Andrés Gil Domínguez, abogado patrocinante de Miguel Angel Palazzani, convocó a las organizaciones no gubernamentales de la provincia de La Pampa y a las personas afectadas directamente, a presentarse ante la Corte Suprema para apoyar el reclamo judicial de que el río Atuel vuelva a correr por territorio pampeano. El abogado comparó al caso pampeano con el del Riachuelo.
El impulso que la procuradora general de la Nación, Laura M. Monti, dio al pedido de amparo de Palazzani "es un paso muy importante porque en la gran mayoría de las veces, los dictámenes de la Procuración son seguidos por la Corte Suprema", comentó Gil Domínguez, un abogado santarroseño radicado en Buenos Aires.
"También es importante -añadió- porque con la acción de amparo ambiental se solicitó una medida cautelar innovativa donde se pide que hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión, se garantice que corra por el Atuel inferior en la provincia de La Pampa un caudal fluvio ecológico que de alguna manera reestablezca ese ecosistema". La restitución del caudal mínimo ocurrirá "a partir de la inmediata notificación de esa medida cautelar", aseguró Gil Domínguez.
"El Riachuelo y el Atuel son dos casos emblemáticos de daño ambiental -afirmó en la entrevista-, y esta Corte es una Corte que podemos llamar ambientalista, que se preocupa por estos temas, que ha tomado decisiones históricas, como el caso del Riachuelo y otros casos menos conocidos pero igualmente con una gran problemática relacionada con el daño ambiental. Uno puede esperar que este amparo ponga a discusión y a debate, frente a un órgano racional e independiente como es la Corte Suprema, una temática que ha estado desde siempre reducida al debate político, donde a La Pampa no le ha ido muy bien".
"El Riachuelo y el Atuel son dos casos emblemáticos de daño ambiental -afirmó en la entrevista-, y esta Corte es una Corte que podemos llamar ambientalista, que se preocupa por estos temas, que ha tomado decisiones históricas, como el caso del Riachuelo y otros casos menos conocidos pero igualmente con una gran problemática relacionada con el daño ambiental. Uno puede esperar que este amparo ponga a discusión y a debate, frente a un órgano racional e independiente como es la Corte Suprema, una temática que ha estado desde siempre reducida al debate político, donde a La Pampa no le ha ido muy bien".
En este punto, el patrocinante dejó en claro que con su presentación, Miguel Palazzani pretende "ayudar a que la política resuelva lo que la política tiene que resolver, desde la Constitución y desde el paradigma ambientalista". El objeto es que esta acción judicial "le dé un marco de celeridad y racionalidad a las soluciones que tienen que venir desde la política".
Día 0
En temas ambientales -explicó Gil Domínguez-, lo importante es lo que se llama "Día 0", o sea el día a partir del cual se deja de contaminar, cesa el daño y comienza la recomposición. "Lo importante de la medida cautelar es que generaría ese Día 0", valoró Gil Domínguez, quien convocó a ONGs como la Fundación Chadileuvú y a los afectados directos por el corte del río, a presentarse ante la Corte Suprema de Justicia bajo la figura del "amicus curiae".
- ¿Por qué se ve afectado un ciudadano que no vive en la ribera del río?
- Porque los que son bienes colectivos e indivisibles, que todos pueden disfrutar y que pertenecen a la comunidad, como lo es el ambiente, el daño es un daño objetivo, y uno no tiene por qué vivir a la vera (del río). Si uno vive ahí, a la vera del río, estaría sufriendo un daño subjetivo.
- ¿Qué relación tiene este amparo con el fallo del año 1987?
- En la sentencia del año 1987, la Corte Suprema estableció que el río es interjurisdiccional, interprovincial, y que La Pampa como Mendoza tenían que celebrar acuerdos, convenios interjurisdiccionales, para garantizar el uso racional y equitativo por parte de ambas provincias, garantizando a Mendoza la cantidad de agua necesaria para que pudiera cubrir su riego.
"Pero desde 1987 hasta ahora no se ha hecho absolutamente nada", sentenció el abogado. "Se han celebrado convenios pero ninguno de esos convenios se ha ejecutado. Pero lo que se ha incrementado es el daño ambiental, porque seguimos sin tener agua en el Atuel a pesar de que el río es interprovincial y de que tenemos derecho a gozar y disfrutarlo en forma equitativa y racional junto con los mendocinos".
Fuente:
Amparo por el daño ambiental en el río Atuel, 15/04/2011, La Arena.
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