El tira y afloja sobre la instalación de Monsanto en Córdoba es mirado por otras industrias que quieren estar en la provincia. Mientras en el mundo el cuidado ambiental es una preocupación mayor, en el país hay normas que no se cumplen adecuadamente.
por Paula Martínez
El conflicto desatado con la instalación de una planta de acondicionamiento de semillas de maíz para siembra de Monsanto, en la localidad cordobesa de Malvinas Argentinas, marca un punto de inflexión en las decisiones de radicación de industrias en Córdoba.
Esta situación particular, aún no resuelta, obliga a las empresas a tomar mayores recaudos en el análisis de la cuestión ambiental. A su vez, genera la necesidad de desarrollar acciones de información y comunicación, ante un sociedad con mayores exigencias y más comprometida con estos temas.
Se trata de un caso que generó inquietud entre los empresarios porque, pese a que la firma tenía las autorizaciones necesarias del municipio y la provincia (las cuales, según quienes protestan, no cumplen con toda la legislación nacional), la construcción está parada y todavía no está claro si va a poder avanzar con el proyecto o cuándo.
Cambios mundiales
La preocupación por el cuidado del ambiente es relativamente nueva en el sector empresarial. Antes, estaba limitada a algunas organizaciones ecologistas, pero las empresas están tomando cada vez más conciencia e incorporando este tema como variable de sus negocios.
A nivel internacional hay normas de certificación de buenas prácticas (el grupo ISO 14000) y la tendencia es a hablar de sistemas integrados: calidad, ambiente y seguridad laboral.
Sin embargo, aunque muchas compañías internacionales están aplicando estos procedimientos desde hace años, en el país la normativa y los controles van por detrás.
“En general, las grandes empresas se están adecuando o ya cumplen con las normas globales. A las más chicas les cuesta más, porque son inversiones grandes, pero también buscan adaptarse, ya sea por propia decisión o por exigencia de sus clientes grandes”, explica Roberto Loeschbor, titular de IL&A Ingeniería Laboral y Ambiental, con más de 30 años de experiencia en el rubro.
Marcelo Carranza, del Departamento Medio Ambiente de la Unión Industrial de Córdoba (UIC), coincide en que las empresas grandes están más avanzadas en aspectos sociales y ambientales. “Han creado áreas específicas dentro de las firmas; en cambio, en las Pyme los cubre una misma persona”, dice y opina que las más chicas “necesitan apoyo de los gobiernos para esta tarea”.
El tema tiene varias aristas. En general, cuando se piensa en una industria “contaminante” se habla de los residuos que deja el proceso fabril.
Pero el cuidado del ambiente también involucra otros elementos: los productos que se fabrican, el uso eficiente de los recursos (agua, energía, suelo, mano de obra), los procesos de producción, los desechos de los propios productos y el denominado pasivo ambiental (lo que queda luego de que la fábrica se retira del lugar).
En el caso de Monsanto, el cuestionamiento va mucho más allá: se pone en duda la tecnología de producción agropecuaria y el uso de agroquímicos.
En este punto, la semillera Syngenta, presentó el año pasado en Buenos Aires un plan de acción con compromisos para una agricultura sustentable.
En este aspecto, la firma salió a diferenciarse y realizó una autocrítica sobre las falencias de comunicación a la sociedad de los beneficios de utilizar la tecnología para mejorar la seguridad alimentaria. Incrementar la producción de los cultivos con los mismos recursos, mejorar la biodiversidad, recuperar tierras degradadas y cuidar a los trabajadores fueron algunos de los compromisos, que hablan de un enfoque más integral del tema ambiental.
“La población mundial sigue creciendo, pero el planeta no; hay necesidad de agua, de alimentos y de energía. La protección del ambiente tendrá que avanzar de la mano de la tecnología”, razona Loeschbor.
Lo cierto es que la producción industrial sigue avanzando, y toda esta actividad genera impacto en el ambiente. “En la actividad industrial no hay contaminación cero; se puede apostar al menor impacto posible o a mitigarlo, pero existe”, subraya Héctor Macaño, director del Centro de Investigación y Transferencia en Ingeniería Química y Ambiental del a Universidad Tecnológica Nacional (UTN) Regional Córdoba.
El menor impacto posible
Justamente, el objetivo de
las normas ambientales y los estudios previos es reducir el efecto de la actividad fabril en el medio (incluyendo la población).
Todos los especialistas coinciden en que los estudios de impacto ambiental (amplios y complejos) deben realizarse en forma previa a la instalación de una nueva planta, aunque en el caso de Córdoba, algunas actividades pueden comenzar la construcción sólo con la aprobación del aviso de proyecto.
