El 1° de
febrero, vecinos autoconvocados de Dique Chico, junto a los abogados
que les representan, Carlos González Quintana y Darío Ávila,
presentaron en Tribunales de Córdoba un “Recurso de Reposición”
que deja en suspenso la medida cautelar que a fines del año pasado
lograron imponer los productores para volver a fumigar.
“La medida
cautelar se encuentra suspendida porque ha sido apelada”, resumió
el abogado González Quintana, consultado por la Radio Tortuga 102.7,
dejando en claro sus alcances: “Cualquier fumigación que se
efectúe mientras la cautelar está suspendida, es ilegal”. Los
vecinos y los letrados que les acompañan, esperan un “pronto
fallo” a este planteo presentado.
La cautelar había
sido impuesta en los últimos días de diciembre pasado por la Cámara
Contencioso Administrativa de 2° Nominación, a partir de un amparo
presentado por productores. Esta decisión judicial, a horas del
inicio de la feria judicial, suspendía la Resolución 242/2017 que
había aprobado previamente la comuna, merced a un fundamentado y
sostenido reclamo vecinal en defensa de los derechos a la Vida, la
Salud y el Ambiente.
La Resolución
242/2017 prohíbe las fumigaciones con agroquímicos a menos de mil
metros de las viviendas y de la escuela Bernardo de Monteagudo de
Bajo Chico.
Fumigación en
tiempo de feria
González analizó
que es preocupante “esta medida cautelar que autoriza a aplicar
agrotóxicos” porque puede “sentar un precedente jurisprudencial
para que en los lugares en los que se han delimitado zonas de
resguardo ambiental, que son casi 60 municipios en toda la Provincia
(de Córdoba) puedan entrar como cascada, amparos de productores que
hagan prevalecer el Derecho al Trabajo por sobre el Derecho a la Vida
y a la Salud de la gente”.
González,
explicó detalladamente que a partir de lo dispuesto en la medida
cautelar, respecto de los 30 días hábiles judiciales en los que la
Resolución Comunal 242/2017 quedaba suspendida, junto a su compañero
Darío Ávila interpretaron, “acorde a lo que dicen las leyes en
materia procesal respecto a la feria judicial”, que si la
notificación fue el 27 de diciembre del año pasado, “la cautelar
tuvo vigencia el 28, 29 y 30 de diciembre, después se interrumpió
por la feria judicial y cobró vida el primer día hábil del 2018,
que es el 1° de febrero”. Por lo tanto, “la aplicación que se
hizo en el campo de Dalmasso, para nosotros y lo hemos manifestado,
es una aplicación ilegal, que ha sido denunciada en esos términos
porque no ha respetado lo que la sentencia ha ordenado”.
Avanzó con su
interpretación, González, precisando que “en el caso de haber
querido hacer uso de la cautelar en el mes de enero, los productores
debieron haber pedido habilitación de feria, que es una instancia
procesal por la que se suspende el receso de verano por urgente
resolución y en ese caso podría haber sido utilizada a su favor la
habilitación de feria, pero eso no sucedió y nadie la pidió. Por
lo tanto la medida cautelar estuvo suspendida durante todo el mes de
enero”.
Fuente:
Dique Chico: una apelación suspende la cautelar que autorizaba a fumigar, 03/02/18, Diario Tortuga. Consultado 03/02/18.
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