martes, 31 de julio de 2018

Ordenaron la detención de los militares condenados por la voladura de la Fábrica Militar Río Tercero


El Tribunal Oral Número 2 de Córdoba, dispuso el jueves la inmediata detención de los cuatro militares condenados por la voladura de la Fábrica Militar en noviembre de 1995. Por otra parte, el expresidente Carlos Menem, quedó más cerca de ser juzgado por la misma causa, al rechazar una cámara de apelaciones un recurso presentado por la defensa del exmandatario...

El Tribunal Oral Federal 2 de Córdoba dispuso en la jornada del jueves la "inmediata detención" de los cuatro militares condenados en 2014.

"Ordénese la inmediata detención de los acusados Jorge Antonio Cornejo Torino, Marcelo Diego Gatto, y su posterior traslado y alojamiento en la Unidad Penitenciaria Nº 16 - Señor Virgen del Milagro - de la provincia de Salta (...)", señala un párrafo del decreto de resolución. Y a renglón seguido, agrega: " (...) y la inmediata detención de Carlos Jorge Franke y Edberto González de la Vega, y su posterior traslado y alojamiento, en el complejo federal nº 1 - Ezeiza de la Provincia de Buenos Aires (...)"

Cornejo Torino y Gatto, eran director y jefe de producción, respectivamente, de la planta estatal, cuando se produjo la voladura de la misma, ocasionando siete víctimas fatales, cuantiosos daños materiales y más de 300 heridos en la ciudad.

Franke y González de la Vega, se desempeñaban en cargos jerárquicos de la Dirección General de Fabricaciones Militares. El último, también en noviembre del '95, luego de que se produjeran las explosiones del material que había sido almacenado en el polígono de tiro de la industria, el viernes 24, relevaba interinamente a Cornejo Torino al frente de la industria.

Luego de 19 años, en 2014, se celebraría el juicio en la ciudad de Córdoba. El tribunal que ahora ordenó la detención, condenaba a 13 años de prisión para Jorge Antonio Cornejo Torino, Carlos Franke y Edberto González de la Vega, y le imponía una pena de 10 años a Marcelo Gatto. El delito: "estrago doloso agravado por la muerte de personas"

Los jueces habían concluido que lo sucedido había sido "un atentado provocado de modo intencional, organizado y direccionado, para concretar el móvil del ocultamiento de pruebas para la investigación del contrabando de material bélico y la consiguiente impunidad de sus autores y cómplices".

La querella, corresponde a las hijas de Ana Gritti, que logró, en su momento, que la causa no se cerrara como un accidente. La letrada, viuda de Hoder Dalmasso, víctima de aquel atentado, falleció en 2011, sin poder presenciar parte del epilogo de esta historia, que fue aquel juicio en donde el tribunal sentenció a los militares.

María Julia y María Eugenia Dalmasso Gritti, están representadas por los abogados Aukha Barbero, Ricardo Monner Sans y Horacio Viqueira.

Menem, más cerca de un juicio

En mayo, la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba había confirmado, por dos votos a uno, que correspondía mantener el procesamiento de Carlos Menem.

La novedad, ahora, es que la misma cámara, rechazó un recurso de apelación que el abogado del exmandatario había presentado.

En 2013, el juez de Río Cuarto, Carlos Ochoa, había procesado al expresidente, pero ante una apelación de la defensa, la cámara había dictado la falta de mérito de Menem.

El mismo tribunal de alzada, pero con otra composición, ante una presentación de la parte querellante y de la fiscalía, como está expresado, decidió dejar en firme el procesamiento.

Señala en un párrafo de la resolución: “SE RESUELVE: Por mayoría: I. CONFIRMAR la resolución dictada con fecha 12 de agosto de dos mil trece y su aclaratoria de fecha 14 de agosto de dos mil trece, por el señor Juez Federal de Río Cuarto en cuanto ordenó el procesamiento sin prisión preventiva de Carlos Saúl Menem (D.N.I. 6.705.066), en orden al delito de Estrago Doloso agravado por muerte de persona, MODIFICANDO el grado de participación atribuido al nombrado, que se fija en términos de autoría mediata".

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