De todas maneras, compañías multinacionales que quieren evitar problemas futuros toman mayores recaudos y apuntan a cumplir las normas internacionales, que van mucho más allá.
Para los involucrados en el tema, no es un problema de falta de normas, sino de implementación. “Más que nuevas leyes, hay que aplicar bien la que tenemos y reglamentar lo que falta, crear organismos de control. Las empresas necesitamos un camino claro, que se exija y se controle su cumplimiento”, dice Carranza y recuerda que la norma provincial hablaba de una comisión interdisciplinaria para evaluar proyectos conflictivos, que no se constituyó.
“La implementación de la norma produce ruido. Ninguna empresa puede aguantar un año a que le den una respuesta sobre el estudio de impacto ambiental y pida los cambios”, agrega Macaño. Loeschbor coincide y recuerda que cuando se reglamentó la actual ley, estaba la Agencia Córdoba Ambiente, que hoy ya no funciona (la autoridad es la Secretaría de Ambiente) y tiene menos personal.
“Lo que las empresas necesitan es que queden claras las reglas de juego, que se defina el modelo de ciudad y provincia y qué papel juega el sector agropecuario”, opina David Miazzo, economista de la Fundación Agropecuaria para el Desarrollo de Argentina (Fada), quien fue crítico con la decisión del intendente de Río Cuarto de evitar la radicación de otra planta de Monsanto. “Lo que sucedió vulnera las reglas de juego”, resalta.
Como un aditamento y una enseñanza del caso Monsanto, Loeschbor remarca también la necesidad de una tarea de comunicación previa. “Todo lo que no se explica causa la sensación en la gente de que se esconde algo. Cuando una empresa se presenta claramente y explica lo que va a hacer, cómo y cuál es su impacto en la comunidad, dejando espacio para que todo el mundo se saque las dudas, no deberían existir estos problemas. La gente tiene que estar informada antes de que las cosas sucedan”, advierte.
El conflicto
Julio de 2012. El Concejo Deliberante de Malvinas Argentinas autoriza a la semillera Monsanto a realizar tareas preliminares.
Agosto. La Secretaría de Ambiente de la Provincia autoriza la primera etapa del proyecto.
Septiembre. Vecinos de Malvinas Argentinas, junto con la Fundación Club de Derecho, presentan un amparo contra la Municipalidad por autorizar las obras sin cumplir con la Ley General del Ambiente N° 25.675.
Enero de 2013. El Concejo Deliberante sanciona la ordenanza de autorización de la obra civil. La Municipalidad autoriza. Los amparistas piden que se suspenda la obra.
Febrero. La Sala 2ª de la Cámara del Trabajo ordena suspender la construcción.
Abril. El Tribunal Superior de Justicia vuelve a habilitar la obra.
Septiembre. A mediados de mes, asambleístas comienzan un acampe en los accesos a Monsanto e impiden la entrada de camiones. Durante el mes se producen enfrentamientos con empleados de la construcción que iban a trabajar en la obra y con la Policía.
Octubre. Monsanto suspende las obras por falta de materiales. La CGT reclama por la fuente laboral de 170 obreros de la construcción.
Diciembre. Sigue el acampe de los asambleístas. La última semana del mes se produce otro enfrentamiento con la Policía al querer impedir el ingreso de trabajadores al predio. Según la empresa iban a hacer tareas de mantenimiento.
En números. La planta ubicada en la ruta 188, prevé una inversión de $ 1.500 millones, el empleo de 400 trabajadores y la producción de 60.000 toneladas anuales.
Programa de la UIC
La Unión Industrial de Córdoba (UIC) tiene en marcha el programa ECO-UIC.
El objetivo es que las empresas implementen puertas adentro sistemas de gestión ambiental y que consta de tres etapas: Bronce, Plata y Oro.
La primera comprende las acciones básicas de análisis del cumplimiento legal, evaluación del impacto y compromiso de la dirección en el tema ambiental. La segunda avanza con el establecimiento de objetivos, procedimientos e indicadores de desempeño. Y, por último, la etapa Oro culmina el proceso de certificación de normas ISO 14001.
Leyes locales obligatorias y normas globales voluntarias
La Nación tiene una ley con principios mínimos; provincias y municipios tienen su legislación. Muchas empresas cumplen exigencias internacionales.
La normativa ambiental en Argentina está estructurada en distintas etapas.
En primer lugar, la Nación tiene la Ley General del Ambiente 25.675, que fija los principios mínimos que deberán cumplir los nuevos emprendimientos que quieran radicarse en el país.
