier población; Cormecor decidió
instalar su mega-enterramiento a sólo 1 km de Villa Parque Santa
Ana. Los peritos señalan graves falencias e imprecisiones en el
Estudio de Impacto Ambiental. Además, cuestionan los criterios
mediante los cuales la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático
aceptó la reducción drástica de los radios de exclusión y buffer
a sólo 1 km y dio por cumplimentados requisitos que la empresa no
efectuó. Los peritos oficiales recomiendan respetar el
distanciamiento mínimo de 4 km indicado por la UNC, por lo que
Cormecor debería buscar un nuevo emplazamiento para su proyecto.
Resumen
del Informe Pericial
La
Cámara I en lo Contencioso Administrativo corrió vista del Informe
Pericial Oficial a las partes involucradas en el Amparo Ambiental
contra la instalación del enterramiento sanitario de Cormecor. Este
informe reúne las respuestas, evaluaciones y conclusiones de peritos
especialistas en Ambiente, Trabajo Social, Geología, Agrimensura e
Hidráulica que fueron convocados por la justicia para responder a
las objeciones de las partes formuladas en este litigio. Las pericias
comenzaron a realizarse a fines de 2017 y recién en estas últimas
semanas se conocieron los resultados plasmados en un informe
multidisciplinario de 380 páginas.
Entre
los puntos destacados, se encuentra el incumplimiento por parte de
Cormecor de la distancia recomendada por el Instituto Superior de
Estudios Ambientales (ISEA) de la UNC entre el predio de
enterramiento sanitario de la zona metropolitana y las poblaciones.
El ISEA en un trabajo específico recomendó que el predio de
enterramiento de los residuos de la zona metropolitana tuviera un
radio de 2 km de zona de exclusión, más 2 km de zona buffer o de
amortiguación; es decir, un mínimo de 4 km en total que lo apartara
de cualquier población. Sin embargo, las pericias de agrimensura
demostraron que el predio elegido por Cormecor está a tan sólo 1,03
km de Villa Parque Santa Ana; a 1,82 km de Bouwer y a 3,93 Km de la
localidad de Los Cedros (Informe Pericial [IP], pág. 67). Es decir,
que existen tres localidades ubicadas a menos de 4 km del predio
dónde Cormecor pretende enterrar la basura de 2 millones de
habitantes por más de 30 años.
“En
conclusión, este Cuerpo de Peritos considera que para el caso
específico de CORMECOR en la ubicación seleccionada, el
incumplimiento de esta recomendación de distancia contradice lo
recomendado técnicamente por un estudio específico desde el punto
de vista ambiental, y para este emprendimiento concreto (el estudio
del ISEA-UNC), con 2 km de restricción absoluta y otros 2 km de zona
buffer o de amortiguación y que la no observancia de esta
recomendación puede afectar significativamente el control de
emisiones gaseosas y olores y su posible afectación sobre la
población cercana”. (IP, pág. 12)
En
cuanto a la participación ciudadana exigida por las leyes de
ambiente, el informe pericial señala: “Que en general, el EIA y el
proyecto en general NO han tenido en cuenta la voz ni los intereses
de la comunidad más directamente involucrada en dichos impactos
negativos”. (IP, pag. 14).
Además,
los peritos señalan graves falencias en la presentación de
información, cálculos y planificación tanto sobre la segregación
y reciclado de los RSU como de la recolección y tratamiento de sus
derivados residuales (gases y líquidos lixiviados):
“Se
puede observar que, concretamente en cuanto a los tiempos de
implementación de inicio de segregación y reciclado, metas en
cuanto a masas, tiempos máximos de exposición de los frentes
abiertos, tiempos de inicio de operación efectiva de las plantas de
tratamientos de líquidos y gases emitidos, estos datos concretos no
están presentados en el escrito respectivo que la empresa y que el
organismo público, mediante una Comisión Técnica
Multidisciplinaria, dice evaluar y dar por cumplidos en dicha
Resolución 010, siendo en esta condición que así fueran aprobados
por dicho organismo de control”. (IP, pág. 13)
Lo
que están señalando los peritos oficiales de la justicia es que la
Secretaría de Ambiente y Cambio Climático (SAyCC) mediante
resolución 010 dio por cumplimentados requisitos que la empresa
verdaderamente no cumplimentó. Es decir que otorgó licencia
ambiental a Cormecor de manera sumamente irregular.
