Después de Ituzaingó. Será juzgado un hombre acusado de
intoxicar a 25 personas al aplicar agroquímicos sin autorización en una
plantación de papas en Colonia Tirolesa. Por distintos planteos judiciales,
todavía no hay fecha de inicio del nuevo proceso.
por Laura Giubergia
La denuncia se remonta al 5 de noviembre de 2008, cuando
Conci dispuso fumigar el sembradío que explota en la ruta A 74, a la altura del kilómetro
26, en Colonia Tirolesa. Le pidió a un empleado que distribuya el producto “Engeo”,
de la marca Syngenta -catalogado por el Senasa como de alta toxicidad- para
cuya compra no tenía autorización ni cumplía con los requisitos para su
aplicación que establece la ley provincial de agroquímicos 9.164, según se lee
en la causa.
El laboratorio que fabrica el producto también recomienda no
aplicarlo en días de alta temperatura y ni con vientos que superen los 5 kilómetros en la
hora. A su vez, las zonas urbanizadas deben estar a 500 metros o más del
terreno a fumigar, condiciones que Conci “deliberadamente desatendió”, según
fuentes judiciales.
La misma noche del 5 de noviembre, 25 vecinos –14 de ellos
menores de edad– acudieron al dispensario municipal de Colonia Tirolesa, donde
fueron atendidos y derivados a los hospitales de Niños y de Urgencias de la
ciudad de Córdoba, según el caso, con irritaciones en ojos y garganta y
dificultades para respirar. En todos los casos se trató de lesiones leves
aparentemente compatibles con intoxicación por inhalación y contacto con
plaguicidas.
Planteos. La investigación fue realizada por la Fiscalía de Distrito 3
Turno 3, a
cargo de Eve Flores, y al ser elevada a juicio se radicó en la Cámara Sexta , desde
donde adelantaron a Día a Día que la intención es iniciar el juicio antes de
fin de año, siempre y cuando el planteo de nulidad no tenga resolución
favorable.
Primero tiene que resolverse el pedido de recusación al juez
Daniel Ottonello presentado por la parte querellante y luego un planteo de
nulidad de la elevación a juicio desplegado por el abogado defensor de Conci,
José Nayi. El tribunal, presidido por Julio Guerrero Marín, está compuesto
también por Alberto Crucella.
“Yo planteé la nulidad del requerimiento de la elevación a
juicio porque la ley provincial que legisla sobre agroquímicos no contempla que
esto sea investigado como delito”, argumentó Nayi a este diario. Sin embargo,
la figura bajo la cual su defendido está imputado está tipificada en el
artículo 55 de la Ley
Nacional de Residuos Peligrosos 24.051, y no en la Ley Provincial de
Agroquímicos 9.164.
Vale recordar que el histórico juicio por contaminación en
Ituzaingó Anexo también se hizo en el marco de la ley de Residuos Peligrosos
que tipifica la falta como un delito penal.
Lo que no hizo. Las faltas que se le atribuyen a Conci consisten
en no haber estado inscripto como productor ni asesor fitosanitario -ingeniero
agrónomo habilitado para manipular agroquímicos-, ni haber contratado a un
asesor para fiscalizar la aplicación del producto de alta toxicidad. A su vez,
y de acuerdo con la información judicial, se le achaca que no poseía una receta
para adquirir el producto, ni informó a la Municipalidad de
Tirolesa que fumigaría con 48 horas de antelación.
Residuos peligrosos
Según el artículo 2º de la Ley Nacional 24.051,
será considerado peligroso todo aquel residuo que pueda causar daño, directa o
indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el
ambiente en general (…)
Las disposiciones de dicha normativa serán también de
aplicación para todos aquellos “residuos peligrosos que pudieren constituirse
en insumos para otros procesos industriales”.
Un juicio histórico
El 21 de agosto pasado culminó el emblemático proceso por la
aplicación de agroquímicos por fuera de la ley en barrio Ituzaingó Anexo, con
las condenas del productor Francisco Parra y del aeroaplicador Edgardo Pancello
a tres años de prisión condicional, la obligación de realizar tareas sociales con
enfermos oncológicos e inhabilitaciones para utilizar agroquímicos. Un tercer
acusado, Alberto Gabrielli, fue absuelto por decisión unánime.
Ese juicio se realizó de acuerdo con la ley nacional de
Residuos Peligrosos 24.051 que considera a la falta como un delito penal.
Las Madres de Ituzaingó, que lideraron innumerables marchas
y reclamos hasta que la causa llegó a juicio, quedaron desconformes con el
fallo y consideraron “una burla” que ninguno de los acusados fuera condenado a
prisión efectiva.
Fuente:
Se dilata el segundo juicio por fumigaciones, 22/10/12, Día a Día Córdoba. Consultado 24/10/12.
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