martes, 10 de enero de 2017

Un freno a los agroquímicos

Inédito pedido de un fiscal federal de interrumpir el uso de glifosato. Un fiscal federal pidió la suspensión del uso del herbicida glifosato en todo el país. Toma en cuenta los informes que “evidencian la indubitable peligrosidad”. Y sostuvo que la toxicidad indicada no representa la real.

por Darío Aranda

En una decisión inédita, el fiscal federal Fabián Canda solicitó la suspensión en todo el país de la utilización del herbicida glifosato (el agroquímico más utilizado de Argentina). “De los informes y antecedentes citados (en el expediente) se deja en evidencia la indubitable peligrosidad de los agrotóxicos en base a glifosato”, afirma el escrito judicial. El fiscal también cuestionó la forma en que se mide la toxicidad de los agroquímicos (en base a informes de las propias empresas y sin medir los impactos en mediano y largo plazo). Sólo en Argentina hay más de cien estudios científicos que confirman distintos efectos del glifosato.

Es la primera vez que un fiscal federal solicita una medida cautelar de suspensión total del agroquímico más utilizado del país (200 millones de litros cada año, en 28 millones de hectáreas). Se trata de la causa “Giménez, Alicia Fany y otros contra Ministerio de Agroindustria y otros”. La jueza de primera instancia, Claudia Rodríguez Vidal, había denegado el pedido de los denunciantes (prohibición total del herbicida), pero la sentencia fue apelada.

En un dictamen de 29 páginas, y cargado de argumentos científicos y jurídicos, el fiscal Canda cuestionó el fallo de primera instancia por no haber tenido en cuenta los diversos informes que confirman las consecuencias del glifosato y alertó que no se aplicó la Ley General del Ambiente (25.675).

Entre las bases argumentales para suspender el uso de glifosato toma, entre otros, informes de la Auditoría General de la Nación (AGN), la Defensoría del Pueblo de la Nación y fallos judiciales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (caso contra Minera Agua Rica, en Catamarca). También resalta la decisión de la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer (IARC, ámbito especializado de la Organización Mundial de la Salud), que en 2015 vinculó el glifosato al cáncer, y confirmó que produce daño genético en humanos.

Los peligros que para el ambiente y la salud implican la utilización de agrotóxicos pueden considerarse en la actualidad como de público y notorio conocimiento, incluso con condenas firmes”, destacó el fiscal Canda, y refirió al juicio de 2012 en Córdoba, conocido como “el de Madres del Barrio Ituzaingó” (donde se condenó a un aplicador y a un productor).

Hizo propia la argumentación de esa sentencia: “De acuerdo ha surgido de expertos y científicos, el uso indiscriminado, descontrolado, abusivo, en la aplicación de agrotóxicos contamina en términos alarmantes la vida animal, vegetal y humana, en especial en habitantes cercanos a los campos”.

El fiscal planteó como segunda opción (primera la suspensión total en todo el país del glifosato) establecer distancias de protección para la población. Solicitó la prohibición de fumigaciones aéreas con glifosato y, para las aplicaciones terrestres, una zona de exclusión de cinco kilómetros de centros poblados, escuelas, casas rurales, ríos, lagunas y pozos de extracción de agua subterránea.

También valorizó argumentos del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA): “El uso exorbitante de agrotóxicos ubica a la Argentina en el segundo lugar en el mundo de uso de herbicidas por hectárea”. Destacó que la situación ha provocado reacciones en el mundo científico y afirmó: “Es una situación de amenaza grave para la salud y el ambiente”.

Firmado el 1º de diciembre pasado, la decisión recae ahora en la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, integrada por Sergio Gustavo Fernández, Carlos Manuel Grecco y Jorge Esteban Argento.

El escrito judicial focalizó en el glifosato y al mismo tiempo dejó en evidencia a todos los agrotóxicos utilizados en Argentina. “La metodología de toxicidad no evalúa las dosis subletales y crónicas (en medianos y largos periodos de tiempo), sólo tiene en cuenta los efectos agudos”. Explicitó lo silenciado por las empresas del agro: “La toxicidad indicada para los agroquímicos comerciales no representa su toxicidad real”. Y retomó a la Defensoría del Pueblo de la Nación (Resolución 147/2010): “Es necesaria una evaluación realizada por entes independientes, en contrario de lo que sucede hoy, que la evaluación de riesgo (de los agroquímicos) son provistas por las empresas (que los comercializan)”. La Defensoría del Pueblo confirmó el mayor porcentaje de niños nacidos con malformaciones y abortos espontáneos en zonas de aplicación masiva de agroquímicos (de Chaco y Misiones).

El fiscal federal también resaltó la vigencia, y necesidad de aplicación, del “principio precautorio” (vigente en la Ley 25.675): “Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar las medidas eficaces para impedir la degradación del ambiente”.

En los últimos años se produjeron fallos de freno al uso de agrotóxicos en Formosa, Chaco, Córdoba, Salta, Santa Fe y Buenos Aires. Sectores del agronegocio aún argumentan que “no hay pruebas” de las consecuencias. Por contraposición, en Argentina hay más de cien estudios de científicos de universidades nacionales (de La Plata, Buenos Aires, Rosario, el Litoral, Nordeste, entre otras). Los papers científicos se pueden encontrar fácilmente. Algunos de sus autores son Rafael Lajmanovich, Damián Marino, Fernando Mañas, Delia Aiassa, Raúl Horacio Lucero, Andrés Carrasco, Fernanda Simoniello y Silvana Rosso, entre otros.

Fuente:
Darío Aranda, Un freno a los agroquímicos, 09/01/17, Página/12. Consultado 10/01/17.

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