“(…)
tampoco se indica el tiempo en que se iniciaría la actividad de
bombeo y tratamiento de los gases en los módulos con dicho material
expuesto, ya que según lo manifestado por la empresa, «el costo de
instalación y operación de esta planta es muy elevado y no
podríamos afirmar cuando lograríamos el financiamiento necesario ….
» (al pie del folio 50 de dicha respuesta presentada a la SAyCC).”
(IP: 9)
Es
decir, que la empresa no garantiza en absoluto la separación y
recuperación de materiales reciclables, ni la recolección y
tratamiento de los lixiviados, ni cuenta con los fondos para realizar
un adecuado control de las emanaciones de gases. En tal sentido, más
adelante los peritos advierten: “Si está mal manejada la
exposición a gases de vertedero dispersos por los vientos puede ser
perjudicial para la salud de una población cercana”. (IP, pág.
88)
Además,
los peritos afirman que: “La instalación de CORMECOR contraría el
destino de la zona ya que su implantación interrumpiría la
concreción de la obra del segundo anillo de circunvalación
metropolitana”. (IP, pág. 28). Según se puede observar en planos
obrantes en el Informe Pericial, el trazado del segundo anillo de
circunvalación planificado por la provincia atraviesa por el centro
del predio en cuestión.
En
la pág. 102 los peritos afirman que según la ley de ordenamiento
territorial de Córdoba en la zona donde se ubica el predio elegido
por Cormecor no están autorizados este tipo de emprendimientos. Y en
la página 80 confirman que el predio en cuestión NO se ubica en los
cuadrantes recomendados por el ISEA.
Entre
las principales conclusiones, señalan:
“Las
falencias indicadas (…), son consideradas significativas por este
Cuerpo de Peritos, dada la proximidad al emprendimiento de la citada
población, la diversidad de impactos a producirse, la enorme escala
de los procesos a implementar y el no ofrecimiento compensatorio de
cualquier tipo que sea, por parte de la empresa hacia la única
población involucrada en el proyecto que no recibirá ningún tipo
de beneficio, aunque sí los perjuicios concretos de su inmediata
proximidad con el predio. (IP, pág. 15)
“En
opinión de este Cuerpo Pericial, y ante la inexistencia de otro
estudio más pormenorizado, para este TIPO DE MEGA-EMPRENDIMIENTO,
creemos se debería respetar lo recomendado en el estudio del ISEA,
es decir un radio de 2 km de zona de exclusión y otros dos km
adicionales como zona buffer, es decir un total de 4 km del borde
urbano”. (IP, pág. 98)
En
conclusión, las pericias oficiales ratifican la mayoría de los
puntos denunciados por los vecinos y señalan graves falencias del
EIA. Además, dejan en evidencia las mentiras que la empresa
propagandizó, entre ellas: el supuesto “aval” de la Universidad.
Además, los peritos cuestionan el otorgamiento de la licencia
ambiental por parte de la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático,
señalando que el organismo oficial subestimó peligrosamente la
distancia necesaria de los radios de exclusión y amortiguación que
deberían separar a las poblaciones de un enterramiento sanitario de
las características y dimensiones del planificado por Cormecor.
También, evidenciaron que la misma SAyCC dio por cumplimentados
requisitos no efectivizados por la empresa.
Con
estas evidencias la justicia debería revocar inmediatamente la
licencia ambiental de Cormecor, retrotraer a foja cero el proceso de
habilitación de la Planta y enterramiento sanitario de la zona
metropolitana y exigir a los funcionarios público el cabal
cumplimiento de las normativas ambientales vigentes.
Entrada
relacionada:
Fuente:
Causa Cormecor: Pericia oficial confirma las irregularidades denunciadas por los vecinos, 26 agosto 2019, Santa María Sin Basura. Consultado 28 agosto 2019.
No hay comentarios:
Publicar un comentario