Cuando hablamos de legitimación científica y social,
hablamos del proceso de generalización del conocimiento tecno-científico sobre
cuestiones de alto impacto ambiental.
por Omar Ruiz
La ley 9.526 que prohíbe en el territorio cordobés "la
actividad minera metalífera a cielo abierto con tecnologías a base de cianuro y
toda otra sustancia química contaminante, tóxica y/o peligrosa", fue
impulsada por las asambleas de vecinos autoconvocados y otras organizaciones de
la sociedad civil, preocupadas en proteger el ambiente y la salud de los
cordobeses. La iniciativa fue luego presentada a la Legislatura por el
Poder Ejecutivo.
Fue aprobada en un proceso participativo, en el que Gobierno
y comunidad mostraron una contundente voluntad de resguardo del bien común.
Recientemente, desde sectores empresariales vinculados con
la minería se solicitó al Tribunal Superior de Justicia la declaración de la
inconstitucionalidad de esa norma.
Como lo expone en su presentación ante el Tribunal Superior
el biólogo Raúl Montenegro, en su calidad de "tercero interesado", la
ley 9.526 obedece al mandato constitucional: "Todos los habitantes gozan
del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y
para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin
comprometer las de las generaciones futuras, y tienen el deber de preservarlo.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización
racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y
cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación
ambientales".
La preocupación ambiental que diera origen a la mencionada
ley y a otras muchas normas provinciales de igual sentido vigentes en el
territorio nacional es compartida y fortalecida en su legitimación científica y
social por la resolución B7-0240/2010 del Parlamento Europeo, que estableció
-en mayo de este año- la prohibición del uso de tecnologías mineras a base de
cianuro.
Cuando hablamos de legitimación científica y social,
hablamos del proceso de generalización del conocimiento tecno-científico sobre
cuestiones de alto impacto ambiental y de procesos de toma de conciencia social
que día a día se extienden a nivel planetario.
Nivel de conciencia que niega que esta coincidencia en
decisiones normativas -por parte de estados independientes en la defensa de la
vida- suponga una "vulneración de autonomías locales", como
tramposamente expresa la medida de rechazo por parte del Mercosur a la
resolución del Parlamento Europeo.
Aportes. Rescatamos algunos considerandos de la resolución
de la UE B 7-0240/2010:
"Considerando que el cianuro es una sustancia química altamente tóxica
utilizada en la minería del oro y que, en el Anexo VIII de la directiva marco
sobre política de aguas está clasificado como uno de los principales
contaminantes y puede tener un impacto catastrófico e irreversible en la salud
humana y en el medio ambiente y, por ende, en la diversidad biológica (...)
considerando que el uso de cianuro en minería crea poco empleo y sólo por un
período de entre 8 y 16 años, pero puede provocar enormes daños ecológicos
transfronterizos que, por lo general, no son reparados por las empresas
explotadoras responsables, que suelen desaparecer o declararse en quiebra, sino
por el Estado correspondiente, es decir, por los contribuyentes", señala.
La resolución puntualiza que es necesario extraer una
tonelada de material para producir dos gramos de oro, lo que genera una enorme
cantidad de residuos mineros en las zonas de extracción, mientras que entre 25
y 50 % del oro se queda finalmente en la pila de residuos. Señala,
además, que los proyectos mineros de gran escala que emplean cianuro utilizan
varios millones de kilogramos de cianuro de sodio al año, y que un fallo en su
transporte y almacenamiento puede tener consecuencias catastróficas.
Recuerda también las enérgicas protestas públicas contra los
proyectos mineros en curso en Europa (...).
Y en lo resolutivo, marcamos el párrafo central: "Pedir
a la Comisión
que proponga la prohibición completa del uso de las tecnologías mineras a base
de cianuro en la Unión
Europea antes de fines de 2011".
Las Naciones Unidas han declarado 2010 como el "Año
Internacional de la
Biodiversidad ", y han invitado a todo el mundo a
participar en la salvaguardia de la diversidad de la vida en la Tierra.
Argentina, como miembro de las Naciones Unidas y adherente
al Convenio sobre la
Diversidad Biológica y a la Declaración de Río
sobre el medio ambiente y el desarrollo, debería -desde todos los niveles de
Gobierno- comprometerse activamente en el logro de esos fines.
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