La Cámara Civil de Villa María reconoció el derecho de un grupo de vecinos a tramitar un amparo colectivo en defensa del ambiente. Es en contra de la Municipalidad y del responsable del fideicomiso que construye el edificio Amalfi en la costanera.
El 28 de julio último, la Cámara Civil de Villa María resolvió “admitir la demanda y establecer el carácter colectivo del presente proceso de amparo”, ordenando que el proceso judicial se categorice como “amparo ambiental”.
La resolución de los jueces Augusto Camissa y Sebastián Monjo es a raíz de un pedido de vecinos del barrio Palermo que adujeron que la obra del edificio Amalfi atenta contra el medio ambiente.
Concretamente, Mario Guillermo Destéfanis, Jorge Ramón Teobaldi y Adrián Gabriel Mezzano -presidente del centro vecinal del barrio Palermo-, asesorados por el abogado Lisandro Caronni, se presentaron ante la Justicia el 6 de junio último para interponer una demanda de amparo ambiental en contra de la Municipalidad de Villa María y de Nicolás Bertello, en su carácter de fiduciario del Fideicomiso Amalfi I.
La Justicia los admitió para hacer el reclamo de manera colectiva y además hizo otra resolución por la cual le ordena a la Municipalidad que suspenda la obra, como medida cautelar, por el plazo de seis meses mientras se sustancia el amparo.
“Es una orden de no innovar, en virtud de lo cual se debe comunicar a la Municipalidad de Villa María para que de inmediato se impida la prosecución de toda construcción y la iniciación de obra nueva en el terreno situado entre las calles Garay y avenida costanera”, explicó Lisandro Caronni, el abogado de los vecinos del barrio Palermo.
En este punto, hay un dato llamativo: la Justicia notificó a la Municipalidad de Villa María que debía ordenar la paralización de la construcción el 2 de agosto, y el 10 de agosto envió una nueva notificación para que certifique en un plazo de 48 horas si cumplió con la medida.
Ya vencidos los plazos, se pudo conocer que aún no informaron nada a la Cámara Civil, a la par de que los demandantes y aseguraron que las obras continuaron, al menos hasta el viernes último.
Encrucijada
El edificio que se construye a la vera del río fue autorizado por la Municipalidad, teniendo en cuenta para tal autorización un plano con una línea de ribera provisoria. Según ese dato, la torre cumplía con todos los requisitos.
Cabe aclarar que la línea de ribera está determinada por Recursos Hídricos de la Provincia a través de mediciones que indican cuál es el espacio que puede llegar a ocupar el río en tiempos en que tiene mayor caudal. Las disposiciones municipales y provinciales establecen que para construir hay que hacerlo a 35 metros de esa línea.
Después que estaba erigido el esqueleto del edificio Amalfi llegó un informe con la línea de ribera definitiva, la que estableció que la obra estaba ocupando “el territorio del río”.
Este último informe obligó a la Municipalidad a detener la construcción.
Obviamente que el escenario era por demás complicado: por un lado, la obra estaba avanzada, lo que representó una inversión millonaria; y por el otro, la construcción estaba invadiendo al río.
Para salir de esa encrucijada, el Concejo Deliberante aprobó, el 10 de mayo de este año, una ordenanza “a medida” de la situación.
Esa ordenanza, la número 7.711, dispone que “todas aquellas construcciones y/o operaciones de agrimensura que se encuentren finalizadas o en ejecución al día de la fecha, que linden con el río Ctalamochita y/o con avenida costanera, y cuyo permiso de construcción se haya otorgado con una línea de ribera provisoria visada por la Administración Provincial de Recursos Hídricos, podrán proseguir el trámite hasta el final de obra correspondiente con prescindencia de la eventual línea de ribera definitiva determinada por la Administración Provincial de Recursos Hídricos, en caso de que ésta sea posterior”.
En otro artículo de la misma norma dicen que de aquí en más, no se habilitarán construcciones hasta que no presenten la demarcación definitiva de la línea de ribera.
Esta ordenanza permitió a los constructores continuar con el edificio que estaba paralizado; pero motivó a los vecinos que se oponen a tal construcción, a volver a la Justicia.
Amparo ambiental
A raíz de ese reclamo judicial, la Cámara Civil de Villa María les reconoció la legitimidad para pedir un amparo colectivo.
Destacaron que “los bienes cuya tutela se persigue son, principalmente, el derecho constitucional a gozar de un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano (Art. 41 CN), la conservación de los recursos naturales y culturales y a los valores estéticos que permitan asentamientos humanos dignos (Art. 66 CP) y la conservación del estado natural del río Ctalamochita”.
Los magistrados entienden que los vecinos están legitimados para hacerlo de manera colectiva, entre otras razones, porque uno de ellos, Mezzano, es presidente del centro vecinal.
Fuente:
Admitieron el amparo colectivo de vecinos y ordenaron parar la obra, 15 agosto 2021, El Diario del Centro del País.
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