miércoles, 1 de enero de 2020

La Justicia rechazó la instalación de Cormecor por no respetar la distancia mínima con poblaciones cercanas

La decisión puede ser apelada, pero es un fuerte revés para el complejo, suspendido desde 2016.

por Ary Garbovetzky

Por no cumplir “los recaudos de la ley de Ambiente”, en particular la distancia mínima con el borde urbano más cercano, la Cámara Contencioso Administrativa de 1ª Nominación decidió aceptar el amparo interpuesto por los vecinos de Villa Parque Santa Ana y no autorizar la instalación del complejo ambiental de Cormecor.

La decisión puede ser apelada al Tribunal Superior de Justicia, si es que así lo deciden los principales actores afectados: la Provincia, Municipalidad de Córdoba y los otros municipios socios de Cormecor.

Como resultado de las pruebas reunidas, quedó acreditado que el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) realizado por Cormecor cumple, en general, con los aspectos ambientales, en correspondencia con la realidad física y biológica del área a afectar. Sin embargo, también quedó establecido que el emplazamiento en el lugar elegido se aparta sin fundamento suficiente de las recomendaciones del Instituto Superior de Estudios Ambientales (Isea) de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) en cuanto a la distancia mínima que debe separar el emprendimiento del borde urbano más cercano; en este caso, el de Villa Parque Santa Ana”, fundamenta la Cámara, en un resumen de su resolución elaborada para la prensa.

La abogada de los amparistas, Lorena Fernández Millicay, celebró el fallo, que tiene unas 100 páginas de fundamentos, que aún no pudieron leer. Dijo que junto a los vecinos están “muy emocionados”.

El intendente de Villa Parque Santa Ana, José Luis Becker, también festejó la resolución judicial. “Vinimos con muchos vecinos a escuchar la decisión y nos dimos que dio a favor nuestro, como ya lo habían demostrado las pericias. Estamos muy felices, ha sido una lucha muy larga, cuatro años desde diciembre 2015”, dijo Becker a La Voz. Para el intendente, “el fallo es tan contundente que aunque estén abiertas las posibilidades de apelación no les deja ningún resquicio”.

Para la Justicia, fue relevante que “en la elección del sitio se han soslayado las implicancias sociales que sobre esa misma población tendría la ubicación de un emprendimiento de las características del previsto”.

La decisión fue tomada por la Cámara Contencioso Administrativa de 1ª Nominación, integrada por los jueces Leonardo Massimino y María Marta Angeloz –quien está en comisión por un pedido de licencia de Ángel Antonio Gutiez–. Esta misma Cámara es la que resolvió la situación de los vecinos de Villa El Libertador por el hundimiento de sus viviendas producto de la acción de las napas freáticas. En 2018, luego de varias audiencias, la Justicia logró un acuerdo entre la Provincia y la Municipalidad para que dispusieran un plan de obras de cloacas sobre 36 manzanas afectadas.

La causa se había iniciado en 2016, cuando sus impulsores principales: la Municipalidad de Villa Parque Santa Ana, vecinos del lugar y miembros de la familia Gremo consiguieron que se frene la instalación del complejo con un amparo. En 2017 el TSJ dio lugar a esta medida y unificó las cinco causas que apuntaban contra la instalación del predio, asignándolas a la Cámara.

Además de Cormecor, están demandadas en la causa la Municipalidad de Córdoba y la Provincia.

Clave: el peritaje

Los dos puntos que había objetado el peritaje oficial eran: la escasa distancia entre el predio de enterramiento y la zona urbana y la falta de un relevamiento socio-ambiental. Estos dos señalamiento acabarían por ser decisivos.

En el primer caso, el Instituto Superior de Estudios Ambientales (Isea) de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) recomendó una distancia de cuatro kilómetros -dos de zona de restricción absoluta y dos de zona buffer- entre la ubicación del complejo ambiental y la población más cercana. El proyecto de Cormecor en las inmediaciones de Villa Parque Santa Ana no cumple con ella.

Los peritos señalaron que no pueden garantizar que no haya una afectación por las emisiones gaseosas y los malos olores ya hay solamente un kilómetro entre el complejo y la última vivienda de Villa Parque Santa Ana.

El segundo punto que cuestionó el cuerpo de cinco especialistas es que no se realizó un estudio de impacto socio ambiental; es decir no se tuvo en cuenta la opinión de los vecinos de la zona. Además Vale aclarar que Villa Parque Santa Ana no es socia de Cormecor.

El mismo informe rechaza otras objeciones presentadas por la demanda, que equiparaban los riesgos de este emplazamiento con el que tiene la planta de tratamiento de residuos peligrosos de Taym, inundada casi tres años atrás. Para los peritos, el predio es apto frente a los riesgos contaminación de las napas o un posible escurrimiento hacia el canal Los Molinos-Córdoba. Sobre el primer punto, el dictamen señala que las napas se encuentran a 75 metros de profundidad, una distancia en la que inclusive si hubiera una rotura de las mallas del predio no llegaría a contaminar el agua subterránea. El estudio señala, además, que el predio no es inundable y que con las obras de desagüe previstas en el proyecto no hay riesgo de que ocurra lo mismo que sucedió con Taym en 2017.

Cómo sigue

Las partes aún pueden recurrir al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) como última instancia. Pero ante la inminencia de extinción de la vida útil del actual enterramiento de Piedra Blanca es un interrogante que se plantea si los socios principales de Cormecor, Provincia y Municipalidad de Córdoba, mantendrán el litigio o buscarán otro lugar de emplazamiento para el proyecto.

Como la Justicia entra de feria en enero, cualquier apelación deberá aguardar hasta los primeros días hábiles de febrero. Se debe presentar ante la propia Cámara, que se comprometió a darle tratamiento prioritario y definir en menos de una semana hábil si concedo o no el recurso. En buena medida, esto depende de los fundamentos que se esgriman. De otorgarse la apelación, va al TSJ, que no tiene tiempos para decidir.

Entretanto, Piedra Blanca recibe hoy más de 2.100 toneladas diarias de basura.


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Fuente:
Ary Garbovetzky, La Justicia rechazó la instalación de Cormecor por no respetar la distancia mínima con poblaciones cercanas, 30 diciembre 2019, La Voz del Interior.

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