lunes, 13 de marzo de 2017

Investigan contaminación con un cancerígeno en cercanías del Suquía

Detectaron volcamientos de cromo hexavalente en dos curtiembres de camino a Chacra de la Merced. Al menos dos familias lo relacionan con enfermedades. Un fiscal interviene de oficio.

por Javier Cámara

No era sólo el olor. Las clausuras y los allanamientos realizados en las últimas semanas en dos curtiembres ubicadas en el camino a Chacra de la Merced, a la altura del kilómetro 3 y 1/2, en el degradado extremo este de la ciudad de Córdoba, permitieron a las autoridades advertir que el problema no era sólo el olor nauseabundo que emanaba de esos establecimientos.

Una alta fuente judicial aseguró que está prácticamente confirmado que en las muestras de líquidos y de suelo tomadas en el predio y cerca de las curtiembres se encontró cromo hexavalente.

De acuerdo con la calificación de la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (Iarc), que depende de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el cromo hexavalente es una sustancia cancerígena por ingestión, inhalación o absorción a través de la piel.

La producción de una curtiembre también requiere el uso de ácidos altamente contaminantes.

Lo que más preocupación ha provocado en los investigadores es que los efluentes de las dos instalaciones (distantes 150 metros una de la otra) son volcados, desde hace varios años, en un canal y en una pequeña laguna que desaguan en el río Suquía.

La investigación
La Fiscalía de Distrito 3 Turno 6, a cargo de Carlos Matheu, investiga de oficio la probable comisión del delito de contaminación por parte de los propietarios de estos establecimientos.

Fuentes judiciales informaron que el Centro de Investigación en Ingeniería Química Ambiental, de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN), entregará en breve el resultado final de los análisis de las muestras secuestradas semanas atrás. No obstante, adelantaron que un informe preliminar reveló un resultado positivo acerca de la presencia de la sustancia.


En distintos procedimientos, el Ministerio Público Fiscal de la Provincia, la Policía Ambiental y la Justicia de Faltas de la Municipalidad de Córdoba clausuraron los dos establecimientos e identificaron a los dueños o responsables como Carlos Alberto Zelaya y Jorge Ricardo Gawuryn.

En el caso de Gawuryn, hace casi una década que desarrolla esta actividad a pesar de las permanentes denuncias de vecinos. En el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 14 de febrero de 2008 se publicó una resolución del Ministerio de Obras y Servicios Públicos a través de la cual se le imponía una multa por no haber cumplido con emplazamientos “para regularizar la descarga de efluentes líquidos”.

Cuando un fotoperiodista de este diario se acercó al establecimiento de Gawuryn para recabar información, un individuo salió y profirió insultos. Le achacó a La Voz que la información publicada en febrero pasado “dejó a varias familias sin trabajo”.

Con Zelaya, el dueño de la otra curtiembre que trabaja hace cuatro años en varios galpones deteriorados, no hubo comunicación.

Testigos con miedo
En la Fiscalía de Matheu ya se recogieron más de 15 testimonios de vecinos. Aportaron información coincidente acerca de lo complicado que resulta vivir en ese sector a raíz del hedor que emana de las curtiembres.

Además, al menos dos familiares denunciaron y exhibieron en la Fiscalía certificados médicos de chicos que presentan problemas neurológicos y renales.

Fuentes del Ministerio Público señalaron que todavía no se ha podido establecer una relación directa de las patologías denunciadas con las emanaciones y la actividad de las curtiembres, pero no lo descartaron.

Este diario habló con los integrantes de tres familias damnificadas. Pidieron no ser identificados por temor a represalias.

Aquí no se vive con normalidad porque no se puede respirar con normalidad”, dijo una de las vecinas. Y agregó: “Las alergias y las erupciones en la piel las padecemos todos”.

Para otra, “el olor es insoportable y se agrava los días de lluvia o con mucha humedad porque el agua corre en los canales y remueve la podredumbre que tiran”.

Coincidió con otro vecino, que contó que denunciaron esta situación “desde hace años”.

Por otra parte, desde la Justicia de Faltas de la Municipalidad confirmaron que ninguno de los empleados de las firmas está registrado. La Fiscalía también investiga esta situación.

Cómo es el procedimiento para curtir cuero

El proceso comienza con la compra de cuero de animales recién faenados a frigoríficos o a establecimientos ganaderos. Eso llega en camiones que usan el camino a Chacra de la Merced donde no hay controles ruteros.

De acuerdo con testimonios, en los establecimientos investigados se trabaja de manera idéntica.

El proceso comienza con la compra de cuero de animales recién faenados a frigoríficos o a establecimientos ganaderos. Eso llega en camiones que usan el camino a Chacra de la Merced donde no hay controles ruteros.

Los cueros llegan muchas veces con sangre animal que se pudre y exhala olor. El segundo paso consiste en introducir las pieles vacunas a “fulones” (cilindros que parecen lavarropas gigantes).

Allí se les coloca sulfuro que quita del cuero todo el pelaje. Luego se agrega ácido y cromo que completa la “limpieza”. La sustancia restante se vuelca en canales a cielo abierto.

Qué dice la ley

Detectaron volcamientos de cromo hexavalente en dos curtiembres de camino a Chacra de la Merced. Está descripto en tres artículos de la Ley Nacional de Residuos Peligrosos 24.051.

El delito de contaminación ambiental está descripto en tres artículos de la Ley Nacional de Residuos Peligrosos 24.051.

Artículo 55°. Señala que “será reprimido con las mismas penas establecidas en el artículo 200 del Código Penal, el que, utilizando los residuos a que se refiere la presente ley, envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general”. Agrega el mismo artículo que “si el hecho fuere seguido de la muerte de alguna persona, la pena será de 10 a 25 años de reclusión o prisión”.

Artículo 56º. Prevé prisión “cuando alguno de los hechos previstos en el artículo anterior fuere cometido por imprudencia o negligencia o por impericia en el propio arte o profesión”.

Artículo 57°. Señala detalles al respecto: “Cuando alguno de los hechos previstos en los dos artículos anteriores se hubiesen producido por decisión de una persona jurídica, la pena se aplicará a los directores, gerentes, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, administradores, mandatarios o, representantes”.

Fuentes:
Javier Cámara, Investigan contaminación con un cancerígeno en cercanías del Suquía, 12/03/17, La Voz del Interior. Consultado 13/03/17.
Cómo es el procedimiento para curtir cuero, 12/03/17, La Voz del Interior. Consultado 13/03/17.
Qué dice la ley, 12/03/17, La Voz del Interior. Consultado 13/03/17.

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