Si el incumplimiento de la ley 26.331 es dañino para nuestra
devastada flora autóctona, no menos devastador es que se intente modificar la
ley provincial de espaldas a la ciudadanía y sin el trámite legislativo que corresponde.
por Norma Morandini
A tres años de su sanción, Córdoba perpetúa los vicios de
origen de su Ley de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, ya que
continúa bajo observación de la
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable porque no
cumple con el umbral mínimo exigido por la ley nacional 26.331.
Esto le cancela el acceso a los recursos destinados para la
conservación de sus bosques, estimados para este año en unos 19 millones de
pesos.
Pero si este incumplimiento es dañino para nuestra devastada
flora autóctona, no menos devastador es que se intente modificar la ley
provincial de espaldas a la ciudadanía y sin el trámite legislativo que
corresponde.
De modo que Córdoba sigue en penitencia tanto por no frenar
el desmonte como por no adaptar la legislación provincial a lo que manda la Ley de Presupuestos Mínimos
para la
Protección Ambiental de los Bosques Nativos, que aprobó en
2007 el Congreso de la Nación.
La ley cordobesa tuvo una sanción polémica. Rechazada por
las organizaciones que participaron en su elaboración, resistida por buena
parte de la sociedad, fue observada por la Dirección de Bosques de la Nación y objetada su
constitucionalidad ante la
Corte Suprema de Justicia.
Para destrabar esos fondos, el Gobierno de la Provincia cometió otras
faltas de equivalente gravedad: por el decreto Nº 1.131/12, “difiere” la
aplicación de uno de los puntos más criticados de la ley 9.814, el que permite
el “aprovechamiento sustentable” en los bosques con mayor nivel de protección y
que, por tanto, no deberían ser transformados.
Otro de los artículos que se difieren es el que admite el
cambio de categoría de un mayor a un menor nivel de protección. No se trata del
Ordenamiento Territorial de Bosques cordobés sino de un parche grosero.
Si por un lado el decreto altera la ley sin pasar por la Legislatura -el lugar
idóneo para la modificación de una ley-, el secretismo se amplía con la
irregularidad de su no publicación: al día de hoy, no existe ninguna constancia
de que ese decreto se haya publicado en el Boletín Oficial.
Firmado, protocolizado y elevado a la Dirección Nacional
de Bosques para su conocimiento, sin embargo carece del requisito fundamental
que toda norma debe cumplir para tener vigencia: la publicidad. De otro modo,
la ciudadanía ignora el marco legal en el que debe actuar y los derechos que le
asisten. Así lo consagra, con claridad, nuestro Código Civil en su artículo 2°:
“Las leyes no son obligatorias sino después de su publicación y desde el día
que determinen. Si no designan tiempo, serán obligatorias después de los ocho
días siguientes al de su publicación oficial”.
Mapa irreal. De un lado, un “decreto fantasma”; del otro, un
mapa que no responde a la realidad.
Alcanza con ingresar al sitio oficial de la Secretaría de Ambiente
de la Nación
para constatar que la
Provincia envió a las autoridades ambientales un nuevo “Mapa
de Ordenamiento Territorial de Bosques”, que modifica de manera sustancial la
cobertura de bosques nativos en Córdoba y su categorización.
Si bien el Mapa de Ordenamiento sancionado por la Legislatura no fue
admitido por la Nación -que observó sus serias deficiencias técnicas-, integra la ley y no puede ser
escindido de ella. Por tanto, su contenido, por más inconsistente y flagrante
que resulte, también debe ser modificado por intermedio de otra ley y en ningún
caso por una simple voluntad del gobernante de turno.
Se impone, entonces, que tanto la Provincia como la Nación encaren esa armonización
sin vulnerar las instituciones republicanas. Los decretos deben publicarse, las
leyes deben modificarse en las legislaturas y las negociaciones deben ser
transparentadas por la luz pública. Y, sobre todo, no eludir el proceso de
consulta y participación ciudadana al que también manda la ley.
Córdoba ya perdió aproximadamente 80 mil hectáreas de sus
bosques nativos. A todo esto, las organizaciones ambientales no sólo no son
convocadas sino que jamás ven respondidos sus pedidos de acceso a la información.
El Foro Ambiental Córdoba, una de las más activas
organizaciones ambientales, ya presentó 20 pedidos de informes sobre la
legalidad de los desmontes registrados, que revelan cifras escandalosas, y tan
sólo dos fueron respondidos.
Por otro lado, en esta situación, aquellos productores que
de buena fe presentaron proyectos de protección de los bosques nativos
continúan sin recibir el dinero previsto para compensar esa adecuación.
La ley nacional 26.331 establece un umbral mínimo de
protección que no puede ser ignorado o soslayado de ningún modo por las
provincias. Por esta razón, Córdoba tiene una única salida: o modifica la ley
9.814 por canales legítimos o continúa enmascarando de rebeldía lo que en
realidad esconde: su nulo compromiso en la defensa y protección de nuestros
bosques nativos.
Norma Morandini es Senadora nacional.
Fuente:
Norma Morandini, Córdoba, en penitencia por los bosques, 22/07/13, La Voz del Interior.
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