Siguiendo
el dictamen de la Corte Suprema, el Superior Tribunal de Justicia de
Entre Ríos ordenó el desmantelamiento. El barrio empezó a
construirse sobre los humedales del río Gualguaychú, no hicieron
estudios de impacto ambiental y provocó inundaciones en zonas
densamente pobladas.
La
Justicia entrerriana ordenó la “demolición y desmantelamiento”
del barrio náutico Amarras de Gualeguaychú, situado en la localidad
de Pueblo Belgrano, por su “impacto negativo sobre el medio
ambiente”, ya que las obras de elevación de la tierra que se
hicieron para construirlo provocaron “la crecida del río e
inundaciones”.
En
el fallo, firmado por los vocales Claudia Mizawak, Juan Ramón
Smaldone y Martín Carbonell, del Superior Tribunal de Justicia de
Entre Ríos (Stjer), se ordenó además “dejar la zona en su estado
anterior”. Esta sentencia está en la línea de lo ordenado por la
Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), que en julio dejó
sin efecto la anterior sentencia del Stjer en la que rechazaba la
acción de amparo interpuesta por vecinos de Gualeguaychú que pedían
el cese de las obras.
El
caso, promovido por un grupo de vecinos afectados, tuvo por objeto
inicial la prevención y cese del emprendimiento inmobiliario
conocido como Amarras de Gualeguaychú, que comprende una fracción
de terreno de 445 lotes, y un proyecto de construcción de 200
unidades departamentales y un hotel de 150 habitaciones, lindero al
Parque Unzué, en la margen del río Gualeguaychú.
La
empresa demandada, Altos de Unzué SA, emprendedor inmobiliario,
antes de hacer los estudios de impacto ambiental, realizó trabajos
de magnitud en el predio, como movimientos de suelo, constatados por
la Secretaría de Ambiente de la Provincia. En este contexto, la
Dirección de Hidráulica provincial difundió un informe técnico
del cual surge que la construcción de este barrio náutico afecta
los humedales del río (el valle de inundación). Posteriormente,
Altos de Unzué SA presentó un estudio de impacto ambiental que
indicaba la existencia de una reserva de pájaros. La ley provincial
9718 declara "área natural protegida a los humedales" del
Departamento de Gualeguaychú. Al construir un megaemprendimiento
como el Amarras, se produce un impacto permanente e irreversible.
La
Municipalidad de Gualeguaychú había pedido, en junio, la
“paralización y demolición” del barrio, ya que “las obras de
elevación de la tierra habían provocado la crecida del río y
obligado a la evacuación de más de 150 personas. La crecida
repentina también generó que lugares emblemáticos, como el Parque
Unzué, la costanera, caminos turísticos, clubes, playas, campos y
barrios de la zona de la costanera y el puerto, quedaran bajo agua”.
E insistió en que “Amarras era el único lugar no inundado de toda
la zona” y que “el agua que los terrenos sobreelevados del barrio
desplazaban ingresaba profundamente en el casco urbano, afectando
zonas densamente pobladas”.
Los
jueces entrerrianos señalaron que quedó “efectivamente
patentizada la existencia de una alteración negativa del medio
ambiente”, y por eso se solicitó la “recomposición del
ambiente, volviendo las cosas a su estado anterior”. La decisión
se basa en “la prevención del daño futuro y la recomposición de
la polución ambiental ya causada”, y ordena además un
“resarcimiento pecuniario por los daños irreversibles”.
La
justicia le dio 180 días a la empresa Altos de Unzué SA, encargada
de la construcción del barrio, para “desmantelar” la zona, e
instruyó a la Secretaría Ambiental de Gualeguaychú para “controlar
el cumplimiento de la sentencia”.
En
declaraciones a medios locales, el abogado Juan Ignacio Weimberg, que
participó activamente de la causa contra el megaemprendimiento
inmobiliario, aseguró: "Es factible que la empresa presente
quiebra y todas las personas que de buena fe confiaron en una firma
que vendió espejitos de colores, gente que firmó boletos de
compra-venta, terminarán frustradas en sus derechos. Lo más seguro
es que quiebren, porque pagar no van a pagar”. Para sustentar sus
dichos, recordó que el abogado de Altos de Unzué S.A., Daniel
Garbino, había dicho hace un tiempo que “esta sentencia es el
decreto de quiebra” de la empresa sancionada por la Justicia. “No
tienen el capital para hacer frente al aluvión de demandas que se
les viene, además de las costas legales y las tareas de
desmantelamiento”, concluyó.
Fuente:
La Justicia falló contra el barrio náutico Amarras de Gualeguaychú, 18 octubre 2019, Página/12.
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