Los hermanos
Colombres son señalados por la Justicia como presuntos autores
responsables de delito ambiental. Se les trabó un embargo de $2
millones a cada uno, a partir de una causa iniciada en el año 2006
en Tucumán.
La Cámara
Federal de Tucumán confirmó el procesamiento sin prisión
preventiva de los industriales azucareros José Agustín Colombres y
Julio José Colombres por resultar presuntos autores responsables del
delito de contaminación ambiental previsto en el artículo 55 de la
Ley 24.051.
El fallo fue
firmado por los jueces de cámara Ricardo Mario Sanjuan y Ernesto
Clemente Wayar.
Los imputados son
responsables de la firma "Azucarera J. M. Terán S.A", a
cargo del ingenio Santa Bárbara, ubicado en la localidad tucumana de
Santa Bárbara, al sudeste de Aguilares, departamento Río Chico,
tributario de la cuenca Salí-Dulce que desemboca en el embalse de
Las Termas de Río Hondo.
Importante
embargo
La Cámara
confirmó en un fallo firmado el 16 de mayo pasado, a partir de una
resolución del 4 de julio de 2017, en la que también se decidió
trabar un embargo en sus bienes hasta cubrir la suma de 2 millones de
pesos por cada uno de ellos.
El millonario
embargo "es para garantizar la pena pecuniaria, las costas
procesales y responsabilidades civiles que pudieran derivarse del
ilícito imputado (Art. 518 del CPPN)".
Entre los
considerandos del fallo se ordenó el procesamiento sin prisión
preventiva (arts. 306, 310 y ss. del CPPN).
La causa se
inició en 2006, mediante una actuación del fiscal federal Gustavo
Gómez, para determinar si las denuncias por contaminación contra
Azucarera J. M. Terán tenían asidero, y por lo tanto, si existía
infracción a la Ley 24.051. Asimismo, indica el fallo que "el
señor fiscal general ante la Cámara, en su presentación,
manifiesta su voluntad de no adherir al recurso de apelación
interpuesto por la defensa de los procesados".
La Justicia
determinó que a partir del material probatorio colectado, existen
indicios suficientes para estimar, con el grado de probabilidad
necesario a esta altura del proceso, que dicho ingenio por medio de
sus responsables habría llevado a cabo la conducta prevista en el
Art. 55 de la Ley 20.051.
Cabe resaltar que
varios ingenios con destilería de alcohol de Tucumán provocaron
grandes desastres ecológicos que perjudicaron seriamente el
ecosistema del embalse en su momento. Ello, como resultado de la
contaminación de las industrias, particularmente de los ingenios que
producen bioetanol y arrojaron vinaza a los tributarios de la cuenca.
Fuente:
Confirman procesamiento de dos industriales tucumanos por contaminar la cuenca Salí - Dulce, 22/05/18, El Liberal. Consultado 29/05/18.
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