Ley Nº 24.605
Declárase el 27 de septiembre de cada año: "Día Nacional de la Conciencia Ambiental" .
Fecha sanción: 7/12/1995
Fecha publicación: 10/1/1996
Artículo 1°: Declarar 'Día Nacional de la Conciencia Ambiental' el 27 de septiembre de cada año en memoria de las personas fallecidas como consecuencia del escape de gas cianhídrico ocurrido en la ciudad de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, el 27 de septiembre de 1993.
Artículo 2°: A partir de la vigencia de la presente ley, todos lo años en dicha fecha se recordará, en los establecimientos educativos primarios y secundarios, los derechos y deberes relacionados con el ambiente mencionados en la Constitución Nacional.
Artículo 3°: Las autoridades públicas que correspondan, adoptarán las medidas pertinentes destinadas al permanente recordatorio de las víctimas fatales.
Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
El cuidado del medio ambiente es una obligación primaria de todos los habitantes del mundo, especialmente de aquellos a quienes se les confían responsabilidades de gobierno. El cuidado del ambiente no es una abstracción filosófica o un espacio a ocupar en los calendarios escolares, es sin duda, la más moderna y categórica forma del cuidado de la vida. Es la herramienta fundamental para preservar la vida humana. La conmemoración de este día debiera ayudarnos a reconocer la importancia del cuidado de nuestra parte del planeta en que vivimos, para nosotros y para las generaciones venideras.
El 27 de septiembre de 1993, en la ciudad de Avellaneda, un escape de gas cianhídrico ocasionó una tragedia en la que perdieron la vida siete personas y el profesionalismo de los bomberos intervinientes impidió que hubiera más victimas. A raíz de este hecho luctuoso, en 1995 se promulgó por Ley declarar Día Nacional de la Conciencia Ambiental el 27 de septiembre de cada año “en memoria de las personas fallecidas como consecuencia del escape de gas cianhídrico ocurrido en la ciudad de Avellaneda” y que “todos lo años en dicha fecha se recordará, en los establecimientos educativos primarios y secundarios, los derechos y deberes relacionados con el ambiente mencionados en la Constitución Nacional ” como tambien que, “Las autoridades públicas que correspondan, adoptarán las medidas pertinentes destinadas al permanente recordatorio de las víctimas fatales”. No hubiera sido redundante que la Ley tambien contemplara una exhortación al cumplimiento de las normas vigentes, ya en 1993 y cuya aplicación habría impedido este “accidente”.
Pese a la existencia de esta ley y otras más referidas al tema, las autoridades no hacen lo suficiente para crear esta conciencia. Las encuestas afirman que a la mayoría de las personas les preocupa el medio ambiente, pero esto no se palpa en la realidad. No tenemos una cultura ambiental, ni los simples ciudadanos ni los funcionarios con responsabilidades en la materia. Quizás suceda que lo urgente nos impida ver lo importante, cuando en rigor se debiera de resolver las dos situaciones. Sin duda hay problemas importantes que atender, falta de suficientes servicios de salud, educación, vivienda o seguridad, pero estos problemas tiene implícito un competente ambiental.
La tragedia, comenzó cuando Manuel Ruin se sintió enfermo su casa de 25 de Mayo 319, en pleno centro de Avellaneda. Su esposa María Ángela, solicito la ayuda a su hijo Horacio, quien a su vez llamó a su esposa a Rosa Scala. Horacio Nuin solicito la ayuda de Emercor, y cuando llego con la ambulancia sus padres y su esposa estaban muertos.
Pero era solo el primer acto de la tragedia, al ingresar a la casa tambien cayeron muertos quienes pretendían auxiliarlos, la médica Bibiana Otero de Turcutto, el camillero Roberto Voytezko, el enfermero Orlando Cáceres y el propio Horacio Nuin.
La tragedia se debió a una combinación de sustancias tóxicas: alguien desaprensivamente había derramado ácido sulfúrico a las cloacas, y cerca de allí y al mismo tiempo, una empresa arrojo sales de cianuro.
En el agua estancada se formó ácido cianhídrico, cuyo gas escapó por una rejilla de la casa de los Ruin matando a la familia y los socorristas.
El transportista Juan Ernesto García y Juan Manuel Sánchez, dueño del depósito donde se arrojaron ácidos, fueron procesados por el juez Guillermo Roberts, de Lomas de Zamora, por “contaminación seguida de muerte”. Los empresarios Ernesto Pizzio y Luciano Mondolo, por “contaminación”, al haber sido hallados responsables de verter cianuro a las cañerías. Es imprescindible que las autoridades se anticipen a los problemas con medidas que los eviten, no es aceptable que el Estado se limite a la “organización del conflicto” con la recepción de demandas, en algunos casos reiteradas y no brinde las soluciones que las circunstancias requieren. Recientemente (1) en Lomas de Zamora se declaro inaugurado un parque industrial del que se duda reúna los requisitos ambientales y de inocuidad imprescindibles para su funcionamiento. Quizás esta luctuosa efemérides sirva como llamado a la reflexión para dar garantías a los ciudadanos que el predio en cuestión no esconde un peligroso pasivo ambiental.
- La nota fue publicada por el sitio Revista Identidad Urbana el 17/09/2008.
por Osvaldo Nicolás Pimpignano
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