Entrevista a Federico Macciocchi, abogado de los vecinos de
Malvinas Argentinas.
por Ximena Cabral
A pesar de que la jueza Claudia Salazar dictó la medida
cautelar para evitar que la planta comience a funcionar, esto no invalida el
avance de la obra. El abogado patrocinante de los vecinos de Malvinas
Argentinas, Federico Macciocchi,
calificó como un "disparate legal" la resolución judicial que dicta
una medida cautelar que no modifica el avance de la obra y reproduce el acuerdo
entre el poder político y Monsanto.
"Para corroborar nuestra acusación de que la empresa
estaba construyendo, la jueza mandó un oficial de justicia para constatar. Lo
que ocurre es que la medida cautelar que solicitamos, la jueza disparatadamente
la rechazó. Nos rechaza la medida sin valorar nuestros argumentos" explicó
Macciochi en diálogo con Hoy Día Córdoba.
El abogado patrocinante de los vecinos de Malvinas aclaró
que no solamente la resolución judicial, que debía evaluar punto por punto la
presentación solicitada por los vecinos, no fue considerada sino que sólo tuvo
en cuenta el informe que realizo la Municipalidad de Malvinas Argentinas. También
calificó de "absurda" la medida cautelar dictada por Zalazar debido a
que no fue la solicitada: "dice que no va a poder darle una autorización
definitiva para que la planta empiece a funcionar hasta que no tenga el estudio
de impacto ambiental, algo que la misma Municipalidad de Malvinas así lo había
dispuesto. Entonces de cautelar no tiene nada".
De la ejecución y el funcionamiento
Según la resolución difundida a la prensa, la jueza Claudia Salazar declaró que no habría motivos para ordenar la "paralización de
dichas obras, que sólo inciden sobre la construcción de la obra civil y que, en
principio, no impactarían sobre el medio ambiente que se pretende proteger,
como tampoco implicaría peligro en la demora, ya que no ha mediado habilitación
alguna para la etapa operativa de dicha planta (conforme surge de la ordenanza
municipal y de los dichos del gerente en la constatación realizada)".
Las diferentes posiciones se hacen manifiestas en cuanto a
la interpretación de parte del texto de la Ley General del
Ambiente y los prerrequisitos para la instalación de la planta. En esos puntos,
Macciochi expresó que "lo que estamos haciendo solicitando es que ésta se
suspenda hasta tanto haya una evaluación de impacto ambiental y hasta tanto se
asegure la participación ciudadana que establece la ley. La jueza dice que no
porque aún no se puso en funcionamiento, pero la ley dice cuando se ponga en
ejecución. No podemos esperar que la planta comience a andar para recién ahí
aplicar. La ley dice claramente que es de carácter previo".
Finalmente, remarcó que "con ese peligrosísimo
razonamiento que ha utilizado la jueza, vamos a dejar que empiece a andar,
esperando un poco más, hasta que se llega a la contaminación; violando toda la
norma y carácter del principio ambiental que es preventivo, de
precaución".
El amparo presentado el 24 de septiembre de 2012 insta a que
se cumpla con los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y se
articule para que el pueblo pueda expresarse al respecto mediante los
mecanismos de audiencias públicas o consulta popular. Ese mismo artículo de la Constitución que
reconoce el derecho al ambiente sano, establece la ley de presupuestos mínimos
de protección ambiental (Ley 25.675) al cual todas las provincias quedarán
adheridas. Es decir, las provincias y municipios pueden legislar sobre medio
ambiente pero no pueden reducir la protección establecida en esa ley.
Fuente:
Ximena Cabral, El disparate legal, 29/01/13, ECOS Córdoba.
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