Así lo ordenó la Corte Suprema de Justicia. En caso negativo, el tribunal de origen deberá dictar sentencia a los ex funcionarios procesados.
El 29 de abril se
cumplieron 14 años del desborde del río Salado que causó la muerte
de 18 personas y que obligó a miles de familias a abandonar sus
viviendas en la capital provincial. Ahora un fallo emitido por la
Corte Suprema de Justicia de Santa Fe ordenó que el juez de primera
instancia defina si la causa prescribe o no. Esta medida aceleraría
la definición y acortaría los plazos para llegar a medidas de fondo
sobre el tema.
La tragedia
despojó a muchos santafesinos de sus hogares a fines de abril y
principios de mayo de 2003. La causa, que investiga el caso, el
martes volvió a tener un nuevo paso en el laberinto judicial que
desde hace -al menos tres años- avanza y retrocede en los
tribunales santafesinos, entre apelaciones y recursos de
inconstitucionalidad.
La Corte Suprema
de Justicia de Santa Fe resolvió el recurso de queja que fue
presentado por la defensa del ex intendente Marcelo Alvarez, quien
está procesado por estrago culposo, al igual que dos ex funcionarios
municipales: Edgardo Berli (ex ministro de Obras Públicas) y Ricardo
Fratti (ex director provincial de Hidráulica).
El dictamen
emitido desde el máximo tribunal de Justicia ordenó, por
unanimidad, que el expediente vuelva al tribunal de origen, el de
Sentencia Nº 6, a cargo del juez Octavio Silva, y sea ese magistrado
quien resuelva si la causa está prescripta. En caso de que no
prescriba, deberá dictar sentencia para los tres ex funcionarios, lo
cual aceleraría la definición del caso.
"Corresponde
remitir los autos principales en forma urgente al tribunal de origen
para que proceda inmediatamente a continuar con la tramitación de la
causa según su estado y al dictado de la sentencia", expresa la
resolución de la Corte.
Si bien el máximo
tribunal santafesino ordenó que el expediente continúe en primera
instancia, la defensa de Alvarez -a cargo de Pablo Guastavino- podrá
apelar la resolución, dentro de un plazo de días, y recurrir en
queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Por otro lado, y
en el hipotético caso de que la causa prescriba -y si la defensa
de Alvarez no recurre a la Corte nacional-, en el Juzgado de
Sentencia, la Fiscalía -a cargo de Mariela Jiménez- podría apelar
la medida y nuevamente sería la Cámara de Apelaciones quien
resolvería y, luego, la Corte provincial.
Idas y vueltas en
la causa
La resolución de
la Corte surgió en 2014 cuando el juez de Sentencia 3, Cristian Fiz,
rechazó el pedido de prescripción que impulsó el abogado defensor
del ex intendente Alvarez.
Ese dictamen fue
apelado en la Cámara de Apelaciones. Y, en 2014, el organismo
judicial de segunda instancia se expidió y declaró la excepción de
prescripción de la acción penal que planteó la defensa ya que la
consideró como "extemporánea". A ese fallo de la Cámara,
la defensa volvió a apelarlo mediante un recurso de
inconstitucionalidad que volvió a ser rechazado por un tribunal de
alzada en marzo de 2015 ya que lo calificó de "inadmisible".
Seis meses
después, cuando la causa se volvía a tramitar en el Juzgado de
Sentencia, los defensores volvieron a plantear el sobreseimiento de
Alvarez. Y fue rechazado.
La causa volvió
a ser apelada en segunda instancia donde en junio del 2016 se volvió
a hacer lugar a que el expediente regrese al juzgado original. Y
volvió a ser rechazado por la defensa del ex jefe municipal y fue
derivado a la Corte, que lo admitió en febrero pasado. Ahora, el
máximo tribunal ordenó que vuelva a primera instancia y que el juez
dirima un nuevo episodio en el laberinto judicial de la inundación
de 2003.
Del ministro de
Justicia
"Cuando uno
habla de impunidad, habla de la falta de sentencia". Así de
duro se pronunció ayer el ministro de Justicia provincial, Ricardo
Silberstein, en relación al fallo de la Corte Suprema. "Es
inaceptable que uno de los temas que justificó la Reforma del Código
Procesal Penal fue que nunca más tengamos procesos de duren más de
15 años", precisó. Y argumentó que la impunidad tiene dos
niveles: cuando no se aplica una pena cuando corresponde y que no se
dicte sentencia.
Fuente:
Inundaciones 2003: el juez deberá definir si la causa prescribe, 03/08/17, La Capital.
No hay comentarios:
Publicar un comentario