El Tribunal Latinoamericano del Agua, que sesionó en Buenos
Aires, se expidió ayer a favor de la provincia de La Pampa en cuanto a su
tradicional reclamo.
por Mario Fiore
Una ONG pampeana, la Fundación Chadileuvú
(Fuchad), llevó el año pasado el caso hasta este organismo internacional,
conformado por una red de organizaciones no gubernamentales y algunas
estatales, quien ayer resolvió en una audiencia en Buenos Aires cinco casos de
todo el continente americano considerados "emblemáticos", entre ellos
el que involucra las aguas del Atuel.
La sentencia del TLA no es vinculante para ninguno de los
tres Estados intervinientes en este largo diferendo, pero dicho tribunal emite
sanciones de carácter "moral" y recomendaciones tendientes a
solucionar las controversias entre Estados. Atento a esto, La Pampa está ahora en
condiciones de llevar los argumentos del jurado internacional -conformado por
especialistas de reconocida trayectoria- a la Corte Suprema de
Justicia argentina para iniciar una nueva demanda contra Mendoza y la Nación , en busca de un
resarcimiento económico.
Esta decisión no ha sido tomada aún por el gobierno pampeano
que encabeza Oscar Mario Jorge, un gobernador que responde a la Casa Rosada. Sin
embargo, fuerzas vivas de esa provincia y la oposición le exigen que avance en
contra de Mendoza y utilice el fallo del TLA que se conoció ayer.
En concreto, el TLA resolvió reconocer que tanto el Estado
mendocino como el nacional no han observado ni cumplido una serie de normas
internacionales y nacionales que garantizan el acceso al agua como un derecho
humano esencial y exhortó a ambas partes -Mendoza y Nación- a
cumplir el fallo de la
Corte Suprema de 1987 y los tratados firmados con La Pampa en 1989, 1992 y 2008.
Este último, firmado por Celso Jaque, compromete a Mendoza a enviar a la
provincia vecina una correntía de agua mínima y permanente, lo que es rechazado
por los regantes del Sur mendocino y la oposición local.
Además, el jurado del TLA alertó que, de perpetuarse el conflicto
interprovincial por el Atuel, "se estará denegando el derecho humano de
acceso al agua a las poblaciones pampeanas".
Por último, el TLA recomendó más diálogo entre las dos
provincias, que una comisión "técnica e imparcial" integrada por
mendocinos y pampeanos defina cuánta es la cantidad de agua mínima que debería
llegar a La Pampa
y la conformación de un Comité de Cuenca "provisorio".
El presidente del TLA, el mexicano Javier Bogantes, se
mostró sorprendido -antes de que el Jurado leyera el fallo- de que el gobierno
de La Pampa no
tenga una conducta más activa en el conflicto con Mendoza y haya tenido que ser
una ONG la que acudió a esta instancia internacional.
Uno de los abogados de Funchad, la ONG que presentó la demanda
contra Mendoza, es el legislador provincial pampeano Martín Berhongaray (UCR),
quien ayer estuvo en la lectura de la sentencia favorable a su provincia.
"Esto marca el éxito de la postura de La Pampa porque acá estamos ante un caso de una
denegación de un derecho humano, que es el acceso al agua y al desarrollo que
ella conlleva. Además, se incumplen cláusulas constitucionales y leyes como la N ° 25.658", opinó.
El jurado y los fundamentos
El Tribunal Latinoamericano del Agua es una instancia
internacional, autónoma e independiente, de justicia ambiental, creada con el
fin de contribuir a la solución de controversias relacionadas con los sistemas
hídricos.
El Jurado del TLA, en esta sexta audiencia de juzgamiento
que se desarrolló en la
Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos
Aires, estuvo integrado por Philippe Texier, quien fuera presidente del Comité
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas; Alexandre Camanho
de Assis, procurador regional de la República de Brasil; el muralista mexicano
Ariosto Otero; Silvia Nonna, experta y asesora de la Nación en materia legal
medioambiental y Giselle Boza Solano, directora del Sistema Radiofónico
Universitario de Costa Rica.
Para la formulación de este fallo, el Tribunal se ha basado
en el reconocimiento universal del Derecho Humano al Agua, en la Constitución Argentina ,
en la Ley General
del Ambiente, en el Régimen de Gestión Ambiental de Agua y en el veredicto de la V Audiencia TLA, entre
otros.
Fuentes:
Fallo: piden a Mendoza derivar aguas a La Pampa, 10/11/12, Los Andes.
El jurado y los fundamentos, 10/11/12, Los Andes.
Foto: La Red Pampeana
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