jueves, 3 de enero de 2013

Río Cuarto también limita fumigaciones

Una ordenanza fija nuevas regulaciones a la actividad agropecuaria cercana al radio urbano. Sobre todo, incidirá en las aplicaciones de agroquímicos con avión.

por Denise Audrito

Río Cuarto. Al ordenar el uso del suelo en el nuevo ejido urbano de Río Cuarto, el Concejo Deliberante fijó nuevas exigencias ambientales para complementar la prohibición de fumigaciones aéreas con agroquímicos en proximidades de zonas urbanas, ya establecida por ley provincial (ver mapa).

De esta manera, se suma a las 18 localidades de la provincia de Córdoba que ya legislaron normas locales para regular y/o restringir esta actividad.

El ejido urbano de Río Cuarto pasó de 64 a 240 hectáreas, y casi el 90 % del área incorporada es rural.

El cuerpo deliberativo tomó en cuenta el posible crecimiento urbano y determinó “zonas de anexión”.

A partir de estas y en una franja de 800 metros se delimitó la “zona agropecuaria 1” y, a continuación, la “zona agropecuaria 2”.

En todas esas superficies está expresamente prohibida la fumigación aérea, con cualquier tipo de agroquímico.

Desde la Universidad Nacional de Río Cuarto, organizaciones como la Juventud Libres del Sur, consideraron “un logro en la lucha” la prohibición de fumigaciones en la zona 1 y 2, pero opinaron que 800 metros de prohibición es insuficiente y debería llevarse a mil metros. Otros sectores ambientalistas apuntaron que la norma variará muy poco la realidad práctica actual.

Más estudios. El concejal opositor Eduardo Scoppa indicó que la llamada zona agropecuaria 1 que en gran parte hoy es ocupada por producciones agrícolas o frutihortícolas, “estará sujeta a estudios más rigurosos para avanzar en un diagnóstico del suelo”.

“No es que en esa área pegada a barrios cada productor va a hacer lo que quiera. Deberá solicitar un permiso de uso del suelo y, tras una serie de análisis y estudios de impacto ambiental, se lo podrán otorgar sujeto a determinadas condiciones. También habrá una serie de controles cruzados (del Consejo de Control y Preservación del río Cuarto y del Instituto Municipal de Planificación Urbana) y auditorías ambientales”, explicó.

En febrero proseguirán las reuniones para redactar un capítulo especial referido al control de las fumigaciones manuales, porque en la mayoría de las quintas para horticultura se fumiga con mochila.

Scoppa dijo que “en vez de utilizar el criterio de la distancia en kilómetros desde área poblada, se prevé trabajar en terreno y recorrer cada área para legislar tomando como referencia caminos o lotes porque es muy irregular el territorio y hay particularidades que se deben tener en cuenta”.

Comentó que, entre otras metas, se estableció como objetivo que en un plazo de ocho años se reduzca la utilización de agroquímicos y avanzar en producción orgánica, “ir corriendo la frontera de utilización de productos químicos y paralelamente fomentar otro tipo de prácticas”.

“Más que una regulación o restricción, lo que tenemos que hacer en Río Cuarto es un ordenamiento porque el Estado no ha tenido presencia hasta hoy en estas tierras, en las que tenemos desde producciones agropecuarias hasta hornos de ladrillos en los que viven familias. Hay que tomar conocimiento, trabajar en cada lugar para incorporar al territorio a las políticas de la ciudad”, dijo.

Francisco Dell Agnola, de Libres del Sur, acotó que en el 2013 las organizaciones ambientalistas harán aportes para mejorar la ordenanza y reclamarán “una consulta popular para que se garantice el cuidado de la salud”.

Normas propias

Río Cuarto. La norma sancionada en Río Cuarto no impone muchas más restricciones que la que fija la ley provincial de agroquímicos, aunque ajusta el criterio para fumigaciones aéreas.

