sábado, 10 de noviembre de 2012

Fallo: piden a Mendoza derivar aguas a La Pampa


El Tribunal Latinoamericano del Agua, que sesionó en Buenos Aires, se expidió ayer a favor de la provincia de La Pampa en cuanto a su tradicional reclamo.

por Mario Fiore

Tal como se esperaba, el Tribunal Latinoamericano del Agua (TLA) emitió ayer un fallo desfavorable a Mendoza y a la Nación en el conflicto que existe con La Pampa por el río Atuel.

Una ONG pampeana, la Fundación Chadileuvú (Fuchad), llevó el año pasado el caso hasta este organismo internacional, conformado por una red de organizaciones no gubernamentales y algunas estatales, quien ayer resolvió en una audiencia en Buenos Aires cinco casos de todo el continente americano considerados "emblemáticos", entre ellos el que involucra las aguas del Atuel.

La sentencia del TLA no es vinculante para ninguno de los tres Estados intervinientes en este largo diferendo, pero dicho tribunal emite sanciones de carácter "moral" y recomendaciones tendientes a solucionar las controversias entre Estados. Atento a esto, La Pampa está ahora en condiciones de llevar los argumentos del jurado internacional -conformado por especialistas de reconocida trayectoria- a la Corte Suprema de Justicia argentina para iniciar una nueva demanda contra Mendoza y la Nación, en busca de un resarcimiento económico.

Esta decisión no ha sido tomada aún por el gobierno pampeano que encabeza Oscar Mario Jorge, un gobernador que responde a la Casa Rosada. Sin embargo, fuerzas vivas de esa provincia y la oposición le exigen que avance en contra de Mendoza y utilice el fallo del TLA que se conoció ayer.

En concreto, el TLA resolvió reconocer que tanto el Estado mendocino como el nacional no han observado ni cumplido una serie de normas internacionales y nacionales que garantizan el acceso al agua como un derecho humano esencial y exhortó a ambas partes -Mendoza y Nación- a cumplir el fallo de la Corte Suprema de 1987 y los tratados firmados con La Pampa en 1989, 1992 y 2008. Este último, firmado por Celso Jaque, compromete a Mendoza a enviar a la provincia vecina una correntía de agua mínima y permanente, lo que es rechazado por los regantes del Sur mendocino y la oposición local.

Además, el jurado del TLA alertó que, de perpetuarse el conflicto interprovincial por el Atuel, "se estará denegando el derecho humano de acceso al agua a las poblaciones pampeanas".

Por último, el TLA recomendó más diálogo entre las dos provincias, que una comisión "técnica e imparcial" integrada por mendocinos y pampeanos defina cuánta es la cantidad de agua mínima que debería llegar a La Pampa y la conformación de un Comité de Cuenca "provisorio".

El presidente del TLA, el mexicano Javier Bogantes, se mostró sorprendido -antes de que el Jurado leyera el fallo- de que el gobierno de La Pampa no tenga una conducta más activa en el conflicto con Mendoza y haya tenido que ser una ONG la que acudió a esta instancia internacional.

Uno de los abogados de Funchad, la ONG que presentó la demanda contra Mendoza, es el legislador provincial pampeano Martín Berhongaray (UCR), quien ayer estuvo en la lectura de la sentencia favorable a su provincia. "Esto marca el éxito de la postura de La Pampa porque acá estamos ante un caso de una denegación de un derecho humano, que es el acceso al agua y al desarrollo que ella conlleva. Además, se incumplen cláusulas constitucionales y leyes como la N° 25.658", opinó.

El jurado y los fundamentos

El Tribunal Latinoamericano del Agua es una instancia internacional, autónoma e independiente, de justicia ambiental, creada con el fin de contribuir a la solución de controversias relacionadas con los sistemas hídricos.

El Jurado del TLA, en esta sexta audiencia de juzgamiento que se desarrolló en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, estuvo integrado por Philippe Texier, quien fuera presidente del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas; Alexandre Camanho de Assis, procurador regional de la República de Brasil; el muralista mexicano Ariosto Otero; Silvia Nonna, experta y asesora de la Nación en materia legal medioambiental y Giselle Boza Solano, directora del Sistema Radiofónico Universitario de Costa Rica.

Para la formulación de este fallo, el Tribunal se ha basado en el reconocimiento universal del Derecho Humano al Agua, en la Constitución Argentina, en la Ley General del Ambiente, en el Régimen de Gestión Ambiental de Agua y en el veredicto de la V Audiencia TLA, entre otros.

Fuentes:
El jurado y los fundamentos, 10/11/12, Los Andes.

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