miércoles, 1 de febrero de 2017

Agua, aire y suelo en riesgo

 

por Raúl A. Estrada Oyuela

La autoridad de la Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) que debe recomponer el agua, el aire y el suelo de ese sistema, padece en un proceso severo de obsolescencia inducida desde el poder, que conociendo lo que debe hacerse para cumplir las mandas judiciales, omite hacerlo.

El 29 de diciembre último, la Corte Suprema de Justicia ordenó que el 1 de marzo ACUMAR eleve un informe que detalle, “en forma sintética y precisa”, un calendario a corto, mediano y largo plazo para cada uno de los objetivos del Plan Integral de Saneamiento Ambiental (PISA). Ese plan es un mandato de la Corte al gobierno nacional y los gobiernos de la CABA y la provincia de Buenos Aires, contenido en un fallo de junio de 2006. No se advierte quién ni cómo podrá cumplir esa orden un órgano que está virtualmente acéfalo.

La Corte reclama ese informe porque en la audiencia realizada el 30 de noviembre “constató deficiencias en el cumplimiento” del PISA. Esto es crónico, ya ocurrió en audiencias anteriores con distintos titulares de la cartera de ambiente. A esta última, convocada con sobrada anticipación, el entonces Presidente Ejecutivo de ACUMAR no asistió porque estaba de viaje, lo que se parece mucho a un desacato. Semanas después se supo que había renunciado. El Ministro de Ambiente, que el 30 de noviembre era Presidente de ACUMAR pero ya no lo es, intentó una presentación de generalidades que la Corte interrumpió para llamar a subalternos que tampoco pudieron informar satisfactoriamente.

Con la presidencia ejecutiva de ACUMAR vacante, el Poder Ejecutivo introdujo un nuevo factor de confusión. En el artículo 7 del Decreto de Necesidad y Urgencia 2/2017, dictado para crear los ministerios de Hacienda y de Finanzas, le sacó al Ministro de Ambiente la presidencia de ACUMAR, y estableció que ese cargo lo ejercerá un funcionario con jerarquía de Secretario. Ese DNU no lleva la firma del ministro despojado. Conforme el artículo 99, inciso 3 de la Constitución Nacional, los DNU deben hacerse en acuerdo de ministros. Entre 2003 y 2015 hubo muchos DNU pero ninguna reunión de gabinete donde deberían producirse los acuerdos. En la fecha del DNU 2/2017 el Presidente se encontraba en la Patagonia y varios ministros de vacaciones. El acuerdo de ministros debe haberse hecho por whats app.

En cambio el Ministro Bergman sí firmó el 11 de enero el decreto 28/2017 que designa a su reemplazante, la diputada González. Por el DNU 2103/2013 el gobierno anterior también le había sacado la presidencia de ACUMAR al entonces Secretario de Ambiente. Esto fue objetado de inconstitucional por el PRO desde el gobierno de la CABA. La reciente ley de ministerios, adoptada vía DNU, le devolvió al Ministro de Ambiente el cargo que ahora se le retira. El DNU 2/2017 no indica en que ámbito queda la ACUMAR, razón por la cual impera el artículo 1 de la ley de creación del organismo, y la diputada González estará subordinada al Rabino Bergman, al menos teóricamente.

Lo que no parece resuelto es el requisito del artículo 72 de la Constitución, que dice que “Ningún miembro del Congreso podrá recibir empleo o comisión del Poder Ejecutivo, sin previo consentimiento de la Cámara respectiva”. No hay constancia que esa autorización se haya otorgado y esta claro que no habrá sesiones hasta el 1° de marzo, cuando estará vencido el plazo otorgado por la Corte.

Versiones periodísticas indican que la diputada González ha renunciado, pero sobre esto no hay certeza, el Congreso está en receso, no se han producido la aceptación de la renuncia ni el reemplazo de la legisladora que son los pasos que perfeccionarían esa renuncia. Entre tanto la designación podría ser objetada por nula.

El 18 de febrero de 2016, el juez federal Canicova Corral nombró a la diputada González interventora en el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos, cargo que desempeñó con notable repercusión pública, pero la Constitución no impone a los jueces la limitación que el art.72 establece para el Poder Ejecutivo. Tampoco está claro que la diputada haya cesado en ese cargo.

Un pilar del sistema ideado por la Corte para asegurar el cumplimiento de su fallo es el Defensor del Pueblo de la Nación, pero este cargo creado por la Constitución Nacional se encuentra acéfalo desde 2009, cuando terminó el mandato de quien entonces era su titular. El congreso ha recibido exhortaciones del Poder Judicial para que designe al nuevo defensor pero puede asumirse que no existe interés político en hacerlo.

Esta situación de obsolescencia prematura perpetúa la contaminación del suelo, del aire y del agua de la Cuenca Matanza Riachuelo, y afecta la salud y la expectativa de vida de los habitantes y los trabajadores expuestos. En mi opinión esa situación no se resuelve porque desde el poder se prefiere evitar el costo de controlarla, reducirla y suprimirla, para proteger en cambio los beneficios que derivan de aquello que la teoría económica llama externalidades negativas y en el lenguaje popular suele decirse “que lo pague Dios”.
Raúl A. Estrada Oyuela. Presidente de la Academia Argentina de Ciencias del Ambiente
Fuentes:
Raúl A. Estrada Oyuela, Agua, aire y suelo en riesgo, 30/01/17, Clarín. Consultado 31/01/17.
La obra de arte que ilustra esta entrada es "El Riachuelo", 1916, óleo sobre tela, 72,3 x 84,5 cm, Museo Nacional de Bellas Artes. Del pintor, grabador y escenógrafo argentino Pio Collivadino (1869- 1945).

No hay comentarios:

Publicar un comentario