Las que legislaron. Hay 19 localidades cordobesas que dictaron mayores restricciones que la ley provincial. Son: San Francisco, Oliva, Oncativo, Alta Gracia, Huinca Renancó, Villa General Belgrano, San Marcos Sierras, Villa María, Mendiolaza, Jesús María, General Baldissera, Estación Juárez Celman, Toledo, Anisacate, Las Calles, Villa Ciudad Parque, Achiras y Las Bajadas.

Ordenanzas y fallos, por una ley que no alcanza

Son ahora 19 las localidades cordobesas que han legislado por su cuenta para restringir fumigaciones en campos vecinos a sus zonas urbanas.

por Fernando Colautti

Son ahora 19 las localidades cordobesas que han legislado por su cuenta para restringir fumigaciones en campos vecinos a sus zonas urbanas. Son ahora cuatro las causas judiciales en proceso en Córdoba por denuncias de aplicaciones supuestamente ilegales de agroquímicos al lado de viviendas.

Con el actual escenario, se sumarán cada vez más poblaciones con restricciones propias, más severas que la que impone la ley provincial sancionada en 2004, lo que genera confusiones y hasta contradicciones normativas.

También es imaginable que, tras el juicio por el capitalino barrio Ituzaingó, que marcó la cancha, cada vez haya más denuncias y causas judiciales por fumigaciones pegadas a radios urbanos. En ese marco, habrá más fallos de jueces que terminen fijando límites, más allá de los que marca la ley.

En Córdoba, el cuadro se pinta de esos colores porque la ley de agroquímicos vigente no alcanza para garantizar que la producción no sea un valor superior al de la salud. O, en todo caso, porque los controles para hacerla cumplir resultan insuficientes.

Ya no sólo los vecinos que viven a metros de campos fumigados están preocupados.

Ahora, los productores rurales y entidades ligadas al agro no ocultan su inquietud. Advierten, por ejemplo, que tras las condenas por el caso de barrio Ituzaingó hay agrónomos que ya no quieren firmar recetas de aplicaciones por temor a ser denunciados. Marcan que siempre se rigieron por la ley provincial de agroquímicos, pero que en ese juicio se aplicó la ley nacional de residuos peligrosos.

El debate está bien abierto porque las normas se ven superadas por la realidad y las reglas de juego se confunden.

Pero si no asoma una limitación general y razonable sobre todas las zonas periurbanas y las escuelas rurales, ese cuadro no variará.

Qué dice la ley provincial de agroquímicos

La ley provincial ya establece la prohibición de fumigación aérea dentro de los 1.500 metros que circundan zonas pobladas.

Donde no hay ordenanzas propias, los pueblos y ciudades se deben regir por la Ley Provincial de Agroquímicos 9164, vigente desde 2004. Prohíbe toda fumigación aérea a menos de 1.500 metros de zonas pobladas. Y a las terrestres las restringe parcialmente, estipulando que en los 500 metros vecinos a viviendas no pueden aplicarse algunos productos, aunque sí permite otros, considerados como de menor riesgo tóxico.

De todas maneras, para esas pulverizaciones terrestres pegadas a áreas pobladas, la ley exige que se cumplan varios requisitos (climáticos, técnicos y de aplicación mediante un profesional autorizado y con maquinarias habilitadas), más un control de la comuna o municipio.

Hace una semana se difundió un estudio según el cual el 51 % de un grupo de vecinos relevados en barrio Parque San Juan, de la ciudad de Alta Gracia, posee alguna afección que podría vincularse con la exposición a las fumigaciones con agroquímicos en campos pegados a esa zona urbana. El estudio fue realizado por la cátedra de Alergia e Inmunología del Hospital de Clínicas (Universidad Nacional de Córdoba (UNC).

Denise Audrito, Río Cuarto también limita fumigaciones, 03/01/13, La Voz del Interior. Consultado 03/01/12.
Fernando Colautti, Ordenanzas y fallos, por una ley que no alcanza, 03/01/13, La Voz del Interior. Consultado 03/01/12.
Qué dice la ley provincial de agroquímicos, 03/01/13, La Voz del Interior. Consultado 03/01/12.

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