En los capítulos referidos al estudio de impacto ambiental y la instancia de participación ciudadana, la ley nacional exige que esto se realice antes de la ejecución de los trabajos. Pero lo limita a “toda obra o actividad que sea susceptible de degradar el ambiente, alguno de sus componentes, o afectar la calidad de vida de la población, en forma significativa”.
¿Cuáles son las actividades u obras que entran en esta clasificación? Son las provincias, a través de sus propias leyes y reglamentaciones, las que fijan estos parámetros.
En el caso de Córdoba, la ley vigente es la 7343 (promulgada en 1991 y reglamentada en 2000 por el decreto 2131. Esta norma, establece dos niveles de exigencia para la radicación de industrias: las que se consideran más contaminantes requieren la presentación de un estudio de impacto ambiental. Otro grupo (en el que están las semilleras), está obligado a presentar el aviso de proyecto y el estudio de impacto está sujeto a la decisión de la Secretaría de Ambiente. En cualquier caso, antes de iniciar las obras, las empresas deben contar con la autorización del organismo provincial.
A su vez, cada municipio tiene su propia normativa en cuanto a la radicación.
Además, en el decreto reglamentario provincial, se deja claro que en los casos de que las normas nacionales o provinciales no cubran los requerimientos analizados, Ambiente deberá tomar “los valores más estrictos entre los recomendados por organismos de prestigio internacional en la materia”.
De hecho, muchas empresas extranjeras apuntan a la normativa internacional porque sus casas matrices exigen la certificación de normas ISO en materia de ambiente (14000 y derivadas), calidad y seguridad y salud ocupacional. A su vez, estas exigencias se están trasladando a clientes y proveedores de estas grandes empresas, porque la certificación internacional pide que toda la cadena respete estos procesos.
2.131
El decreto 2.131 de la Provincia de Córdoba reglamenta la ley 7343. Garantiza a la población el acceso a la información de impacto ambiental que está en trámite.
La Nación tiene una ley con principios mínimos; provincias y municipios tienen su legislación. Muchas empresas cumplen exigencias internacionales.
La normativa ambiental en Argentina está estructurada en distintas etapas.
En primer lugar, la Nación tiene la Ley General del Ambiente 25.675, que fija los principios mínimos que deberán cumplir los nuevos emprendimientos que quieran radicarse en el país.
En los capítulos referidos al estudio de impacto ambiental y la instancia de participación ciudadana, la ley nacional exige que esto se realice antes de la ejecución de los trabajos. Pero lo limita a “toda obra o actividad que sea susceptible de degradar el ambiente, alguno de sus componentes, o afectar la calidad de vida de la población, en forma significativa”.
¿Cuáles son las actividades u obras que entran en esta clasificación? Son las provincias, a través de sus propias leyes y reglamentaciones, las que fijan estos parámetros.
En el caso de Córdoba, la ley vigente es la 7343 (promulgada en 1991 y reglamentada en 2000 por el decreto 2131. Esta norma, establece dos niveles de exigencia para la radicación de industrias: las que se consideran más contaminantes requieren la presentación de un estudio de impacto ambiental. Otro grupo (en el que están las semilleras), está obligado a presentar el aviso de proyecto y el estudio de impacto está sujeto a la decisión de la Secretaría de Ambiente. En cualquier caso, antes de iniciar las obras, las empresas deben contar con la autorización del organismo provincial.
A su vez, cada municipio tiene su propia normativa en cuanto a la radicación.
Además, en el decreto reglamentario provincial, se deja claro que en los casos de que las normas nacionales o provinciales no cubran los requerimientos analizados, Ambiente deberá tomar “los valores más estrictos entre los recomendados por organismos de prestigio internacional en la materia”.
De hecho, muchas empresas extranjeras apuntan a la normativa internacional porque sus casas matrices exigen la certificación de normas ISO en materia de ambiente (14000 y derivadas), calidad y seguridad y salud ocupacional. A su vez, estas exigencias se están trasladando a clientes y proveedores de estas grandes empresas, porque la certificación internacional pide que toda la cadena respete estos procesos.
2.131
El decreto 2.131 de la Provincia de Córdoba reglamenta la ley 7343. Garantiza a la población el acceso a la información de impacto ambiental que está en trámite.
Fuente:
Paula Martínez, Ambiente: en la mira de las industrias, 05/01/14, La Voz del Interior. Consultado 06/01/14.
Leyes locales obligatorias y normas globales voluntarias, 05/01/14, La Voz del Interior. Consultado 06/01/14.
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