jueves, 26 de febrero de 2015

La municipalidad de Córdoba decretó la emergencia climática

Debido al anegamiento que sufrieron barrios y calles se tomó la medida que permanecerá vigente por las próximas 48 horas.

En las últimas horas el Poder Ejecutivo municipal decidió decretar el estado de alerta y emergencia climática para la ciudad de Córdoba en el marco de la Ordenanza N° 12.031 y su Decreto Reglamentario N° 1.667/12.

Según se informó a través de un comunicado, la decisión tendrá vigencia para las próximas 48 horas y responde a "las condiciones meteorológicas que tienen lugar durante el día de la fecha en el éjido de la Ciudad".

El escrito admite que las inclemencias del clima en las últimas horas ha generado daños a la población y a los bienes públicos y privados.

"A raíz de dicha situación existen numerosos requerimientos por lesiones a la población, obstrucciones e intransitabilidad de la vía pública, deterioro de infraestructura urbana y anegamiento de viviendas", señaló el comunicado.

Mestre visitó a los evacuados de la ciudad
Luego de la gran cantidad de agua que cayó en la madrugada del miércoles, se debieron evacuar, según el último reporte, más de un centenar de personas que fueron trasladadas al Polideportivo General Paz.

Allí se hizo presente el intendente Ramón Mestre junto a personal de Defensa Civil para interiorizarse de situación de los vecinos evacuados y evaluar el estado en el que se encuentra el cruce Vado Sargento Cabral.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE CÓRDOBA, DR. RAMÓN JAVIER MESTRE DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- DECLÁRESE a partir de la fecha del presente Decreto, y por el término de cuarenta y ocho (48) horas, el estado de alerta y emergencia climática en el ejido municipal de la Ciudad de Córdoba.
ARTÍCULO 2°.- ENCOMIÉNDASE a las áreas pertinentes la elaboración de diagramas de emergencia, conforme a la normativa vigente, y con la afectación de personal, de recursos y de medios materiales necesarios para su ejecución.
ARTÍCULO 3°.- INSTRÚYESE al Secretario de Gobierno, Participación Ciudadana y Desarrollo Social para que disponga las acciones referidas a la prevención y protección de la población, ante la situación de emergencia que por el presente se declara mediante la aplicación del Fondo Permanente de Asistencia para Situaciones de Infortunio,Catástrofe o Grave Peligro Público (Ordenanza N° 12.031 y Decreto N° 1.667/12).
ARTÍCULO 4°.- ENCOMIÉNDASE a la población a hacer un uso racional de la energía eléctrica y del agua potable, evitar la disposición en la vía pública de residuos domiciliarios para evitar la obstrucción de bocas de tormenta, así como escombros u otros residuos que puedan ocasionar atascos, y extremar las precauciones por el peligro de cables caídos de la red eléctrica y caída de árboles y ramas, sin perjuicio de otras medidas que se comuniquen por la autoridad competente.
ARTÍCULO 5°.- DISPÓNESE la generación de condiciones de albergue adecuado para la población evacuada de manera preventiva y aquellos afectados por la pérdida o daños de sus viviendas.
ARTÍCULO 6°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese, tomen conocimiento las Secretarías y Organismos de Directa dependencia del Departamento Ejecutivo; pase a conocimiento del Concejo Deliberante, y ARCHÍVESE.

La municipalidad de Córdoba decretó la emergencia climática, 26/02/15, cba24n.com.ar. Consultado 26/02/15.

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